Ingrese el total del salario mensual para calcular el monto estimado de facturación y ver cómo se distribuye entre contribuciones a la CCSS, otras instituciones y la Ley de Protección al Trabajador, tanto para los patronos como para las personas trabajadoras.
Los cálculos realizados son aproximados y con fines informativos, incluye todas las variables de cálculo, en ningún momento constituye información concluyente de la facturación, misma que puede variar dependiendo de la información presentada por el patrono al momento de formalizar la presentación y facturación de la planilla patronal.
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Esta herramienta realiza el cálculo con la información suministrada por el usuario y no puede ser considerada definitiva.
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La proyección no contemplan eventuales ajustes producto de salarios inferiores al mínimo de cotización ni exoneraciones por aportes voluntarios.
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La proyección supone que se facturarán todas las cuotas indicadas en el cuadro de cotizaciones.
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Las condiciones finales y válidas de la facturación serán las vigentes en el momento de presentar y facturar la planilla patronal de la CCSS.
Distribución de los porcentajes de cotización
Pregunta
¿Dónde puedo revisar si tengo deudas con la CAJA -
Cobros
¿Dónde puedo revisar si tengo deudas con la CAJA
Puede ingresar « Aquí » y digitar su número de cédula física o jurídica.
¿Qué es un patrono/trabajador independiente inactivo al día? -
Cobros
¿Qué es un patrono/trabajador independiente inactivo al día?
Persona física o jurídica que informó a la Institución que cesó su actividad económica y a la fecha de la consulta, no tiene deudas pendientes con la CAJA.
¿Qué es una planilla adicional? -
Cobros
¿Qué es una planilla adicional?
Documento diseñado para registrar los datos de los patronos así como los referentes a los trabajadores dependientes o independientes, cuyas remuneraciones o ingresos no fueron reportados oportunamente a la CAJA, así como las cuotas y aportes dejados de pagar en su oportunidad.
¿Por qué se registran varias facturas para un mismo periodo (mes)? -
Cobros
¿Por qué se registran varias facturas para un mismo periodo (mes)?
Dicha situación, se presenta debido a que la Caja podría haberle facturado, además de las planillas ordinarias, algunos de los siguientes tipos de facturaciones:
•Planillas adicionales (por la falta de inclusión de trabajadores en la planilla u omisión del patrono al reportar el salario real de sus trabajadores).
•Facturación de servicios médicos o de subsidios (por atrasos superiores a un mes en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social; artículo 36 de la Ley Constitutiva de la CAJA).
¿Cuantas facturas puedo cancelar en los centros recaudadores y cuáles son los centros recaudadores donde puedo pagar? -
Cobros
¿Cuantas facturas puedo cancelar en los centros recaudadores y cuáles son los centros recaudadores donde puedo pagar?
Se pueden cancelar las dos últimas facturas y los centros recaudadores son:
* BAC San José
* Banco Crédito Agrícola de Cartago
* BCR
* BNCR
* Banco LAFISE
* Servimas
* Megasuper
* Coopealianza
* Farmacias Fischel.
Si cancelo algún concepto con cheque sin certificar y se me reversa el pago, ¿podría sustituir dicho cheque? -
Cobros
Si cancelo algún concepto con cheque sin certificar y se me reversa el pago, ¿podría sustituir dicho cheque?
Sí, pero únicamente por medio de cheque certificado y/o gerencia o bien en efectivo, asimismo se deberán cancelar los gastos administrativos que se generen con motivo de la reversión.
Si pago en efectivo la totalidad de la deuda, ¿me hacen descuento? -
Cobros
Si pago en efectivo la totalidad de la deuda, ¿me hacen descuento?
NO, la CAJA por disposiciones legales no puede aplicar ningún descuento o rebaja a las deudas.
¿A cuáles instituciones la CAJA no les recauda sus fondos, una vez transcurridos 90 días del vencimiento de la respectiva planilla? -
Cobros
¿A cuáles instituciones la CAJA no les recauda sus fondos, una vez transcurridos 90 días del vencimiento de la respectiva planilla?
Con respecto a las contribuciones sociales del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) y el Banco Popular, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) sólo actúa como un ente recaudador por un periodo máximo de 90 días naturales; después de pasado ese plazo, cada Institución realiza las acciones de cobro pertinentes, lo anterior, de conformidad con los convenios de recaudación que tiene la CCSS con esas entidades.
En ese sentido, si un patrono se encuentra morosos con la CCSS, podrá pagar además de las cuotas obrero patronales, las contribuciones al INA, IMAS y el Banco Popular, sólo si está en el plazo menor a 90 días de atraso, posterior a ese plazo debe realizar el pago en cada entidad.
Si realizo un pago con cheque (no certificado ni de gerencia), ¿me pueden emitir una constancia de estar al día? -
Cobros
Si realizo un pago con cheque (no certificado ni de gerencia), ¿me pueden emitir una constancia de estar al día?
No, debido a que deben transcurrir siete (7) días naturales para verificar que el mismo cumpla con las condiciones necesarias y hacerlo efectivo como medio de pago y acreditarlo en las cuentas de la CAJA. Una vez verificado lo anterior, se podrá emitir dicha constancia.
¿Se pueden realizar pagos parciales a la deuda? -
Cobros
¿Se pueden realizar pagos parciales a la deuda?
Sí, no obstante es importante aclarar que el pago parcial no otorga la condición de estar al día, ni detiene las acciones judiciales o la facturación de servicios médicos.
¿Se puede pagar en las oficinas de la CAJA con tarjeta de débito o crédito? -
Cobros
¿Se puede pagar en las oficinas de la CAJA con tarjeta de débito o crédito?
No, solamente en efectivo o mediante cheque.
¿Cuál es la vigencia de la constancia estar al día? -
Cobros
¿Cuál es la vigencia de la constancia estar al día?
La vigencia de la constancia comprende el periodo entre el día de su emisión y la fecha en que se vence la próxima planilla.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una constancia de estar al día? -
Cobros
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una constancia de estar al día?
Los requisitos son los siguientes:
PERSONA FÍSICA
Presentar cédula de identidad (original o copia).
PERSONA JURÍDICA
Presentar copia de la cédula jurídica o personería jurídica vigente.
¿Dónde puedo solicitar una constancia de que estoy al día con la CAJA? -
Cobros
¿Dónde puedo solicitar una constancia de que estoy al día con la CAJA?
La puede solicitar en cualquier Sucursal Administrativa de la CAJA y en Oficinas Centrales.
¿Por qué sólo las Instituciones Públicas pueden imprimir de la página Web de la CAJA (Consulta Morosidad Patronal), el documento de consulta de estar al día con la institución aseguradora? -
Cobros
¿Por qué sólo las Instituciones Públicas pueden imprimir de la página Web de la CAJA (Consulta Morosidad Patronal), el documento de consulta de estar al día con la institución aseguradora?
Porque de acuerdo con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CAJA, es competencia de las instituciones públicas verificar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y para ello se les facilita un acceso mediante un usuario y una contraseña.
Si estoy al día como patrono físico pero moroso como trabajador independiente, ¿me pueden dar la constancia de patrono al día? -
Cobros
Si estoy al día como patrono físico pero moroso como trabajador independiente, ¿me pueden dar la constancia de patrono al día?
No, el Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CAJA, establece la obligatoriedad de patronos y personas que realizan actividades independientes, de estar al día con la CAJA; en este sentido para emitir la constancia, el solicitante no debe tener deudas atrasadas en ninguna de sus modalidades de aseguramiento (patronos y trabajadores independientes).
¿Cuáles son las consecuencias de no pagar oportunamente las obligaciones con la CAJA? -
Cobros
¿Cuáles son las consecuencias de no pagar oportunamente las obligaciones con la CAJA?
El cobro del costo íntegro de las atenciones médicas brindadas a los trabajadores o sus beneficiarios, interposición de demandas civiles contra el deudor, denuncias penales, cobro de intereses por mora, cierre del negocio e incluso imposibilidad de realizar trámites en la Administración Pública.
¿Qué tipo de interés cobra la CAJA en caso de morosidad en el pago de las cuotas? -
Cobros
¿Qué tipo de interés cobra la CAJA en caso de morosidad en el pago de las cuotas?
Para las cuotas de seguros de salud y pensiones (cuotas obreras, patronales, y de trabajador independiente), conforme a lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Constitutiva de la CAJA, se cobra el interés legal, que es igual a la tasa de interés que pagan los certificados de depósito a 6 meses plazo del Banco Nacional de Costa Rica. Para los aportes de la Ley de Protección al Trabajador (LPT), se cobra un interés igual a la Tasa Básica Pasiva, calculada por el Banco Central de Costa Rica.
¿Qué función realiza el Centro de Llamadas de la Dirección de Cobros de la CAJA? -
Cobros
¿Qué función realiza el Centro de Llamadas de la Dirección de Cobros de la CAJA?
El Centro de Llamadas gestiona por medio de llamadas telefónicas, el cobro a los patronos/trabajadores independientes que posean deudas con la CAJA.
¿Qué es un Aviso de Cobro? -
Cobros
¿Qué es un Aviso de Cobro?
Comunicación administrativa realizada al patrono/trabajador independiente para recordarle los adeudos con la Seguridad Social (agotamiento de la vía administrativa), brindándole un plazo de 5 días hábiles para realizar la cancelación o formalización de una adecuación de pago.
En caso de que el patrono/trabajador independiente no pueda ser localizado en la dirección señalada por este, dicha comunicación se efectúa mediante la publicación de un edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.
Una vez transcurrido el plazo de los citados 5 días de la notificación del aviso o de la última publicación del edicto, la deuda adquiere firmeza administrativa, de conformidad con el artículo 53 de la Ley Constitutiva de la CAJA.
¿En qué momento la institución traslada las deudas a cobro judicial? -
Cobros
¿En qué momento la institución traslada las deudas a cobro judicial?
Cuando presentan atrasos mayores a 30 días y la deuda se encuentra firme en sede administrativa.
¿Cómo puede detenerse un proceso judicial por deudas con la CAJA? -
Cobros
¿Cómo puede detenerse un proceso judicial por deudas con la CAJA?
Con la cancelación total de la deuda que se encuentra en el respectivo juicio o mediante la formalización de una adecuación de pago según lo establecido por la normativa institucional vigente.
¿Cuánto tiempo tengo para cumplir con una prevención de cierre de negocios por morosidad? -
Cobros
¿Cuánto tiempo tengo para cumplir con una prevención de cierre de negocios por morosidad?
Según lo establecido en el Reglamento para el Cierre de Negocios por Mora en el Pago de las Cuotas, el deudor cuenta con un plazo de diez días hábiles para cancelar la totalidad de los períodos y conceptos prevenidos o para formalizar una adecuación de pago con la Institución.
¿A qué consecuencia me expongo si no pago la deuda o formalizo una adecuación de pago, según los términos expuestos en la prevención motivada de cierre? -
Cobros
¿A qué consecuencia me expongo si no pago la deuda o formalizo una adecuación de pago, según los términos expuestos en la prevención motivada de cierre?
La Gerencia Financiera procede a dictar la orden de cierre del negocio, de conformidad con lo establecido en el Reglamento para el Cierre de Negocios por Mora en el Pago de las Cuotas.
¿Cuáles son las razones por las que se facturan los servicios médicos y subsidios? -
Cobros
¿Cuáles son las razones por las que se facturan los servicios médicos y subsidios?
Este tipo de facturaciones se da cuando un patrono o trabajador independiente presenta morosidad por más de un mes en el pago de las cuotas, según lo establecido en los artículo 36 y 44 de la Ley Constitutiva de la CAJA.
¿Dónde puede obtener los requisitos para formalizar un acuerdo de pago? -
Cobros
¿Dónde puede obtener los requisitos para formalizar un acuerdo de pago?
Si soy extranjero, ¿puedo formalizar un acuerdo de pago con mi cédula de residencia vencida? -
Cobros
Si soy extranjero, ¿puedo formalizar un acuerdo de pago con mi cédula de residencia vencida?
En estos casos, la CAJA ofrece la posibilidad de tramitar la solicitud de convenio mediante la presentación del pasaporte al día.
¿Por qué se cobran gastos administrativos para la formalización de convenios y arreglos de pago? -
Cobros
¿Por qué se cobran gastos administrativos para la formalización de convenios y arreglos de pago?
