Ingrese el total del salario mensual para calcular el monto estimado de facturación y ver cómo se distribuye entre contribuciones a la CCSS, otras instituciones y la Ley de Protección al Trabajador, tanto para los patronos como para las personas trabajadoras.
Los cálculos realizados son aproximados y con fines informativos, incluye todas las variables de cálculo, en ningún momento constituye información concluyente de la facturación, misma que puede variar dependiendo de la información presentada por el patrono al momento de formalizar la presentación y facturación de la planilla patronal.
2
Esta herramienta realiza el cálculo con la información suministrada por el usuario y no puede ser considerada definitiva.
3
La proyección no contemplan eventuales ajustes producto de salarios inferiores al mínimo de cotización ni exoneraciones por aportes voluntarios.
4
La proyección supone que se facturarán todas las cuotas indicadas en el cuadro de cotizaciones.
5
Las condiciones finales y válidas de la facturación serán las vigentes en el momento de presentar y facturar la planilla patronal de la CCSS.
Distribución de los porcentajes de cotización
Pregunta
¿Qué es el Sistema de Atención en Salud Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Qué es el Sistema de Atención en Salud Medicina de Empresa?
Es un Sistema alternativo, no urgente, opcional y voluntario de asistencia en salud exclusiva para los colaboradores asegurados del Centro de Trabajo. Consiste en una contratación directa de los servicios de atención en salud por parte del Centro y los profesionales en ciencias médicas, el otorgamiento del personal de apoyo y la infraestructura necesaria para la prestación del servicio y el derecho de recibir como beneficio por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social los servicios de farmacia, laboratorio, imágenes y otros servicios contemplados dentro de este Reglamento, no relacionados con riesgos del trabajo.
¿Quiénes pueden inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Quiénes pueden inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Todos los Centros de Trabajo públicos o privados que cumplan con los requisitos que solicita el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa y que estén al día con las obligaciones de la CCSS. Todo Centro de Trabajo debe inscribirse con, al menos, un Médico obligatoriamente.
¿Pueden inscribirse otros Profesionales en Salud en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Pueden inscribirse otros Profesionales en Salud en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
No, sólo se podrán inscribir en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa los profesionales Médicos, ya sean generales o especialistas. Sin embargo, el Centro de Trabajo sí puede contar con el personal administrativo y profesionales en Salud para la atención médica de sus trabajadores que considere óptimo, según sus necesidades y recursos.
¿Quiénes pueden usar los servicios de la CCSS de acuerdo con la oferta del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Quiénes pueden usar los servicios de la CCSS de acuerdo con la oferta del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Todos los asegurados activos que mantengan una relación contractual con el Centro de Trabajo inscrito en este Sistema y que cumplan con lo establecido en este Reglamento.
Para utilizar los servicios que se ofrecen en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa dentro de la red de la CCSS, se requiere que el trabajador presente la orden patronal, cédula de identidad o documento de similar rango y el carné de asegurado.
¿Podrán ser atendidos en el consultorio de medicina de empresa los familiares de los trabajadores y pensionados del centro de trabajo? -
Medicina de empresa
¿Podrán ser atendidos en el consultorio de medicina de empresa los familiares de los trabajadores y pensionados del centro de trabajo?
No, el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa es exclusivo para los trabajadores directos, inscritos en planilla de la CCSS, de los distintos centros de trabajo que se inscriban y cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento. Es decir, los familiares de los trabajadores y pensionados del centro de trabajo no podrán ser atendidos bajo esta modalidad de atención de la salud.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El Centro de Trabajo que tenga la intención de inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa debe, como requisito, presentar los siguientes documentos:
• Formulario para la “Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa”
• Certificación del Colegio Médicos y Cirujanos de Costa Rica con no más de 90 días de emitido del o los médicos que se inscribirán con el Centro de trabajo, donde se indique la especialidad en caso de tenerla
• Copia de la cédula de identidad o documento de similar rango del o los médicos a inscribir
• Copia del Permiso de Funcionamiento vigente otorgado por el Ministerio de Salud del consultorio médico que se utilizará para brindar el servicio.