Los mismos se cobran con el fin de cubrir el costo promedio institucional, para realizar el trámite y formalización de un convenio o arreglo de pago, de acuerdo con criterios técnicos emitidos por las instancias administrativas.
¿Con que propósito se realizan estudios de recuperabilidad para formalizar un convenio de pago en caso de deudas en cobro judicial? -
Cobros
¿Con que propósito se realizan estudios de recuperabilidad para formalizar un convenio de pago en caso de deudas en cobro judicial?
Se solicitan estudios de recuperabilidad, con el fin de determinar si para la CAJA, es conveniente formalizar un convenio de pago o continuar con la gestión judicial. En caso de que el estudio indique que la recuperabilidad en la vía judicial es baja (debido a que no existen bienes, los que posee el deudor no son susceptibles de embargo o los mismos se encuentra comprometidos con otros gravámenes) resulta más beneficioso para la Institución formalizar un convenio de pago, de conformidad con el Reglamento para la formalización de arreglos y convenio de pago por obligaciones con la Seguridad Social, que continuar con el trámite judicial.
La presentación de una solicitud de convenio ó arreglo de pago, ¿suspende las gestiones cobratorias? -
Cobros
La presentación de una solicitud de convenio ó arreglo de pago, ¿suspende las gestiones cobratorias?
No, las gestiones cobratorias se suspenden hasta el momento en que se formalice el convenio o arreglo de pago.
Si realizo un convenio o arreglo de pago, ¿me pueden emitir una constancia de estar al día con la CAJA? -
Cobros
Si realizo un convenio o arreglo de pago, ¿me pueden emitir una constancia de estar al día con la CAJA?
La constancia se emite en el momento que se formaliza el arreglo o convenio de pago y durante el tiempo de su vigencia, siempre y cuando no existan deudas atrasadas.
¿Puedo cancelar las cuotas del convenio o arreglo en cualquier sucursal? -
Cobros
¿Puedo cancelar las cuotas del convenio o arreglo en cualquier sucursal?
Sí, se puede cancelar en cualquier sucursal de la CAJA o en Oficinas Centrales.
¿Puedo pagar las cuotas de arreglo o convenios de pago por internet? -
Cobros
¿Puedo pagar las cuotas de arreglo o convenios de pago por internet?
No, actualmente sólo se pueden pagar las cuotas del convenio o arreglo de pago en Oficinas Centrales de la CAJA o en las diferentes Sucursales Administrativas.
¿Cuál es el plazo para que un convenio de pago sea finalizado por incumplimiento? -
Cobros
¿Cuál es el plazo para que un convenio de pago sea finalizado por incumplimiento?
El plazo para dar finalizado un convenio de pago por incumplimiento es de 60 días naturales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.1.10 del Instructivo para la aplicación del Reglamento que regula la formalización y suscripción de convenios y arreglos de pago de las contribuciones a la Seguridad Social.
¿Qué sucede con los dineros amortizados de un convenio de pago que ha sido finalizado por incumplimiento? -
Cobros
¿Qué sucede con los dineros amortizados de un convenio de pago que ha sido finalizado por incumplimiento?
El dinero amortizado es aplicado a las deudas incluidas en el convenio de pago, de acuerdo con lo establecido en el Instructivo para la aplicación del Reglamento que regula la formalización y suscripción de convenios y arreglos de pago de las contribuciones a la Seguridad Social.
¿Qué significa la abreviatura “T.I.” utilizada en las constancias de estar al día con la CAJA o en la consulta de morosidad de la página Web institucional? -
Cobros
¿Qué significa la abreviatura “T.I.” utilizada en las constancias de estar al día con la CAJA o en la consulta de morosidad de la página Web institucional?
La abreviatura “T.I.” corresponde a Trabajador Independiente. Son trabajadores manuales o intelectuales que desarrollan por cuenta propia algún tipo de trabajo o actividad generadora de ingresos.
Si al recibir la atención médica presento el recibo de pago de la última cuota de Trabajador Independiente, pero tengo deudas anteriores, ¿procede la facturación de los servicios médicos? -
Cobros
Si al recibir la atención médica presento el recibo de pago de la última cuota de Trabajador Independiente, pero tengo deudas anteriores, ¿procede la facturación de los servicios médicos?
Sí, en este caso procede el cobro al trabajador independiente siempre y cuando exista morosidad por más de un mes en el pago de las cuotas.
En el caso de Trabajadores Independientes, ¿se debe cancelar algún monto o gasto adicional para formalizar un acuerdo de pago con la CAJA? -
Cobros
En el caso de Trabajadores Independientes, ¿se debe cancelar algún monto o gasto adicional para formalizar un acuerdo de pago con la CAJA?
De conformidad con lo establecido en el Instructivo para la aplicación del Reglamento que regula la formalización de arreglos y convenios de pago por contribuciones con la Seguridad Social, el solicitante debe pagar el 20% de la totalidad de su deuda, así como los respectivos gastos administrativos, para tal efecto cuenta con un plazo máximo de un mes, el cual no es susceptible de prórroga.
¿Por qué cuando el Trabajador Independiente ingresa a laborar con una empresa, la suspensión del seguro no es automática? -
Cobros
¿Por qué cuando el Trabajador Independiente ingresa a laborar con una empresa, la suspensión del seguro no es automática?
La suspensión no se realiza en forma automática, debido a que una persona física puede ser asalariada y a su vez trabajador independiente, por lo tanto, la Caja no puede presumir en todos los casos que al entrar a laborar a una empresa la persona deja de ser Trabajador Independiente. Para suspender dicho seguro debe existir una solicitud por parte del interesado la cual deberá acompañarse de los requisitos establecidos por la Dirección de Inspección, para su respectivo estudio.
¿En cuál departamento se realizan los estudios para anulación de planillas o cuotas de Trabajador Independiente? -
Cobros
¿En cuál departamento se realizan los estudios para anulación de planillas o cuotas de Trabajador Independiente?
Los estudios para anulación se realizan en las unidades de Inspección, donde se encuentra inscrito el patrono o trabajador independiente.
¿Qué otro método existe para hacer constar mis vínculos laborales con mis empleadores, si no cuento con una carta de ellos que lo valide, y así poder retirar el Fondo de Capitalización Laboral? -
FCL
¿Qué otro método existe para hacer constar mis vínculos laborales con mis empleadores, si no cuento con una carta de ellos que lo valide, y así poder retirar el Fondo de Capitalización Laboral?
El asegurado debe presentarse en una Sucursal de la Gerencia Financiera de la CCSS o en la Subárea Servicios al Trabajador ubicada en Oficinas Centrales de la CCSS y debe solicitar el reporte de continuidad laboral y presentar los siguientes requisitos:
Cuando el servicio lo solicita el interesado:
Presentar documento de identificación (Personas físicas nacionales: Cédula de identidad original y en caso de personas extranjeras: Original de DIMEX, cédula de residencia o pasaporte, junto con el número de seguro social visible en el carné de asegurado).
Cuando el servicio lo solicita una persona autorizada:
Autorización firmada por el interesado, junto con copia del documento de identificación de quien autoriza.
Documento de identificación del autorizado.
¿Cuáles son las ventajas de no retirar el FCL? -
FCL
¿Cuáles son las ventajas de no retirar el FCL?
Es importante que todo trabajador conozca que el dinero acumulado en el FCL siempre será de su propiedad, sin importar los diferentes patronos con los que haya laborado o el tiempo que haya transcurrido. Por eso este Fondo tiene como unos de sus principales objetivos ofrecerle al trabajador un ahorro, el cual pueda ser utilizado cuando se rompa la relación laboral por cualquier razón y su condición económica así se lo exija. Tenga presente que, si usted no retira su ahorro, el mismo seguirá incrementándose a las tasas de interés del mercado. Asimismo, su ahorro NO podrá ser embargado, cedido, grabado, enajenado, ni será objeto de compensación, venta o cesión. También será exento del pago del impuesto sobre la renta y de cualquier tipo de carga social.
¿Cuáles son los documentos que se deben presentar para solicitar el retiro del FCL? -
FCL
¿Cuáles son los documentos que se deben presentar para solicitar el retiro del FCL?
Si es costarricense, debe presentar:
Tres copias de la cédula de identidad en buen estado y vigente.
Una copia de la carta de tiempo laborado, extendida por el patrono o carta de despido donde indique la fecha en que dejó de laborar, esta carta debe venir firmada y debidamente sellada.
Una copia del certificado de la Cuenta Cliente a su nombre (la cuenta debe contener 17 dígitos y es emitida por el banco en el que usted posee alguna cuenta).
Si es extranjero, debe presentar:
Tres copias de su documento de identificación, vigente, donde se muestre claramente su firma, su fotografía y la fecha de vencimiento del documento.
Tres copias del carné de Seguro Social o de su orden patronal.
Una copia de la carta de tiempo laborado, extendida por el patrono o carta de despido donde indique la fecha en que dejó de laborar, esta carta debe venir firmada y debidamente sellada.
En el caso de quinto año, debe presentar:
Una copia de la carta de su patrono donde indique que, efectivamente, usted ya tiene cinco (5) años de laborar con él.
En el caso de Jubilación, debe presentar:
Tres copias de su certificado de pensión.
¿Cuándo puedo disponer de los recursos del FCL? -
FCL
¿Cuándo puedo disponer de los recursos del FCL?
La persona adquiere el derecho de disponer los recursos de su FCL al extinguirse la relación laboral con la empresa, por cualquier causa.
En forma adicional, podrá retirar el dinero cuando se cumplan 5 años de laborar en forma contínua con la misma empresa.
¿Cuándo se puede retirar los recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROPC)? -
FCL
¿Cuándo se puede retirar los recursos del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROPC)?
Para retirar su ROPC, si se pensiona en los próximos 10 años desde la entrada en vigencia de la Ley de Protección al Trabajador (18 de febrero del año 2000), usted deberá presentar:
Tres copias de su certificado de pensión.
Tres copias de su cédula de identidad en buen estado y vigente. En caso de ser extranjero, debe presentar tres copias del carné de seguro social.
Tres copias del certificado de la Cuenta Cliente a su nombre (la cuenta debe contener 17 dígitos y es emitida por el banco en el que usted posee alguna cuenta).
¿Dónde retiro mi Fondo de Capitalización Laboral (FCL)? -
FCL
¿Dónde retiro mi Fondo de Capitalización Laboral (FCL)?
Todo trámite de retiro de Fondo de Capitalización Laboral se debe realizar en la Operadora de Pensiones en la cual se encuentra afiliado el trabajador.
Para verificar la operadora de pensiones en la cual se encuentra afiliado, puede acceder a la siguiente dirección:
En la página anterior debe seleccionar el tipo de identificación e ingresar el número de identificación, así como también seleccionar el medio de comunicación en el cual desea recibir la información (correo, celular o ambos), datos que validará el sistema para garantizar la protección de los datos del afiliado.
¿En caso de que decida solicitar los recursos, en cuánto tiempo puedo disponer del dinero? -
FCL
¿En caso de que decida solicitar los recursos, en cuánto tiempo puedo disponer del dinero?
El Reglamento establece que un máximo de 15 días hábiles, después de realizada la solicitud, la Operadora de Pensiones está obligada a entregarle sus recursos.
¿Qué es el Fondo de Capitalización Laboral o FCL? -
FCL
¿Qué es el Fondo de Capitalización Laboral o FCL?
Aporte patronal que corresponde al 3% del salario mensual del trabajador para los periodos iguales o anteriores a Setiembre 2020 y un 1,5% para los aportes de periodos iguales o posteriores a Octubre 2020.
El trabajador, las personas que dependen de él o a las que él autorice, tendrán derecho a retirar los ahorros laborales acumulados a su favor en el fondo de capitalización laboral, de acuerdo con las siguientes reglas:
• Al extinguir la relación laboral, por cualquier causa, el trabajador lo demostrará a la operadora en la cual se encuentra afiliado, para realizar el trámite de retiro que le corresponde a su favor.
Durante la relación laboral, el trabajador tendrá derecho a efectuar el retiro cada cinco años.
En caso de fallecimiento, podrán realizar el trámite de retiro del FCL ante la operadora de pensiones: El o la cónyuge y los hijos menores de edad. Así como también, los hijos mayores de edad y los padres, según el Artículo 85 del Código de Trabajo.
¿Qué es el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC)? -
FCL
¿Qué es el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC)?
El Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC), es un sistema de capitalización individual, constituido únicamente a partir de aportes patronales, calculados sobre el salario reportado por los patronos al Régimen de Invalidez Vejez y Muerte (IVM), de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Usted podrá disfrutar del monto acumulado en su Régimen de Pensión Complementaria al momento en que se pensione, ya sea por medio del Régimen de IVM de la CCSS o su sustituto, o bien cumpla 65 años de edad.
En caso de muerte del trabajador afiliado, los beneficiarios del ROPC serán los establecidos en el Régimen de Invalidez Vejez y Muerte de la CCSS o su sustituto.
¿Si no se ha realizado el retiro del FCL al cumplir los 5 años, tengo algún problema si realizo el traslado de Operadora de Pensiones? -
FCL
¿Si no se ha realizado el retiro del FCL al cumplir los 5 años, tengo algún problema si realizo el traslado de Operadora de Pensiones?
El ejercicio del derecho de libre transferencia no tiene relación con el retiro de los recursos, por lo tanto, no se afecta el retiro del FCL.
En todo caso, siempre que se produce una libre transferencia, la operadora de pensiones de origen remite todo el historial del afiliado a la operadora de destino.
Si no se retiran los recursos al cumplir los cinco (5) años y, tiempo después cesa la relación laboral, ¿cuánto puedo retirar del FCL? -
FCL
Si no se retiran los recursos al cumplir los cinco (5) años y, tiempo después cesa la relación laboral, ¿cuánto puedo retirar del FCL?
El afiliado puede retirar el saldo acumulado, posterior al traslado de lo que corresponde al Régimen Obligatorio de Pensión (ROPC), con fundamento en los artículos 3 y 6 inciso a) de la Ley de Protección al Trabajador.
¿Cómo asegurar un empleado (a) extranjero (a)? -
Patronos
¿Cómo asegurar un empleado (a) extranjero (a)?
El proceso para asegurar a una persona extranjera es el mismo de que si se tratase de una persona costarricense, no obstante ese empleado extranjero debe estar con un estatus legal en Costa Rica.
¿Cuál es el monto del salario que debe reportar un patrono? -
Patronos
¿Cuál es el monto del salario que debe reportar un patrono?
Todo patrono debe reportar en planilla cualquier pago que haya hecho al trabajador durante el mes, independientemente de la forma de pago que dicho patrono haya pactado con sus empleados, ya sea mensual, bisemanal o semanal.
Por ejemplo, si usted gana ¢200 mil colones quincenales, el patrono debe reportar a la CCSS un salario mensual de ¢400 mil colones. Esto para que en el futuro usted pueda gozar del monto que realmente le corresponde en su pensión.
¿Cuál es el procedimiento para poder hacer uso de los servicios de salud que brinda la CCSS? -
General
¿Cuál es el procedimiento para poder hacer uso de los servicios de salud que brinda la CCSS?
Para solicitar los servicios de salud en los centros médicos de la CCSS, los asegurados deberán acreditar su condición con los siguientes documentos:
Cédula de identidad o documento de similar rango en el caso de los extranjeros.
Orden patronal.
Carné de asegurado.
Cuando la necesidad de atención médica sea urgente, ésta se brindará de forma inmediata pero oportunamente deberá procederse a las verificaciones respectivas y al cobro cuando corresponda.
Si el asegurado se presenta sin los documentos que lo acrediten como tal, será atendido si se trata de urgencia o de emergencia, pero si no acredita su condición dentro de los cinco días posteriores a la fecha en que concluyó la atención médica, el servicio le será cobrado por las vías que fueren pertinentes.
Los servicios que se otorguen a personas extranjeras no aseguradas en condición de pobreza, a quienes no les puede ser otorgado el Seguro por el Estado, deberán facturarse para efectos del cobro a la instancia de Gobierno.
¿Puede un trabajador extranjero que no cuenta con permiso migratorio que lo habilite para laborar, hacer la solicitud del número provisional de asegurado? -
General
¿Puede un trabajador extranjero que no cuenta con permiso migratorio que lo habilite para laborar, hacer la solicitud del número provisional de asegurado?
No. Esto porque para que puedan asignarle un número de asegurado, se requiere que presente su cédula de residencia o el permiso de estadía y trabajo respectivo.
Los permisos de trabajo para extranjeros corresponden gestionarse por parte de los patronos con base en la normativa de ley, sin distingo del tipo de puesto de trabajo y la actividad económica en que se requieran.
Todos los trabajadores extranjeros requieren de un permiso de trabajo, ya que en Costa Rica los derechos laborales están garantizados por la Constitución Política, el Código de Trabajo y otras leyes conexas.
El patrono presenta una solicitud ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la que a su vez la traslada para su dictamen al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Para esto, se debe llenar el formulario de solicitud de permiso temporal proporcionado gratuitamente por el Departamento de Información de la Dirección General de Migración. En el caso de profesionales, cuando corresponda, deberán estar incorporados necesariamente al colegio profesional respectivo.
Para solicitar un permiso temporal de trabajo en servicio doméstico corresponde al patrono (a) gestionar con base en los requisitos que suministra la Dirección General de Migración en su Departamento de Permisos Temporales. Con el permiso, el patrono o contratante tiene el deber de afiliar al trabajador (a) a la seguridad social, representada por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
¿Puede una persona extranjera en condición de indigencia recibir atención médica? -
General
¿Puede una persona extranjera en condición de indigencia recibir atención médica?
Sí, no obstante esta persona debe estar con un estatus migratorio legal en el país y sea calificado formalmente por la Institución como indigente, la Caja Costarricense de Seguro Social debe asegurar a dicha persona con cargo al Estado, para que pueda recibir la atención médica necesaria, en cualquier centro de salud de Costa Rica.
¿Puede una persona extranjera estar cubierta por el seguro social costarricense? -
General
¿Puede una persona extranjera estar cubierta por el seguro social costarricense?
Sí, el régimen de seguridad social costarricense es un régimen no excluyente, para quienes cumplan los requisitos establecidos por el ordenamiento jurídico, incluidos extranjeros, los residentes o habitantes que se encuentren legalmente en el país pueden asegurarse bajo los principios de universalidad y solidaridad.
En consecuencia si se tratare de extranjeros ilegales, no tendrían acceso a la inclusión en el régimen de seguridad social, pero si a la atención médica en carácter de no asegurado, con el respectivo pago por los servicios brindados.
¿Qué procedimiento debo seguir para obtener un tratamiento médico? -
General
¿Qué procedimiento debo seguir para obtener un tratamiento médico?
El asegurado debe gestionar una cita con un médico de la institución.
Dada la red de servicios de salud de la CCSS, los asegurados van a cita médica en el EBAIS de adscripción (primer nivel de atención). Dependiendo de la valoración del médico general, usted podría recibir tratamiento con él o puede referirlo, ya sea a la clínica del Área de Salud (segundo nivel de atención), o a su hospital de referencia (tercer nivel).
En lo que respecta al tratamiento propiamente dicho, el médico (general o especialista), determinará la pertinencia de prescribir el medicamento solicitado dentro de la CCSS.
¿Qué requisitos se debe cumplir para obtener un número de asegurado y poder hacer la correcta inclusión en la planilla en el caso de empleados extranjeros ? -
General
¿Qué requisitos se debe cumplir para obtener un número de asegurado y poder hacer la correcta inclusión en la planilla en el caso de empleados extranjeros ?
Toda persona extranjera debe ser incluida en la planilla con el número de seguro social que para tales efectos asigna la CCSS. Dicho número de seguro es el mismo que aparece en el carnet de seguro social.
En caso de que la persona que va a ser incluida en planilla, no cuente con el número de seguro social, en razón de que nunca se le ha otorgado uno o no cuenta con carnet de seguro social por tener poco tiempo de estar en el país, el patrono debe solicitar la asignación del número de seguro social en la Sucursal de la Gerencia Financiera a la cual se encuentra adscrito por ubicación geográfica, si el patrono pertenece a Oficinas Centrales de la CCSS puede realizar la solicitud en la Subárea Servicios al Trabajador. Aportando los siguiente requisitos:
Carta de solicitud
Copia del documento de identificación de la persona extranjera (DIMEX, cédula de residencia o pasaporte)
¿Cómo o dónde puedo obtener una certificacion del total de días en que estuve bajo incapacidad? -
Incapacidades
¿Cómo o dónde puedo obtener una certificacion del total de días en que estuve bajo incapacidad?
La persona interesada debe solicitar un documento denominado "Constancia de detalle de pagos de incapacidad", el cual se puede obtener en la sucursal de la CCSS más cercana, de acuerdo con su centro médico de adscripción.
Dicho trámite es personal. En caso que la persona no pueda ir, tendrá que hacer una nota autorizando a un tercero, además debe sacar una copia de la cédula de identidad.
¿Cómo se paga el susbsidio por licencia de maternidad? -
Incapacidades
¿Cómo se paga el susbsidio por licencia de maternidad?
Para efectos de pago de subsidio por Licencia de Maternidad, la CCSS paga el cincuenta por ciento (50%) de su salario registrado en planilla. El otro 50 por ciento corresponde al patrono.
La Institución pagará los días que hayan pasado desde que el médico extendió la licencia por maternidad, hasta la presentación de la solicitud de pago de subsidio, más un mes por adelantado.
En lo sucesivo, la CCSS pagará mes a mes durante el periodo de la licencia.
¿Cuál es el plazo que cubre la licencia para cuidar a un paciente en fase terminal? -
Incapacidades
¿Cuál es el plazo que cubre la licencia para cuidar a un paciente en fase terminal?
Según una modificación a la Ley Nº 7756 Beneficios para los Responsables de Pacientes en Fase Terminal, publicada en La Gaceta el 5 de octubre de 2007, el plazo en que una persona puede cuidar a un enfermo en fase terminal, pasó de seis meses a tiempo indefinido.
Esto quiere decir que una persona podrá cuidar a un o una paciente hasta su fallecimiento.
¿Cuál es el procedimiento para que una persona pueda optar por una licencia para cuidar a un paciente en fase terminal? -
Incapacidades
¿Cuál es el procedimiento para que una persona pueda optar por una licencia para cuidar a un paciente en fase terminal?
El procedimiento para el otorgamiento de una licencia para cuido de paciente en fase terminal es:
El médico tratante del paciente extiende un dictamen en el que se determina la fase terminal del paciente.
El responsable que va a cuidar al paciente en fase terminal, debe entregar dicho dictamen junto con una solicitud escrita ante el centro médico donde está adscrito el enfermo para su análisis y respectiva autorización, la cual estará a cargo de la Comisión Médica Local Evaluadora de Incapacidades.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el subsidio de ayuda por gastos de funeral? -
Incapacidades
¿Cuáles son los requisitos para obtener el subsidio de ayuda por gastos de funeral?
La persona que realizó los gastos del funeral puede optar por realizar los trámites en la sucursal más cercana a su comunidad o bien en las Oficinas Centrales de la CCSS.
Los requisitos para el pago del Fondo Mutual (subsidio por funeral) son:
Beneficiarios: Asegurado directo o por el Estado, cónyuge o compañero (a), viudez, pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), o del Régimen No Contributivo (RNC).
Presentar los siguientes documentos de la persona fallecida: Cédula, carné de asegurado, certificado de defunción o certificado médico (originales y copias).
La persona que realizó el gasto de funeral debe presentar: Factura original cancelada, cédula (original y copia), autorización escrita y cédula del autorizado, si aplica.
Pensionado: Constancia del tipo de pensión.
Asegurado por el Estado: Constancia de derechos vigente.
Si el fallecido (a) es el (la) cónyuge o compañero (a): constancia de matrimonio reciente o carné de asegurado vigente.
El derecho al cobro prescribe a los seis meses desde la fecha de defunción.
Actualmente, si el fallecido o fallecida era asegurado (a) directo (a) o pensionado (a), el monto a que tiene derecho la persona que realizó los gastos de sepelio es de ¢95 mil colones.
¿En qué momento del embarazo el médico tratante otorga una Licencia por Maternidad? -
Incapacidades
¿En qué momento del embarazo el médico tratante otorga una Licencia por Maternidad?
Con motivo de la maternidad, a toda asegurada activa se le extenderá, por parte de su médico tratante, una licencia por cuatro meses que incluye el pre y posparto.
Las complicaciones del embarazo serán consideradas dentro de los riesgos de enfermedad. No obstante, cuando se trate de aborto no intencional o parto prematuro no viable y la gestación haya alcanzado las 16 semanas, el periodo de licencia será equivalente a la mitad del periodo de posparto de la Licencia por Maternidad.