Es obligatorio, además, que tanto el Centro de Trabajo como el o los médicos que se van a inscribir estén al día con las obligaciones de la CCSS.
¿Cuál es la normativa que rige al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cuál es la normativa que rige al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Se rige bajo el Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, vigente a partir del 7 de enero de 2016, fecha en que fue publicado en la Gaceta y por lineamientos que regulan temas específicos de la oferta brindada. Estos documentos pueden ser consultados en el enlace: www.ccss.sa.cr/medicina?v=33.
¿Puede el centro de trabajo tener el consultorio fuera de sus instalaciones? -
Medicina de empresa
¿Puede el centro de trabajo tener el consultorio fuera de sus instalaciones?
Sí, el Sistema de Atención en Salud permite que el Centro de Trabajo pueda tener el Consultorio Médico fuera de sus instalaciones.
Lo anterior según artículo 5, inciso b. del Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa.
¿Cuál es la distancia máxima entre el centro de trabajo y el consultorio médico? -
Medicina de empresa
¿Cuál es la distancia máxima entre el centro de trabajo y el consultorio médico?
El Reglamento que rige el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, vigente a partir del año 2016, no limita la distancia a la que puede estar ubicado el Consultorio Médico según la ubicación del Centro de Trabajo, sin embargo, el Centro de Trabajo debe garantizar el traslado seguro de quienes requieran el servicio y asumir toda responsabilidad que de dicho traslado se derive.
¿Dónde puedo solicitar los formularios de inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Dónde puedo solicitar los formularios de inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El formulario lo puede descargar en el siguiente enlace: www.ccss.sa.cr/publicaciones?v=22 o bien lo puede solicitar en el Área de Salud más cercana a la ubicación geográfica de su Centro de Trabajo.
¿Dónde deben entregarse los formularios de Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Dónde deben entregarse los formularios de Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Debe entregar el o los formularios de inscripción y los documentos requeridos en el Área de Salud donde esté adscrito el Centro de Trabajo según su ubicación geográfica. Para conocer cuál es el Área de Salud correspondiente de acuerdo al distrito donde se ubica el Centro de Trabajo puede ingresar al enlace: www.ccss.sa.cr/medicina y descargar el archivo "Distribución de los Distritos según Área de Salud" ubicado bajo el lema TEMAS DE INTERÉS. En caso de que el distrito esté dividido en más de una Área de Salud debe comunicarse con cada una de ellas y brindar más detalles de la ubicación del Centro de Trabajo hasta conocer en cual le corresponde entregar la solicitud de Inscripción.
¿Dónde puedo consultar la lista de centros de trabajo y médicos de empresa inscritos en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Dónde puedo consultar la lista de centros de trabajo y médicos de empresa inscritos en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
La lista de centros de Trabajo y médicos inscritos en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa puede ser consultada en el siguiente enlace: www.ccss.sa.cr/medicina. En este enlace tendrá tres opciones para la verificación de los médicos inscritos:
1. Consulta de médicos adscritos: Aquí puede hacer la búsqueda por código del médico o por nombre.
2. Lista de médicos inscritos en medicina de empresa y medicina mixta ubicado bajo el lema Temas de interés: Este es un archivo de Excel con todos los médicos y empresas inscritos y contiene variables tales como: código del médico, nombre del médico, especialidad, nombre de la empresa y centro de salud.
3. Bajo el lema información útil en el cuadro de inscripciones: En este espacio podrá tener acceso a las inscripciones nuevas que se realizan por semana, son archivos PDF clasificados por periodo de inscripción.