Si la licencia se otorga posterior al parto, ésta se extenderá por un período de tres meses a partir de la fecha del alumbramiento.
El subsidio que corresponda, se pagará conforme al lugar de adscripción de la asegurada, pero en todos los casos el cargo presupuestario corresponderá al centro asistencial que emite el documento.
Cuando la licencia de maternidad se emita después del parto, se hará por tres meses a partir del nacimiento.
Si tiene alguna consulta adicional sobre incapacidades, puede escribirle al jefe de la Subárea Asesoría Prestaciones en Dinero: Lic. Gerardo Arias Guevara.
¿Existe prescripción para el cobro del subsidio para gastos de funeral? -
Incapacidades
¿Existe prescripción para el cobro del subsidio para gastos de funeral?
Sí. El derecho al cobro prescribe a los seis meses desde la fecha de defunción.
Actualmente, si el fallecido o fallecida era asegurado (a) directo (a) o pensionado (a), el monto a que tiene derecho la persona que realizó los gastos de sepelio es de ¢95 mil colones.
¿Hasta cuándo tengo tiempo de cobrar una incapacidad? -
Incapacidades
¿Hasta cuándo tengo tiempo de cobrar una incapacidad?
De conformidad con el artículo 61 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), el derecho para el cobro de incapacidades prescribe en seis (6) meses, posteriores al otorgamiento de dicha incapacidad.
¿Los dineros por concepto de mi incapacidad pueden ser depositados en mi cuenta bancaria vía Internet? -
Incapacidades
¿Los dineros por concepto de mi incapacidad pueden ser depositados en mi cuenta bancaria vía Internet?
Para disfrutar de este servicio, usted debe solicitar en su banco de preferencia la apertura de una CUENTA CLIENTE, preferiblemente de ahorros, y debe ser en colones.
Una vez abierta la CUENTA CLIENTE, apersonarse a la Subárea Asesoría Prestaciones en Dinero, en la ventanilla número ocho, ubicada en la Plataforma de Servicios, primer piso de Oficinas Centrales de la CCSS, para que realicen el registro correspondiente.
Los documentos que debe presentar son:
Su cédula de identidad.
Constancia del Banco de la cuenta cliente donde desea que le deposite su incapacidad, esto sería en el caso que en el sistema no haya registrada ninguna cuenta.
Si vive fuera de San José, puede realizar este trámite en la sucursal más cercana a su lugar de residencia.
Si tiene alguna consulta adicional, puede llamar a la Subárea Asesoría Prestaciones en Dinero, al:
¿Puede la CCSS depositar el subsidio por Licencia de Maternidad en mi cuenta bancaria? -
Incapacidades
¿Puede la CCSS depositar el subsidio por Licencia de Maternidad en mi cuenta bancaria?
Sí se puede pagar el subsidio de Licencia por Maternidad mediante el depósito a una cuenta bancaria.
Para ello, la persona interesada debe presentarse en la ventanilla de subsidios (número ocho), ubicada en la Plataforma de Servicios, en el primer piso de Oficinas Centrales de la CCSS, avenida segunda, entre calles 5 y 7 y presentar los siguientes documentos:
Cédula de identidad.
Constancia del banco respectivo en donde conste el número de cuenta cliente donde desea que le depositen su incapacidad.
¿Puede una Licencia por Maternidad extenderse por más del tiempo estipulado por la Ley? -
Incapacidades
¿Puede una Licencia por Maternidad extenderse por más del tiempo estipulado por la Ley?
Una Licencia por Maternidad no puede extenderse por más del tiempo que la Ley establece, esto porque la normativa dice que una mujer disfruta de su Licencia por un periodo de cuatro meses: un mes antes y tres meses después del parto.
Durante ese tiempo, la CCSS paga el cincuenta por ciento (50%) del salario de la asegurada y el patrono está obligado a pagar el otro cincuenta por ciento (50%), durante todo el periodo de licencia.
En el caso de los embarazos riesgosos, sean múltiples o no, y que se necesite de un periodo mayor al que la Ley establece como periodo de maternidad, la paciente puede solicitar que su médico le extienda una certificado de incapacidad por enfermedad durante el tiempo que considere necesario, previo a la Licencia por Maternidad.
Si el ser procreado naciere sin vida, el periodo original de la licencia se modificará otorgando una nueva licencia hasta por 45 días a partir de la fecha del parto o fecha de defunción del neonato, esto según el Artículo 19 del Reglamento para el Otorgamiento de Incapacidades y Licencias a los Beneficiarios del Seguro de Salud.
En el caso de las incapacidades por enfermedad, la CCSS paga el 60 por ciento (60%), de la incapacidad, a partir del cuarto día.
¿Puede una tercera persona hacer el cobro respectivo del subsidio de mi incapacidad? -
Incapacidades
¿Puede una tercera persona hacer el cobro respectivo del subsidio de mi incapacidad?
Los pagos siempre deben realizarse al asegurado directo o trabajador o trabajadora independiente.
Sin embargo, puede hacerse a terceros en caso de darse alguna de las siguientes circunstancias:
Cuando haya una autorización escrita del asegurado directo o trabajador (a) independiente.
Cuando así sea ordenado por una autoridad judicial.
Cuando medie informe de la Oficina de Trabajo Social.
¿Puedo ver el estado de mi incapacidad por Internet? ¿Necesito una clave de acceso? -
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¿Puedo ver el estado de mi incapacidad por Internet? ¿Necesito una clave de acceso?
Cualquier persona puede ver el estado de su incapacidad vía Internet.
Para ello, no hace falta tener una clave de acceso, simplemente ingrese a la siguiente dirección del Sistema de Centralizado de Recaudación (SICERE): https://sfa.ccss.sa.cincapacidades/reportes/estado.jsp
Una vez que vea la aplicación, digite el número de boleta de su incapacidad, la cual se ubica en la esquina superior derecha del documento que le dieron en su centro de salud.
Si su incapacidad no aparece reportada, deberá llamar al centro médico donde se la extendieron para averiguar qué pasó con el reporte de su incapacidad.
¿Qué documentos se deben presentar previo al pago del subsidio por una incapacidad? -
Incapacidades
¿Qué documentos se deben presentar previo al pago del subsidio por una incapacidad?
Para efectuar el pago de cualquiera de las prestaciones en dinero, es indispensable que los interesados presenten, según corresponda, los siguientes documentos:
Documento de identificación vigente (cédula de identidad, licencia, pasaporte ó cédula de residencia), del asegurado directo y trabajador independiente.
Documento de identidad (cédula, licencia, pasaporte ó cédula de residencia), vigente de quien gestiona el cobro.
Documentos que justifican el pago (dictamen médico).
¿Se puede cobrar el subsidio por incapacidad cuando el patrono se encuentra moroso con la CCSS? -
Incapacidades
¿Se puede cobrar el subsidio por incapacidad cuando el patrono se encuentra moroso con la CCSS?
Sí se puede cobrar.
Cuando se realicen pagos por concepto de incapacidad a trabajadores activos, encontrándose el patrono en condición de moroso, el costo de esas prestaciones debe facturarse al patrono.
Tratándose de trabajadores independientes, atrasados en el pago de sus cuotas, no es procedente el reconocimiento de prestaciones en dinero. Sólo procede el pago por prestaciones otorgadas cuando se encuentren al día en el pago de sus cuotas.
En el caso de los Trabajadores Independientes que presenten la doble condición de trabajador independiente y patrono físico, procede el pago sólo en el caso de estar al día con la seguridad social en sus dos situaciones.
¿Cuál es el fundamento legal para ser asegurado obligatorio? -
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¿Cuál es el fundamento legal para ser asegurado obligatorio?
El fundamento se establece en la Constitución Política (Artículo 73) y en la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, (Artículo 3, 37 y 74).
¿Qué se considera salario? -
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¿Qué se considera salario?
Todas las remuneraciones pagadas a los trabajadores con motivo o derivadas de la relación obrero-patronal.
¿Cuáles son las obligaciones de los patronos en materia de aseguramiento? -
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¿Cuáles son las obligaciones de los patronos en materia de aseguramiento?
El artículo 66 del Reglamento del Seguro de Salud, establece: “…De las obligaciones de los patronos. Son obligaciones de los patronos:
Inscribirse como tales ante la Caja en los primeros ocho días hábiles posteriores al inicio de la actividad o la adquisición de la empresa o negocio, aportando la siguiente información mínima:
Nombre y calidades: brindar nombre del negocio, y la actividad a que se dedica; señalar la dirección y los números de teléfono, apartado y facsímil, si los hubiere.
Si se trata de personas jurídicas, además de los datos que le sean aplicables según el inciso anterior, deben aportarse fotocopias de la escritura de constitución y de la cédula jurídica.
Variaciones que se produzcan referentes a cambios en el nombre, representación legal, actividad o domicilio.
Comunicar la venta o el arrendamiento del negocio, e indicar en las planillas la suspensión temporal o definitiva de los contratos de trabajo o la terminación de la actividad.
Otorgar permiso a sus trabajadores, para que puedan recibir las prestaciones a que se refiere el Reglamento del Seguro de Salud.
Acreditar la condición de aseguramiento de los nuevos trabajadores conforme el procedimiento que la Caja indique.
Presentar dentro de los plazos programados y en la forma que disponga la administración (disquete, cintas, facsímil, etc.), la lista de sus trabajadores correspondiente al mes inmediato anterior con los datos requeridos.
Deducir de los salarios la cuota de los trabajadores, todo de conformidad con el artículo 30º de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el artículo 95º del Código de Trabajo.
Pagar en los plazos establecidos y en la forma que disponga la administración (transferencia de fondos, tarjeta de crédito, teleproceso, etc.), tanto las cuotas patronales como las de sus trabajadores.
Pasada la fecha máxima de pago, el patrono deberá cancelar los intereses y recargos que señala el Reglamento del Seguro de Salud.
Es entendido que cualquier dato falso u omisión que se consigne en las planillas o en las tarjetas provisionales de comprobación de derechos, que induzca a la Caja a otorgar prestaciones a personas que de conformidad con las prescripciones del presente Reglamento no tengan derecho a ellas, hará incurrir a los patronos, aparte de la obligación de pagar esas prestaciones, en las sanciones establecidas en la sección VI de la Ley Constitutiva de la Caja…”.
¿Cuáles son las cargas sociales recaudadas por la CCSS? -
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¿Cuáles son las cargas sociales recaudadas por la CCSS?
Las cargas sociales son:
Caja Costarricense de Seguro Social
Concepto
Patrono
Trabajador
Porcentaje
SEM
9.25%
5.50%
14.75%
IVM
5.42%
4.17%
9.59%
Total CCSS
14.67%
9.67%
24.34%
Recaudación otras instituciones
Cuota Patronal Banco Popular
0.25%
Asignaciones Familiares
5.00%
IMAS
0.50%
INA
1.50%
Total otras instituciones
7.25%
Ley de Protección al Trabaajdor (LPT)
Aporte Patrono Banco Popular
0.25%
Fondo de capitalización laboral
1.50%
Fondo de pensiones complementarias
2.00%
Aporte trabajador Banco Popular
1.00%
INS
1.00%
Total LPT
5.75%
TOTAL
37.34%
¿Cuándo se considera que existe una relación obrero-patronal? -
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¿Cuándo se considera que existe una relación obrero-patronal?
Según el artículo 18 del Código de Trabajo, son elementos del contrato individual de trabajo: prestación personal del servicio, subordinación y remuneración.
¿Cómo se calcula mi pensión? -
Pensiones
¿Cómo se calcula mi pensión?
CÁLCULO "ANTERIOR"
Aplica para los nacidos antes del 19 de mayo de 1950.
Lo primero que se hace es calcular un salario promedio. Este salario promedio, se obtiene tomando en cuenta los 48 más altos (reportados por su patrono en la planilla) en los últimos 60 meses efectivamente cotizados, antes del mes de vigencia de la pensión. De ese salario promedio se le otorga un porcentaje. Ese porcentaje, depende de la cantidad de cuotas aportadas.
Un 60 por ciento (como cuantía básica en todos los casos) por las primeras 240 cuotas.
Una mejora por exceso, que consiste en un 0.0835 por cada cuota después de las primeras 240.