¿Dónde podrán recibir los trabajadores los servicios que ofrece la CCSS? -
Medicina de empresa
¿Dónde podrán recibir los trabajadores los servicios que ofrece la CCSS?
a. La prestación de los servicios médicos para ingreso a la red de la CCSS, por medio de referencias a especialistas, imágenes y electrocardiogramas, será realizada en el Área de Salud de adscripción según el lugar de residencia del usuario.
b. El despacho de recetas de medicamentos tanto de rutina como de forma prioritaria, se realizará en el lugar de adscripción del Centro de Trabajo o en su defecto donde así sea dispuesto por la CCSS para casos específicos. Actualmente en el caso particular de las Áreas de Salud ubicadas en el Área Metropolitana el despacho de medicamentos se realizará en la empresa Drugstore Holding Pharmacy (Se recomienda solicitar la dirección y teléfono en el Área de Salud)
c. Como excepción, en los casos de trabajadores incapacitados el despacho de recetas de medicamentos también puede efectuarse en el Área de Salud de adscripción del usuario.
d. Para los medicamentos inyectables, el despacho será en el lugar de adscripción del trabajador cuando estos deban ser aplicados por el personal de enfermería del Centro de Salud de la CCSS. En caso que el medicamento sea aplicado en el Centro de Trabajo el despacho se realizará según el área de adscripción de la Empresa. La aplicación de los medicamentos inyectables debe cumplir con las normas de administración de medicamentos establecidas en la Lista Oficial de Medicamentos vigente.
e. La toma de muestras de laboratorio clínico y la realización de las pruebas se realizarán en el laboratorio del lugar de adscripción del Trabajador o del Centro de Trabajo, según conveniencia del primero.
¿Hay cambios en la oferta de servicios en el nuevo reglamento? -
Medicina de empresa
¿Hay cambios en la oferta de servicios en el nuevo reglamento?
Sí. Puede consultar la oferta de servicios según el Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, en el Capítulo V.
¿Puedo estar inscrito en Medicina de Empresa y en Medicina Mixta? -
Medicina de empresa
¿Puedo estar inscrito en Medicina de Empresa y en Medicina Mixta?
Sí puede estar inscrito en ambos Sistemas de Atención y en más de un consultorio en medicina de Empresa o Mixta siempre y cuando no exista contraposición de horarios.
Cuando una empresa desee brindar los Servicios Médicos a familiares de trabajadores, pensionados o estudiantes deberá hacerlo bajo la Sistema de Medicina Mixta y únicamente en estos casos el horario del médico de empresa puede coincidir con el de medicina de empresa.
¿Qué debe hacer el centro de trabajo en caso de tener que sustituir, temporal o permanentemente, al profesional que tiene inscrito como médico de empresa? -
Medicina de empresa
¿Qué debe hacer el centro de trabajo en caso de tener que sustituir, temporal o permanentemente, al profesional que tiene inscrito como médico de empresa?
En caso de que el centro de trabajo deba sustituir temporal o permanentemente al médico de empresa, se debe ingresar en el siguiente enlace: www.ccss.sa.cr/medicina, específicamente a "Formularios", descargar el "Formulario para exclusión y sustitución del médico en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa", llenarlo de forma completa y adjuntar los requisitos correspondientes.
La documentación deberá ser entregada en el área de adscripción del centro de trabajo según su ubicación geográfica.
¿Cuál es la papelería que tengo que comprar en la CCSS para solicitar servicios de la oferta de Medicina de Empresa y a qué precio? -
Medicina de empresa
¿Cuál es la papelería que tengo que comprar en la CCSS para solicitar servicios de la oferta de Medicina de Empresa y a qué precio?
La descripción de la papelería a la que tiene acceso el médico inscrito en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa la puede ver en el Artículo 6 del Reglamento vigente. La compra la debe coordinar el Centro de Trabajo con el Área de Salud en la que solicitó la inscripción, esto una vez que haya verificado en el sitio www.ccss.sa.cr/medicina que el médico aparece inscrito para el dicho Centro de Trabajo.
Los Centros de Trabajo son los custodios de la papelería y responsables sobre el uso adecuado de la misma por lo que deben velar que sea utilizada únicamente para beneficio del Centro de Trabajo que la compró y para los fines que fue adquirida, a excepción de las constancias de incapacidades y licencias y los recetarios de psicotrópicos que son responsabilidad del profesional médico. En el caso de los talonarios de incapacidad el médico debe presentarse personalmente al Área de Salud para la firma respectiva y asegurarse de que los talonarios se registren en el Sistema Registro Control y Pago de Incapacidades (RCPI) con la cédula jurídica de la empresa.
La papelería se otorgará a precio de costo y la cantidad por vender será de acuerdo con la necesidad del Centro de Trabajo, considerando su consumo promedio y, según la disponibilidad de formularios, en el área de adscripción correspondiente.
Los Centros de Salud de la CCSS deben asegurarse que todos los formularios que sean entregados para ser utilizados bajo este Sistema consten de un sello rojo distintivo del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, que incluya la leyenda "Medicina de Empresa", el logo oficial de la CCSS y el número de unidad programática, con el fin de mantener un adecuado control de la misma.
Los Centros de Trabajo, a través de los médicos al momento de la consulta, deben incorporar en los formularios que se les entregue, un único sello con el nombre, código y especialidad inscrita del médico firmante, así como con la razón social del Centro de Trabajo, lo que deben verificar los Centros de Salud de la CCSS para la entrega de la oferta solicitada. La firma del médico en toda papelería de la CCSS debe ser la registrada en su cédula o documento de identidad.
Para ver más detalles sobre la papelería debe revisar el Artículo 6 del Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa.
¿Cuándo debe actualizar datos un centro de trabajo inscrito en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cuándo debe actualizar datos un centro de trabajo inscrito en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El Centro de Trabajo deberá actualizar la información presentada en el Formulario "Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa", ante alguna de las siguientes situaciones:
a. Vencimiento del permiso de funcionamiento del consultorio.
b. Cambio de razón social o ubicación del Centro de Trabajo.
c. Cuando sea solicitado por la unidad responsable del Sistema de la CCSS.
Para actualizar la información, el Centro de Trabajo deberá presentar el formulario de inscripción y copia del permiso de funcionamiento vigente del consultorio al Área de Salud de adscripción del Centro de Trabajo, en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a la ocurrencia de alguna de las situaciones indicadas en el inciso anterior y ésta, a su vez, remitirlo a la unidad responsable del Sistema en el Nivel Central.
Por otro lado, es muy importante que los Centros de Trabajo inscritos mantenga los datos de sus medios de comunicación (teléfonos y correos electrónicos) actualizados ante la CCSS ya que constantemente se comunican temas relacionados con el accionar en esta modalidad de atención.
¿Cuáles son los procedimientos ante incumplimientos? -
Medicina de empresa
¿Cuáles son los procedimientos ante incumplimientos?
Los escenarios se clasifican en tipo A y tipo B y los procedimientos ente incumplimientos son los siguientes:
a) Los siguientes son escenarios tipo A:
i. No retiro de resultados de exámenes de laboratorio, medicamentos y estudios radiológicos realizados por la CCSS en el tiempo indicado, por parte del interesado.
ii. No suministro de información a la CCSS por parte de los Centros de Trabajo y médicos inscritos, en el tiempo establecido: Fórmula de registro estadístico, Registro de causas de consulta y referencias, ASISEL y PAIEL.
iii. Incumplimiento de cualquier artículo definido en este Reglamento, no catalogado como escenario tipo B.
b) Los siguientes son escenarios tipo B:
i. No actualización oportuna de información por parte del Centro de Trabajo y del médico cuando se presenten cambios o así sea solicitado por la CCSS.
ii. Intentar acceder a la oferta establecida en este Reglamento por parte de médicos y Centros de Trabajo, incumpliendo los requisitos de inscripción estipulados en el mismo.
iii. Manejo de los expedientes contrario a lo estipulado en el presente Reglamento.
iv. Utilización inadecuada de la papelería institucional.
v. Disposición de un stock de medicamentos suministrados por la CCSS.
vi. Recurrencia de un escenario tipo A en más de una ocasión.