Cuando el trabajador, habiendo consolidado su derecho a pensión por vejez, NO lo ejerce y continua cotizando para el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), se le asigna dentro del monto de su pensión un porcentaje adicional que consiste en:
Un 1.5 por ciento por cada trimestre postergado durante el primer año (6 por ciento en total)
Un 2 por ciento por cada trimestre postergado durante el segundo año (8 por ciento en total)
Un 2.5 por ciento por cada trimestre postergado durante el tercer o más años (10 por ciento en total)
La suma de todos esos porcentajes se le aplica al SALARIO PROMEDIO.
SISTEMA "ACTUAL"
Aplica para los nacidos del 19 de mayo de 1950 en adelante.
En este nuevo método, se obtienen dos salarios promedio. Uno de los últimos 60 meses cotizados y el otro de los últimos 240 meses cotizados.
En ambos promedios, los salarios se traen a valor actual utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El primer salario promedio (60 meses) nos permitirá obtener el porcentaje que como cuantía básica se otorgará al pensionado (puede oscilar entre un 43 hasta un 52.5 por ciento, dependiendo de qué tan alto o bajo sea ese promedio).
A esta cuantía básica, debe agregársele un 1 por ciento por cada año cotizado después de los primeros 20. La suma de estos dos porcentajes, se aplica al SALARIO PROMEDIO DE LOS ULTIMOS 240 MESES.
También debe considerarse lo que se establece en el Transitorio XII del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, citado a continuación:
"Transitorio XII:
Todos los casos de pensión que se encuentren pendientes de resolver y los que se presentaren en el curso de los próximos 18 meses, contados a partir de la vigencia de la presente reforma reglamentaria, se regirán por las disposiciones vigentes antes del 28 de abril del año 2005".
¿Con cuánto tiempo de anticipación debo iniciar mi trámite de pensión? -
Pensiones
¿Con cuánto tiempo de anticipación debo iniciar mi trámite de pensión?
No existe ninguna disposición que obligue al trabajador a acogerse a la pensión, justo en el momento, que adquiere el derecho. Incluso, se puede postergar el ejercicio de ese derecho (caso en el cual tendría una mejora en el porcentaje de pensión por otorgar).
Sin embargo, si el trabajador desea acogerse a la pensión de manera inmediata, lo recomendable es iniciar el trámite cuando le falten unos 15 días hábiles, para la fecha de consolidación de su derecho.
¿Dónde debo tramitar mi pensión? -
Pensiones
¿Dónde debo tramitar mi pensión?
Para facilitar los trámites de pensión, la CCSS mantiene 80 sucursales en todo el territorio nacional, donde los funcionarios de pensiones se encargaran de realizar los trámites. Así pues, usted podrá realizar su gestión en la Sucursal de la CCSS más cercana a su lugar de residencia.
Para el caso del edificio Jorge Debravo, que alberga la Gerencia de Pensiones, diagonal a la esquina sureste de la Corte Suprema de Justicia, únicamente podrán tramitarla, aquellos asegurados quienes viven en los siguientes cantones:
Central de San José
Curridabat
Montes de Oca
Tibás, Escazú
Santa Ana
Alajuelita
¿El pensionado por viudez o por orfandad, puede transferir su pensión? -
Pensiones
¿El pensionado por viudez o por orfandad, puede transferir su pensión?
NO. Porque se trata de un beneficiario y no del causante.
¿Qué beneficios tengo yo como pensionado? -
Pensiones
¿Qué beneficios tengo yo como pensionado?
La persona pensionada tiene los siguientes beneficios:
Pago mensual de su pensión por periodos adelantados (el primer día hábil de cada mes).
Aumentos semestrales (a partir de enero y julio cada año).
Aguinaldo en Diciembre (la doceava parte de la suma de los montos pagados entre noviembre del año anterior y octubre del presente año).
Cobertura dentro del Seguro de Salud, para el pensionado y las personas que tenga asegurados.
¿Si laboro al servicio de dos o más patronos, cotizo doble o triple para mi pensión de la CCSS? -
Pensiones
¿Si laboro al servicio de dos o más patronos, cotizo doble o triple para mi pensión de la CCSS?
En el segundo párrafo del artículo 2 del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), se establece lo siguiente:
"Se registrará una sola cuota por cada mes, ya sea que el aporte provenga de uno o varios patronos".
Esto significa que, como cuota, NO suma ninguna adicional si se tiene más de un patrono.
Sin embargo, si dentro del periodo que se va a tomar en cuenta para calcular el monto de la pensión, el trabajador ha cotizado con más de un patrono, en ese caso los salarios de uno y otro, deben sumarse para obtener un monto global por cada mes.
Si me faltasen cuotas para adquirir el derecho a mi pensión, ¿puedo pensionarme con una pensión disminuida o que esas cuotas faltantes me las rebajen de la misma pensión? -
Pensiones
Si me faltasen cuotas para adquirir el derecho a mi pensión, ¿puedo pensionarme con una pensión disminuida o que esas cuotas faltantes me las rebajen de la misma pensión?
No se puede. En este caso, lo que debe hacer es retomar su aseguramiento a los seguros de IVM y Salud, incorporándose nuevamente al sector laboral con algún patrono, como Trabajador Independiente o como Asegurado por Cuenta Propia.
En ningún caso, se podrá otorgar un derecho si no cumple con el número de cotizaciones establecido en el reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte, esto según la modalidad que más convenga y en la que esté de acuerdo el asegurado.
¿Tiene rebajos mi pensión? -
Pensiones
¿Tiene rebajos mi pensión?
Sólo hay dos tipos de rebajos que podrían hacérsele a su pensión:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Si el monto de su pensión supera el tope que establece la Dirección General de Tributación Directa, del Ministerio de Hacienda, en cada periodo fiscal.
PENSIÓN ALIMENTARIA siempre y cuando, exista orden judicial.
Yo, como pensionado, ¿puedo designar mis beneficiarios estando en vida? -
Pensiones
Yo, como pensionado, ¿puedo designar mis beneficiarios estando en vida?
No hace falta. Para ello, existe un reglamento en el que se establece quiénes son los beneficiarios y cuáles son los requisitos que deben cumplirse para que ellos puedan calificar como beneficiarios de su pensión.
¿Por qué mi pensión por viudez es menor a la mínima establecida? -
Pensiones
¿Por qué mi pensión por viudez es menor a la mínima establecida?
La pensión mínima en este momento es de ¢101.220 colones. Sin embargo, ese monto mínimo es para las pensiones de Invalidez o de Vejez.
Cuando se trata de pensiones para los sobrevivientes de un pensionado o trabajador fallecido, lo que se hace es distribuir por porcentajes el monto que recibía el pensionado o el que le habría correspondido al trabajador, entre sus beneficiarios, de acuerdo con las siguientes proporciones:
Viuda o compañera menor de 50 años de edad.
50 por ciento
Viuda o compañera entre 50 y 59 años de edad
60 por ciento
Viuda o compañera mayor de 60 años o inválida
70 por ciento
Huérfano simple
30 por ciento
Huérfano doble
60 por ciento
Si dejé de cotizar algunos años, ¿puedo ponerme al día con las cuotas? -
Pensiones
Si dejé de cotizar algunos años, ¿puedo ponerme al día con las cuotas?
NO. En el cuarto párrafo del artículo 38 del reglamento del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte se establece que:
"En ningún caso, se aceptará el pago global de una o más cotizaciones mensuales vencidas, con el propósito de revalidar o adquirir derechos dentro de este seguro".
Si no logro pensionarme, ¿qué pasa con las cotizaciones que aporté? ¿Me las devuelven? -
Pensiones
Si no logro pensionarme, ¿qué pasa con las cotizaciones que aporté? ¿Me las devuelven?
Las cuotas debidamente percibidas, NO pueden ser devueltas.
El régimen de pensiones es de carácter solidario.
Esto significa que los aportes que se perciben de parte de Trabajadores, Patronos y del Estado como tal, pasan a formar parte de un gran fondo, del cual se van a pagar beneficios a aquellos trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento.
Si no se cumple con esos requisitos, los aportes se tomarán para financiar los beneficios que se otorguen a otros que si cumplieron con esos requisitos.
Sin embargo, en caso de fallecimiento si la persona tenía dependientes, se cancelará una indemnización por las cuotas percibidas por Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
Yo, como huérfano mayor de edad, ¿con qué frecuencia debo presentar mis documentos de estudio y soltería? -
Pensiones
Yo, como huérfano mayor de edad, ¿con qué frecuencia debo presentar mis documentos de estudio y soltería?
Depende de los periodos de su matrícula, puede ser por semestre, cuatrimestre, trimestre o por un periodo determinado por la institución educativa donde cursa sus estudios.
Debe aportar la constancia de estudios que indique el período académico matriculado acompañada por una Constancia del Estado Civil.
¿Puedo trabajar aún cuando me encuentre pensionado? -
Pensiones
¿Puedo trabajar aún cuando me encuentre pensionado?
El pensionado por orfandad podrá trabajar por un lapso menor a los tres (3) meses, caso en el cual, deberá solicitar la suspensión de su pensión durante ese periodo. Una vez que quede cesante y previa solicitud de su parte, los pagos se reanudarán.
Si el pensionado por orfandad labora cuatro (4) meses o más, su pensión se cancelará.
El pensionado por viudez puede laborar sin ninguna restricción.
El pensionado por invalidez, después de un año de recibir la pensión, puede solicitar un permiso para laborar si la Comisión Calificadora de Estado de Invalidez da su autorización para trabajar en:
En el Sector Privado y continuará recibiendo su pensión.
En el Sector Público, si solicita la suspensión de su pensión. En este caso, cuando quede cesante y previa valoración médica positiva, se le actualizará el monto de la pensión de acuerdo con los aumentos que se hayan dado durante ese periodo y se le reanudarán los pagos.
El pensionado por vejez podrá dedicarse a labores asalariadas en el Sector Privado sin problema alguno. Sin embargo, para laborar en el Sector Publico, deberá solicitar la suspensión del pago de su pensión por el periodo que se mantenga la relación laboral.
Una vez concluida la misma, deberá solicitar la reanudación de los pagos, caso en el cual se procederá a realizar un nuevo cálculo, tomando en cuenta las nuevas cotizaciones aportadas y se le reanudarán los pagos.
¿Cuál es procedimiento para inscribirse como proveedor de la CCSS? -
Proveedores
¿Cuál es procedimiento para inscribirse como proveedor de la CCSS?
¿Dónde puedo obtener el Catálogo General de Suministros? -
Proveedores
¿Dónde puedo obtener el Catálogo General de Suministros?
En el siguiente enlace podrá acceder a información relativa a dicho catálogo: Ingrese aquí
¿Debe una empresa debe estar inscrita como proveedora de la CCSS para participar en Mer-link o Compra Red? -
Proveedores
¿Debe una empresa debe estar inscrita como proveedora de la CCSS para participar en Mer-link o Compra Red?
Actualmente, la Institución está realizando muchas de su compra a través del sistema de compras electrónicas Compra Red, con respecto al sistema de compras electrónicas a través de Mer-Link aún no se ha implementado, para ambos sistemas es necesario que el interesado se encuentre inscrito o activo como proveedor de la Institución.
¿Cómo me retiro de mi Seguro Voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cómo me retiro de mi Seguro Voluntario?
El Seguro Voluntario es irrenunciable. Únicamente se puede suspender si cumple con alguna de las siguientes excepciones:
- Cuando el asegurado pasa a ser asalariado, trabajador independiente, se acoge a pensión, adquiere derecho al beneficio familiar o se acoge al Seguro por el Estado.
- Cuando el asegurado voluntario se ausentare del país por tres meses o más para lo cual deberá probar el hecho a satisfacción de la CCSS a fin de decidir su continuación o exclusión del régimen. Si la decisión fuera lo segundo, deberá así comunicarlo por escrito.
Si la persona cumple alguna de estas salvedades para gestionar la desafiliación deberá presentar:
- Una carta solicitando la suspensión y explicando el motivo, dirigida a la Jefatura del Área de Seguro Voluntario, en la que explique que entrará a una planilla del patrono contratante.
- Cédula de residencia o pasaporte con el carne del Seguro, o bien el último recibo de pago.
En forma adicional, deberá presentar lo siguiente:
- En caso de laborar con un patrono, debe presentar original y fotocopia de la orden patronal mecanizada o bien orden provisional debidamente sellada.
- En caso de adquirir un beneficio familiar, debe presentar fotocopia del carné de seguro, expedido por la clínica o EBAIS.
- En caso de adquirir Seguro por el Estado, debe presentar fotocopia del carné de seguro (con fecha de emisión actual), expedido por la clínica o EBAIS.
- En caso de adquirir pensión ya sea por IVM, No Contributivo o algún otro régimen, debe indicarlo en la solicitud para comprobación en los registros institucionales.
- En caso de salida del país por tres meses o más, debe presentar fotocopia del tiquete aéreo, terrestre o marítimo según corresponda, u otra documentación que compruebe la salida del país.
¿Cómo procedo si mis condiciones para el aseguramiento han variado? -
Seguro voluntario
¿Cómo procedo si mis condiciones para el aseguramiento han variado?
Debe informarlo a la dependencia donde gestionó el seguro voluntario a fin de realizar la actualización de datos. Es importante aportar documentación que permita tener por demostrado la variación de los ingresos.
¿Cómo se determinan el ingreso para el pago mensual de la cuota? -
Seguro voluntario
¿Cómo se determinan el ingreso para el pago mensual de la cuota?
Los asegurados voluntarios cotizan con base en el ingreso de referencia que determine el estudio particular que se realiza en cada caso al que se le aplicará el porcentaje de contribución establecido por Junta Directiva.
Tratándose de asegurados rentistas, la cotización será sobre el monto de las rentas respectivas aplicándose el porcentaje de contribución correspondiente.
Los asegurados facultativos cotizan sobre el promedio de los salarios que hubieren devengado durante el último trimestre que estuvieron con seguro obligatorio.
¿Con este seguro recibo orden patronal? -
Seguro voluntario
¿Con este seguro recibo orden patronal?
No, en el seguro voluntario no se emite orden patronal, para poder accesar a los servicios médicos el asegurado debe portar su último recibo de pago, ya que esto demuestra a los personeros de la CCSS el estatus de aseguramiento.
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia? -
Seguro voluntario
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia?
ESCALA DE CONTRIBUCION AV-TI ENERO 2024 SALUD
Categoría
Nivel de ingreso (en colones)
Porcentaje de Contribución Seguro SALUD
Afiliado
Estado
Conjunto
1
₡ 333,328.999
2.89%
9.11%
12.00%
2
₡ 333,329.000 a ₡ 717,219.999
4.33%
7.67%
12.00%
3
₡ 717,220.000 a ₡ 1,434,438.999
6.24%
5.76%
12.00%
4
₡ 1,434,439.000 a ₡ 2,151,657.999
8.02%
3.98%
12.00%
5
₡ 2,151,658.000 a ₡ 999,999,999.999
10.69%
1.31%
12.00%
Fuente: La Gaceta N° 232, Alcance 250, del 14 de diciembre del 2023. Decreto ejecutivo N° 44293-MTSS de fijación de salarios mínimos.
ESCALA DE CONTRIBUCION AV-TI ENERO 2024 IVM
Categoría
Nivel de ingreso (en colones)
Porcentaje de Contribución Seguro IVM
Afiliado
Estado
78° LPT
Conjunto
1
₡ 311,990.999
4.00%
5.29%
0.30%
9.59%
2
₡ 311,991.000 a ₡ 717,219.999
5.49%
4.10%
0.00%
9.59%
3
₡ 717,220.000 a ₡ 1,434,438.999
7.37%
2.22%
0.00%
9.59%
4
₡ 1,434,439.000 a ₡ 2,151,657.999
7.82%
1.77%
0.00%
9.59%
5
₡ 2,151,658.000 a ₡ 999,999,999.999
8.26%
1.33%
0.00%
9.59%
Fuente: La Gaceta N° 232, Alcance 250, del 14 de diciembre del 2023. Decreto ejecutivo N° 44293-MTSS de fijación de salarios mínimos.
Nota explicativa:
Producto de acuerdo de Junta Directiva, artículo 30°, de la sesión número 8999, celebrada el 08/11/2018, se aprobó la creación de dos bases mínimas contributivas, mismas que entran en vigor a partir de febrero de 2019, siendo la obligatoriedad de cotizar a partir de la Base Mínima Contributiva de menor cuantía.
Definiciones:
BMC: Base Mínima Contributiva, monto en el cual inicia la obligatoriedad de cotizar a la CCSS, el monto vigente a partir de julio de 2020 es la BMCIVM
BMCIVM: Base Mínima Contributiva IVM
BMCSEM: Base Mínima Contributiva SEM
Obligatoriedad: la obligatoriedad a cotizar es a partir de la BMC de menor cuantía
¿Cuáles son los beneficios de ser un asegurado voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cuáles son los beneficios de ser un asegurado voluntario?
Los asegurados voluntarios al día en el pago de cuotas, tienen derecho a las prestaciones que otorga el Seguro de Salud, excepto el pago de incapacidades y licencias por concepto de enfermedad y maternidad. Tales como:
Accesar a los servicios médicos - quirúrgicos en sede de EBAIS, Clínicas y Hospitales del país.
Obtener una pensión por invalidez o vejez y proteger a sus beneficiarios en caso de muerte, lo cual será proporcional a los ingresos reportados. Esto en el caso de pagar el régimen de IVM
Recibir ayuda económica para la compra de prótesis, anteojos, aparatos ortopédicos, traslados y gastos de funeral.
En caso de emergencia, podrá hacer uso de nuestros servicios en todo el país.
¿Cuándo gozo de los beneficios de mi seguro voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cuándo gozo de los beneficios de mi seguro voluntario?
Sin importar la fecha de ingreso, los asegurados que cotizan bajo esta modalidad, salvo las prestaciones en dinero y aquellas en que se especifique un plazo de calificación determinado, podrán disfrutar de los beneficios a partir del momento en que hayan cancelado las cuotas correspondientes. Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 3º y 7º del Reglamento del Seguro de Salud. Dichos artículos establecen:
“Artículo 3º—De las condiciones de ingreso al seguro de salud. Toda persona que califique como asegurado voluntario que desee ingresar a este Seguro, debe realizar su gestión en forma personal o a través de un tercero mediante autorización debidamente autenticada y presentar los documentos de identificación idóneos, así como cualquier otro elemento probatorio que le sea requerido.
Cuando se determine que al momento de su afiliación al Seguro Voluntario el solicitante o sus beneficiarios está o están internados en un centro hospitalario, corresponde a éste pagar el costo en que haya hecho incurrir a la Institución.”
“Artículo 7º—De los derechos y obligaciones. Los asegurados voluntarios, sean éstos cotizantes individuales o por medio de convenios colectivos de aseguramiento, tienen los mismos derechos, obligaciones y requisitos que los asegurados asalariados y trabajadores independientes en los Seguros de Salud y de Invalidez, Vejez y Muerte, con excepción de lo expresamente indicado en el presente Reglamento.
Tratándose de los asegurados voluntarios y sus beneficiarios, el otorgamiento de las prestaciones relacionadas con: cirugías complejas, enfermedades congénitas o preexistentes que son de alto costo en su manejo, de acuerdo con la definición que deberá realizar la Gerencia de División Médica, se establece un plazo de calificación de seis meses dentro del cual se deben haber pagado mensualmente las cotizaciones respectivas.
Las prestaciones que llegaren a ser otorgadas sin el cumplimiento de este requisito, serán cobradas al asegurado por los medios que la Institución tiene establecidos.
En todo caso, para recibir la prestación del Seguro de Salud, el asegurado debe presentar su documento de identificación, carné del Seguro Social y recibo pagado correspondiente al mes en que demanda los servicios.
El otorgamiento de prestaciones a los Asegurados Voluntarios, no expresamente contempladas en el respectivo Reglamento, se ajustará a lo que establece la normativa de cada Seguro y los correspondientes instructivos.”.
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Asegurado Voluntario? -
Seguro voluntario
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Asegurado Voluntario?
Recuerde cancelar sus cuotas desde el primer día del mes hasta la fecha que le corresponda, según la primera letra de su apellido:
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación? -
Seguro voluntario
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación?
El trámite de afiliación como asegurado voluntario lo debe realizar en la sucursal de la CCSS más cercana o bien en El Edificio el Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda (acorde a la zona de adscripción), según la dirección de su domicilio:
Lugar donde Reside el Asegurado
Lugar donde debe realizar el trámite de Afiliación
San José Central, Catedral, El Carmen, Aranjuez, Barrio México, Barrio Carit, Barrio Keith, Calderón Muñoz, Pitahaya, Merced, La Uruca, Santa Ana, Escazú, Pavas, Hatillos, Montes de Oca (San Pedro, Sabanilla, Lourdes, etc), Barrio Lujan, Curridabat, Zapote, Mata Redonda (Sabana Norte y Sur), Hospital, Barrio Cuba, Curridabat, San Francisco de Dos Ríos y Alajuelita.
Edificio El Hierro, Calle 7 y 9 avenida segunda.
Goicoechea (Guadalupe, Purral, Mozotal, Calle Blancos, Ipis, etc.) Moravia (San Blas, La Trinidad, Los Sitios, San Vicente, etc.), y Coronado (San Antonio, San Isidro, Dulce Nombre, San Rafael, Patio de Agua, etc).
Sucursal de Guadalupe
Desamparados (San Rafael Arriba, San Rafael Abajo, Dos Cercas, San Miguel, El Porvenir, Calle Fallas, etc), Aserri, Frailes
Sucursal Desamparados
En el caso de no residir en los lugares descritos, por favor dirigirse a la Sucursal de la Caja más cercana.
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos? -
Seguro voluntario
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos?
En el momento que se encuentre atrasado en sus pagos, hasta cinco recibos, puede pagar su seguro tanto en agentes recaudadores externos como en las instalaciones de la CCSS. Al sexto recibo sin pagar, debe gestionarlo en las instalaciones de la CCSS así como la reactivación en caso de que el seguro se encuentre bloqueado.
¿Dónde puedo pagar mi seguro? -
Seguro voluntario
¿Dónde puedo pagar mi seguro?
Las cuotas de seguro voluntario, trabajador independiente y cuotas obrero patronales, pueden ser canceladas, hasta con 59 días de vencidas, en los diferentes puntos de pago con que cuenta la Institución a saber:
1. Banco Nacional
2. Banco de Costa Rica
3. Banco Crédito Agrícola de Cartago
4. Banco Bac San José
5. Banco Davivienda
6. COOPEALIANZA R.L
7. COOCIQUE R.L.
8. Banco LAFISE.
9. Banco SCOTIABANK
10. Banco CITIBANK
11. Banco PROMERICA
12. Banco BCT.
13. Banco CATHAY.
14. Banco IMPROSA (Improbank)
15. Banco Popular y de Desarrollo Comunal
16. Grupo MUCAP
17. Grupo MUTUAL ALAJUELA
18. COOPESERVIDORES
19. COOPEANDE
20. CREDECOOP
21. Caja de Ande
22. Financiera DESIFYN
23. Servimás.
24. Walmart
25. Farmacias Sucre.
26. Teledolar.
27. PRIDES
28. Cruz Roja Costarricense
29. Francisco Llobet e Hijos
30. Tiendas Ekono.
31. Western Union
32. Megasúper
33. Correos de Costa Rica
34. BN Servicios del Banco Nacional (comercios)
35. Grupo Tecnológico (comercios)
36. Pague Fácil BCR (comercios)
37. TUCÁN (comercios)
En entidades financieras (bancos públicos y privados, y cooperativas) deberán consultarse las facilidades de pago brindadas para la cancelación de los recibos de la CCSS, tanto por agencia como en la página web de la entidad.
Los entes recaudadores externos a la CCSS brindan el servicio de lunes a viernes en horarios pre-establecidos
¿Hace tiempo fui asegurado voluntario y quiero volver a serlo, que tengo que hacer? -
Seguro voluntario
¿Hace tiempo fui asegurado voluntario y quiero volver a serlo, que tengo que hacer?
Debe presentarse a la Sucursal más cercana o bien al Edificio El Hierro en Calle 7 y 9 avenida segunda (dependiendo de las zonas de atención) con los requisitos de afiliación y además debe encontrarse al día en los pagos.
¿Por qué se dice que el seguro voluntario es irrenunciable? -
Seguro voluntario
¿Por qué se dice que el seguro voluntario es irrenunciable?