vii. No suministro de información por parte del médico o Centro de trabajo a la CCSS, relacionada a la evaluación que le faculta el presente Reglamento.
c) Ante escenarios tipo A, procede la comunicación al médico o Centro de Trabajo sobre el escenario específico que se detectó, de manera que proceda a corregir o aclarar la situación, si se repitiera el mismo escenario tipo A en dos ocasiones o el mismo no se corrigiera o aclarara se considerará tipo B.
d) Ante escenarios tipo B, procede realizar el comunicado al Centro de Trabajo y al médico sobre la situación y establecer un status de inactivo a nivel del sistema, hasta tanto el Centro de Trabajo corrija el escenario o aclare la situación y se siga el proceso de activación dentro de la base datos.
e) La CCSS tiene la potestad, ante cualquier escenario, de iniciar los procedimientos legales y administrativos que considere oportunos, que pudieran derivar en la cancelación de la autorización.
f) Ante cualquier escenario procede que el Área de Salud o unidad que lo detecta, mantenga un registro con las evidencias y coordine con la unidad responsable del Sistema en el Nivel Central, de manera que la situación se incorpore en la base de datos y se proceda de acuerdo con lo descrito en el presente artículo.
¿Cómo me desinscribo del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cómo me desinscribo del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El Centro de Trabajo puede solicitar la exclusión del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa enviando una nota al Área de Salud donde está adscrito o bien mediante un correo electrónico a la cuenta psistalt@ccss.sa.cr, solicitando la desinscripción.
Cuando sólo se desee desinscribir a un médico del Centro de Trabajo se puede solicitar la desincripción por medio del Formulario "Exclusión y Sustitución del Médico en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa", disponible en el sitio www.ccss.sa.cr/medicina en la parte de FORMULARIOS y entregarlo en el Área de Salud correspondiente.
¿Adónde puedo comunicarme para aclarar dudas sobre el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Adónde puedo comunicarme para aclarar dudas sobre el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Puede comunicarse con los siguientes funcionarios del Programa de Sistemas Alternativos: Dr. Mario Mora Ulloa Tel: 2539-1254 Daisy Segura Meneses Tel: 2539-1253 Dr. Esteban González Quesada Tel: 2539-1257 Srta. Lindsay Garro Hernández Tel: 2539-0594 O bien, enviar un correo electrónico a la cuenta: psistalt@ccss.sa.cr.
¿Quiénes pueden ser atendidos en el Consultorio Médico del Centro de Trabajo? -
Medicina de empresa
¿Quiénes pueden ser atendidos en el Consultorio Médico del Centro de Trabajo?
El Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa es exclusivo para los trabajadores directos, inscritos en planilla de la CCSS, de los distintos Centros de Trabajo que se inscriban y cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento.
Sin embargo, los Centros de Trabajo que deseen que los médicos contratados brinden consulta médica, en los consultorios de dichos Centros, a familiares de trabajadores, pensionados y estudiantes en caso de universidades, deberán los médicos correspondientes inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud para el consultorio seleccionado y seguir lo establecido en el reglamento de dicho sistema, lo que entre otros implica utilizar para estos casos papelería del Sistema Mixto y no la vendida al Centro de Trabajo así como reportar de manera separada para cada sistema de atención las consultas brindadas. Únicamente para estos casos se permite el traslape de horario para un mismo médico en un consultorio.
Política de privacidad
La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) es una institución pública costarricense comprometida con la
seguridad de los datos e información que comparten sus usuarios por medio del portal web oficial.
Toda la información que se recolecte por dicho medio será utilizada para mantener un registro de usuarios
con el fin de proporcionar el mejor servicio posible y elevar la satisfacción ciudadana.
Las personas registradas podrán recibir información institucional electrónica siempre y cuando así lo
autoricen; ellas podrán cancelar el servicio en cualquier momento.
En ninguna circunstancia la CCSS venderá, cederá ni distribuirá la información personal recopilada salvo
que la misma sea requerida por orden judicial.