La afiliación a este Seguro es voluntaria, pero una vez adquirida se convierte en irrenunciable, salvo si el asegurado pasa a ser asalariado, trabajador independiente, se acoge a pensión, adquiere derecho al beneficio familiar o se acoge al Seguro por el Estado.
¿Puedo tener un seguro si actualmente vivo fuera de Costa Rica? -
Seguro voluntario
¿Puedo tener un seguro si actualmente vivo fuera de Costa Rica?
Reglamentariamente a efecto de que una persona pueda ser sujeto de afiliación a los seguros de Salud y al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte en condición de asegurado voluntario, debe encontrarse legalmente en el país y no debe tener una actividad generadora de ingresos proveniente del trabajo independiente o asalariado.
En caso de no residir actualmente en el país, no reúnen los requisitos establecidos en el Artículo 1 del Reglamento para la Afiliación de los Asegurados Voluntarios, para ser sujeto de afiliación como asegurados voluntarios.
¿Qué debo hacer si me pensiono? -
Seguro voluntario
¿Qué debo hacer si me pensiono?
Como asegurado voluntario, si se pensiona, deberá presentarse a la Sucursal de la CCSS o bien a al Edificio El Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda (dependiendo de las zonas de atención) y con su cédula de identidad e informar que ya consolidó su derecho a pensión, esto con el fin de proceder con la suspensión del seguro voluntario.
¿Qué hago si consigo un trabajo o inicio a trabajar por mi cuenta? -
Seguro voluntario
¿Qué hago si consigo un trabajo o inicio a trabajar por mi cuenta?
En el momento que el asegurado voluntario se dedique a un trabajo asalariado o inicie a trabajar por su propia cuenta debe:
Si consigo trabajo: debe presentarse al mes de haber iniciado a laborar en su nuevo trabajo o bien con una carta de su patrono, preferiblemente con membrete y sello de la empresa que detalle la fecha de ingreso a la empresa, a la sucursal de la Caja más cercana o al Edificio El Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda para suspender su seguro voluntario,
Si comienzo a trabajar por mi cuenta:debe presentarse a la sucursal correspondiente de la CCSS o bien al Edificio El Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda (según zonas de atención) a fin de solicitar los requisitos para el cambio de Seguro de Voluntario a Trabajador Independiente.
Es importante considerar que la suspensión del seguro voluntario cuando el asegurado pasó a ser asalariado, trabajador independiente o pensionado no es automática y en el caso de no solicitar su suspensión, las mensualidades seguirían corriendo.
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses? -
Seguro voluntario
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses?
Cuando el asegurado voluntario se ausentare del país por tres meses o más, lo cual debe probar a satisfacción de la Caja, puede decidir su continuación o su exclusión del régimen. Si su decisión fuere lo segundo, debe así comunicarlo por escrito.
Una vez suspendido el Seguro Voluntario, si el interesado desea volver a tener este deberá presentar todos los documentos y hacer nuevamente el trámite de afiliación.
¿Quién puede optar por aplica a un Seguro Voluntario? -
Seguro voluntario
¿Quién puede optar por aplica a un Seguro Voluntario?
Este seguro está dirigido a personas habitantes de la República, sean éstos costarricenses, extranjeros o refugiados que se encuentren legalmente en el país, conforme nuestro ordenamiento jurídico, que no generan ingresos mediante una actividad económica asalariada o por cuenta propia (trabajador independiente), como por ejemplo: desempleados, estudiantes, amas de casa y adultos mayores, entre otros, y que de una u otra forma pueden pagar dicho seguro con ayuda familiar u otra naturaleza).
También califican para este seguro las personas que viven de sus rentas o sea que sin ser trabajador activo, posee ingresos propios y desea pagar los seguros de Salud y de Invalidez Vejez y Muerte por su propia cuenta.
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento? -
Seguro voluntario
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento?
Sí, periódicamente con base en los mejores criterios técnicos y actuariales, la Junta Directiva de la Caja, hará revisión de los ingresos mínimos de referencia y los porcentajes de contribución de este Seguro y establecerá las adecuaciones necesarias.
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses? -
Seguro voluntario
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses?
Pasada la fecha máxima de pago, el asegurado voluntario deberá cancelar los recargos correspondientes, así como los intereses legalmente establecidos (tasa básica pasiva del Banco Central). El incumplimiento en el pago conlleva el trámite de cobro administrativo y de cobro judicial, según corresponda, conforme los procedimientos establecidos por la Institución.
¿Cuál es el horario de atención para trámites y consultas? -
Seguro voluntario
¿Cuál es el horario de atención para trámites y consultas?
Para trámite de afiliación y consultas de trámites, en el Edificio El Hierro (sita calle 7 y 9 avenida segunda)
o De lunes a jueves de 7 am a 4 pm
Viernes de 7 am a 3 pm
¿A cuáles miembros de mi familia puedo cubrir con mi seguro directo? -
Seguros
¿A cuáles miembros de mi familia puedo cubrir con mi seguro directo?
El aseguramiento directo permite extender una Protección Familiar a:
Cónyuge, sin actividad lucrativa.
Compañera o compañero (en los casos de unión libre o, de hecho), sin actividad lucrativa.
Hijos, sin actividad lucrativa y según el caso:
menores de 18 años de edad.
mayor de 18 años de edad declarado con discapacidad severa permanente.
mayores de edad y hasta los 25 años cumplidos, sin actividad lucrativa y que cursan estudios de enseñanza media, técnica, parauniversitaria o universitaria.
También quedan incluidos aquellos hijos (as) que, aunque mayores de edad, estén dedicados al cuido de alguno de sus padres declarado con discapacidad severa permanente.
Madre natural o de crianza, sin actividad lucrativa.
Padre natural o de crianza, sin actividad lucrativa.
Hermanos (as), sin actividad lucrativa y según el caso:
menores de 18 años de edad
mayor de 18 años de edad declarado con discapacidad severa permanente.
mayores de edad y hasta los 25 años cumplidos, sin actividad lucrativa y que cursan estudios de enseñanza media, técnica, parauniversitaria o universitaria.
También quedan incluidos aquellos hermanos (as) que, aunque mayores de edad, estén dedicados al cuido de alguno de sus padres o hermano(a) declarado con discapacidad severa permanente.
Otros menores de edad: acreditado que se encuentra bajo custodia del trabajador asalariado, trabajador independiente, pensionado o asegurado voluntario, otorgada por el Patronato Nacional de Infancia (PANI) o por un Juez (a) de la República; para tales efectos la CAJA podrá constatar directamente tal condición a través de los medios que se definan.
Además, se debe de cumplir con los requisitos específicos de cada caso, establecidos en el Reglamento para la Protección Familiar en la Caja Costarricense de Seguro Social y que no se encuentren obligados a contribuir a los seguros sociales (que no realicen una actividad laboral ya sea propia o para otra persona).
¿Cuándo empiezan a regir los beneficios por el aseguramiento con la CCSS? -
Seguros
¿Cuándo empiezan a regir los beneficios por el aseguramiento con la CCSS?
Los beneficios por el aseguramiento se obtienen una vez canceladas las cuotas correspondientes al mes en que se demanda los servicios.
¿Puede mi seguro cubrir alguno de mis familiares? -
Seguros
¿Puede mi seguro cubrir alguno de mis familiares?
Su seguro sí puede cubrir a alguno de sus familiares por medio del Seguro por Beneficio Familiar, no obstante se debe de cumplir las siguientes condiciones:
En el caso de los padres, ellos deben depender económicamente de usted. Esto quiere decir que no se encuentren laborando (ya sea por desempleo, incapacidad o enfermedad), y que no reciban ningún tipo de ingreso económico, incluso algún tipo de pensión, esto porque al ser pensionado tiene implícito su seguro.
Los hijos menores de edad están cubiertos implícitamente por su seguro.
Los hijos mayores de edad, pero menores de 25 años que estudien y que no estén laborando o recibiendo algún ingreso económico.
En el caso de hermanos o hermanas menores, el Código de Niñez y Adolescencia protege a la persona menor de edad.
En el caso del cónyuge, el Seguro por Beneficio Familiar, únicamente, se otorga a la esposa o esposo, o compañero (a) que viva en unión de libre por un mínimo de un año en forma ininterrumpida. Además, el o la cónyuge deben tener una dependencia económica demostrada de la pareja. De manera que si se tratara de una novia y no viva con el asegurado bajo el mismo techo, no podría gozar por el Seguro por Beneficio Familiar.
Si el cónyuge es extranjero o extranjera, éste o ésta debe estar con un status migratorio legal, esto quiere decir que cuente con la Cédula de Residencia Vigente, además que dependa económicamente de su compañero o compañera asegurado (a).
El artículo 18 del Manual de Normas y Procedimientos de las Unidades de Afiliación y Validación de Derechos, publicado en febrero de 2006, establece los siguientes requisitos para el Estudio de Seguro por Beneficio
Familiar:
Declaración firmada por el asegurado directo, en el formulario que le suministrará la Caja Costarricense de Seguro Social, a efectos de determinar las condiciones de parentesco, dependencia económica y domicilio, excepto en el caso de hijos menores de edad.
Documentos del asegurado directo: identificación y orden patronal vigente o documento que lo acredite como asegurado, siempre y cuando no se cuente con acceso a una aplicación automatizada, la cual permita verificar la condición de aseguramiento.
Recibos de agua, luz ó teléfono de los beneficiarios, cuando no convivan con el asegurado directo.
Además de lo indicado en cuanto al asegurado directo, en el caso de los beneficiarios, deberá presentarse los siguientes documentos, según se trate de:
Cónyuges:
Cédula de identidad o de residencia vigente.
Constancia de matrimonio reciente (un mes de emisión).
Compañeros (as):
(Que se encuentran en unión libre) Cédula de identidad vigente.
Hijos:
Constancia de nacimiento.
Tratándose de extranjeros, adicionalmente deberá presentarse documento de identificación oficial (pasaporte, cédula de residencia ó carné de refugiado).
Hermanos o hermanas:
Cédula o constancia de nacimiento si son menores; este documento sólo debe solicitarse la primera vez que se extienda el beneficio.
Constancia de estado civil, esto sólo en los casos de hermanos mayores de 18 años.
Padres (natural o de crianza):
Documento de identificación vigente.
Otros beneficiarios:
Documento de identificación o constancia de nacimiento cuando se trate de menores de edad; este documento sólo podrá solicitarse la primera vez que se extienda el beneficio.
Constancia emitida por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), donde se determine la custodia sobre el menor.
Las constancias de nacimiento y matrimonio emitidas en el extranjero, deberán contar con la autenticación por parte del consulado de Costa Rica en el país de emisión
¿Puede un asegurado directo gozar de los beneficios que da la CCSS cuando su patrono se encuentre moroso con la institución? -
Seguros
¿Puede un asegurado directo gozar de los beneficios que da la CCSS cuando su patrono se encuentre moroso con la institución?
Los asegurados directos activos asalariados cuyos patronos se encuentren en mora, podrán recibir todas las prestaciones previstas por la CCSS, pero su costo deberá ser asumido por el patrono.
¿Qué es un asegurado directo? -
Seguros
¿Qué es un asegurado directo?
Son los trabajadores asalariados, los trabajadores independientes que cotizan en forma individual o mediante convenio, los pensionados o jubilados de cualquiera de los sistemas estatales, las personas jefes de familia aseguradas por cuenta del Estado y las personas que individualmente se acojan al Seguro Voluntario.
¿Quién es un Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Quién es un Trabajador Independiente?
Es todo trabajador manual o intelectual que desarrolla por cuenta propia algún tipo de trabajo o actividad generadora de ingresos.
La persona que califique como Trabajador Independiente está obligada a cotizar para los regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
La cotización deberá calcularse sobre el total de los ingresos que perciba el trabajador independiente. En la determinación de los ingresos se deducirán los gastos propios de las actividades o negocios que desarrolla, de acuerdo con el giro de éstos, se tomarán en cuenta los estrictamente necesarios, imprescindibles y que mantengan proporcionalidad con el volumen de operaciones.
No cotizarán al Seguro de IVM los Trabajadores Independientes de 50 o más años, que no cumplan con el número de cuotas establecidas. (Esta información la debe corroborar el funcionario de la institución, encargado de realizar la entrevista al solicitante.) Es obligación del Trabajador Independiente comunicar oportunamente a la institución, cuando exista variación en su condición como tal. Actividad, ingresos, domicilio, etc).
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación? -
Trabajador Independiente
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de afiliación?
El trámite de afiliación como trabajador independiente lo debe realizar en la sucursal de la CCSS más cercana o bien en el Edificio El Hierro en Calle 7 y 9 avenida segunda , esto acorde a la zona de adscripción:
Lugar donde se encuentra la oficina o Centro de trabajo del trabajador Independiente
Lugar donde se debe realizar el trámite de Afiliación
San José Central, Catedral, El Carmen, Aranjuez, Barrio México, Barrio Carit, Barrio Keith, Calderón Muñoz, Pitahaya, Merced, La Uruca, Santa Ana, Escazú, Pavas, Hatillos, Montes de Oca (San Pedro, Sabanilla, Lourdes, etc), Barrio Lujan, Curridabat, Zapote, Mata Redonda (Sabana Norte y Sur), Hospital, Barrio Cuba, San Francisco de Dos Ríos, Curridabat y Alajuelita.
Edificio El Hierro, Calle 7 y 9 avenida segunda
Goicoechea (Guadalupe, Purral, Mozotal, Calle Blancos, Ipis, etc.) Moravia (San Blas, La Trinidad, Los Sitios, San Vicente, etc.), y Coronado (San Antonio, San Isidro, Dulce Nombre, San Rafael, Patio de Agua, etc).
Sucursal de Guadalupe
Desamparados (San Rafael Arriba, San Rafael Abajo, Dos Cercas, San Miguel, El Porvenir, Calle Fallas, etc), Aserri, Frailes
Sucursal Desamparados
En el caso de no residir en los lugares descritos, por favor dirigirse a la Sucursal de la Caja más cercana. En el caso de no contar con oficina o centro de trabajo fijo, se debe tomar en consideración el lugar de habitación.
¿Horario de Atención? -
Trabajador Independiente
¿Horario de Atención?
Para trámite de afiliación y consultas de trámites, en el Edificio El Hierro (sita calle 7 y 9 avenida segunda)
o De lunes a jueves de 7 am a 4 pm
o Viernes de 7 am a 3 pm
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Cuándo me corresponde pagar mi seguro de Trabajador Independiente?
Recuerde cancelar sus cuotas desde el primer día del mes hasta la fecha que le corresponda, según la primera letra de su apellido:
¿Dónde puedo pagar mi seguro? -
Trabajador Independiente
¿Dónde puedo pagar mi seguro?
Las cuotas de seguro voluntario, trabajador independiente y cuotas obrero patronales, pueden ser canceladas, hasta con 59 días de vencidas, en los diferentes puntos de pago con que cuenta la Institución a saber:
1. Banco Nacional
2. Banco de Costa Rica
3. Banco Crédito Agrícola de Cartago
4. Banco Bac San José
5. Banco Davivienda
6. COOPEALIANZA R.L
7. COOCIQUE R.L.
8. Banco LAFISE.
9. Banco SCOTIABANK
10. Banco CITIBANK
11. Banco PROMERICA
12. Banco BCT.
13. Banco CATHAY.
14. Banco IMPROSA (Improbank)
15. Banco Popular y de Desarrollo Comunal
16. Grupo MUCAP
17. Grupo MUTUAL ALAJUELA
18. COOPESERVIDORES
19. COOPEANDE
20. CREDECOOP
21. Caja de Ande
22. Financiera DESIFYN
23. Servimás.
24. Walmart
25. Farmacias Sucre.
26. Teledolar.
27. PRIDES
28. Cruz Roja Costarricense
29. Francisco Llobet e Hijos
30. Tiendas Ekono.
31. Western Union
32. Megasúper
33. Correos de Costa Rica
34. BN Servicios del Banco Nacional (comercios)
35. Grupo Tecnológico (comercios)
36. Pague Fácil BCR (comercios)
37. TUCÁN (comercios)
En entidades financieras (bancos públicos y privados, y cooperativas) deberán consultarse las facilidades de pago brindadas para la cancelación de los recibos de la CCSS, tanto por agencia como en la página web de la entidad.
Los entes recaudadores externos a la CCSS brindan el servicio de lunes a viernes en horarios pre-establecidos
¿Qué debo hacer si dejo de trabajar de forma Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Qué debo hacer si dejo de trabajar de forma Independiente?
En caso de que usted suspenda la actividad generadora de ingresos, debe comunicarlo de forma inmediata a la Sucursal donde se afilió para la suspensión de la facturación, caso contrario, se registraría en condición de moroso.
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos? -
Trabajador Independiente
¿Dónde puedo pagar mi seguro si me encuentro atrasado en mis pagos?
Los recibos de Trabajador Independiente con más de 59 días de vencimiento (cobro judicial) solo pueden ser pagados en oficinas de la CCSS. Los recibos con una fecha de vencimiento menor a 59 días pueden ser cancelados en agentes recaudadores externos o la página web de la CCSS, previo registro de una cuenta bancaria en colones
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses? -
Trabajador Independiente
¿Si me atraso en el pago debo pagar intereses?
Pasada la fecha máxima de pago, el trabajador independiente deberá cancelar los recargos correspondientes, así como los intereses legalmente establecidos (tasa básica pasiva del Banco Central). El incumplimiento en el pago conlleva el trámite de cobro administrativo y de cobro judicial, según corresponda, conforme los procedimientos establecidos por la Institución.
¿El Trabajador Independiente está obligado a asegurarse ante la CCSS? -
Trabajador Independiente
¿El Trabajador Independiente está obligado a asegurarse ante la CCSS?
Sí. Está obligado de conformidad con la Ley de Protección al Trabajador, Transitorio XII; Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 3 y 74, y el Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes, artículo 1 y 2.
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses? -
Trabajador Independiente
¿Qué hago si voy a salir del país por un periodo de tiempo mayor a tres meses?
Si el Trabajador Independiente va a salir del país por un periodo de tiempo superior a los tres meses, puede suspender su seguro, por lo que debe presentarse a la Sucursal de la Caja más cercana o al Edificio El Hierro ubicado en calle 7 y 9, avenida segunda, según zonas de atención, con original y copia de los tiquetes que comprueben la salida del país.
Una vez suspendido el Seguro de Trabajador Independiente, si el interesado desea volver a tener este deberá presentar todos los documentos y hacer nuevamente el trámite de afiliación.
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento? -
Trabajador Independiente
¿Se realizan revisiones periódicas a los montos de aseguramiento?
Sí, periódicamente con base en los mejores criterios técnicos y actuariales, la Junta Directiva de la Caja, hará revisión de los ingresos mínimos de referencia y los porcentajes de contribución de este Seguro y establecerá las adecuaciones necesarias.
¿Con este seguro recibo orden patronal? -
Trabajador Independiente
¿Con este seguro recibo orden patronal?
No, en el seguro Trabajador Independiente no se emite orden patronal, para poder accesar a los servicios médicos el asegurado debe portar su último recibo de pago, ya que esto demuestra a los personeros de la CCSS el estatus de aseguramiento.
¿Tiene la CCSS facultad para asegurar de manera obligatoria a los trabajadores independientes que realizan actividades liberales? -
Trabajador Independiente
¿Tiene la CCSS facultad para asegurar de manera obligatoria a los trabajadores independientes que realizan actividades liberales?
Sí, tiene la facultad en virtud del mandato de administración y gobierno de los Seguros Sociales de la Constitución Política.
El pensionado por Vejez que realice una actividad por cuenta propia. ¿Está obligado a asegurarse como Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
El pensionado por Vejez que realice una actividad por cuenta propia. ¿Está obligado a asegurarse como Trabajador Independiente?
Sí, está obligado a asegurarse y sólo debe cotizar para el Seguro de Enfermedad y Maternidad.
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia? -
Trabajador Independiente
¿Cuál es el porcentaje de cotización para el seguro voluntario o trabajador independiente y cómo se determina el ingreso de referencia?
ESCALA DE CONTRIBUCION AV-TI ENERO 2024 SALUD
Categoría
Nivel de ingreso (en colones)
Porcentaje de Contribución Seguro SALUD
Afiliado
Estado
Conjunto
1
₡ 333,328.999
2.89%
9.11%
12.00%
2
₡ 333,329.000 a ₡ 717,219.999
4.33%
7.67%
12.00%
3
₡ 717,220.000 a ₡ 1,434,438.999
6.24%
5.76%
12.00%
4
₡ 1,434,439.000 a ₡ 2,151,657.999
8.02%
3.98%
12.00%
5
₡ 2,151,658.000 a ₡ 999,999,999.999
10.69%
1.31%
12.00%
Fuente: La Gaceta N° 232, Alcance 250, del 14 de diciembre del 2023. Decreto ejecutivo N° 44293-MTSS de fijación de salarios mínimos.
ESCALA DE CONTRIBUCION AV-TI ENERO 2024 IVM
Categoría
Nivel de ingreso (en colones)
Porcentaje de Contribución Seguro IVM
Afiliado
Estado
78° LPT
Conjunto
1
₡ 311,990.999
4.00%
5.29%
0.30%
9.59%
2
₡ 311,991.000 a ₡ 717,219.999
5.49%
4.10%
0.00%
9.59%
3
₡ 717,220.000 a ₡ 1,434,438.999
7.37%
2.22%
0.00%
9.59%
4
₡ 1,434,439.000 a ₡ 2,151,657.999
7.82%
1.77%
0.00%
9.59%
5
₡ 2,151,658.000 a ₡ 999,999,999.999
8.26%
1.33%
0.00%
9.59%
Fuente: La Gaceta N° 232, Alcance 250, del 14 de diciembre del 2023. Decreto ejecutivo N° 44293-MTSS de fijación de salarios mínimos.
Nota explicativa:
Producto de acuerdo de Junta Directiva, artículo 30°, de la sesión número 8999, celebrada el 08/11/2018, se aprobó la creación de dos bases mínimas contributivas, mismas que entran en vigor a partir de febrero de 2019, siendo la obligatoriedad de cotizar a partir de la Base Mínima Contributiva de menor cuantía.
Definiciones:
BMC: Base Mínima Contributiva, monto en el cual inicia la obligatoriedad de cotizar a la CCSS, el monto vigente a partir de julio de 2020 es la BMCIVM
BMCIVM: Base Mínima Contributiva IVM
BMCSEM: Base Mínima Contributiva SEM
Obligatoriedad: la obligatoriedad a cotizar es a partir de la BMC de menor cuantía
¿Cuándo empiezan a regir los beneficios por el aseguramiento? -
Trabajador Independiente
¿Cuándo empiezan a regir los beneficios por el aseguramiento?
Los beneficios por el aseguramiento se obtienen una vez canceladas las cuotas correspondientes al mes en que se demanda los servicios.
¿Sí un trabajador es asegurado por su patrono y además realiza actividad económica por cuenta propia que le genera ingresos, dicho trabajador está obligado a cotizar como trabajador independiente? -
Trabajador Independiente
¿Sí un trabajador es asegurado por su patrono y además realiza actividad económica por cuenta propia que le genera ingresos, dicho trabajador está obligado a cotizar como trabajador independiente?
Una persona que tiene las dos condiciones debe de cotizar a la seguridad social tanto como Trabajador Independiente y Trabajador Asalariado, de conformidad con el Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes, artículo 2.
¿Cuáles son mis beneficios o derechos como Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Cuáles son mis beneficios o derechos como Trabajador Independiente?
Accesar a los servicios médicos - quirúrgicos en sede de EBAIS, Clínicas y Hospitales del país.
Recibir pago de subsidios por incapacidad o licencia por maternidad, según sus ingresos reportados a la institución.
Obtener una pensión por invalidez o vejez y proteger a sus beneficiarios en caso de muerte, lo cual será proporcional a los ingresos reportados.
Recibir ayuda económica para la compra de prótesis, anteojos, aparatos ortopédicos, traslados y gastos de funeral.
En caso de emergencia, podrá hacer uso de nuestros servicios en todo el país.
¿Cuáles son mis Obligaciones como Trabajador Independiente? -
Trabajador Independiente
¿Cuáles son mis Obligaciones como Trabajador Independiente?
Con sus aportaciones y las de otros asegurados se fortalece el sistema de seguridad social, sustentado en el principio de solidaridad, que permite a la Caja ofrecer los servicios a los que usted y su familia pueden tener acceso para ello debe:
Pagar puntualmente en las fechas establecidas.
Presentar el comprobante de pago del mes en que solicita los servicios, el carné del seguro y documento de identificación al solicitar los servicios médicos.
En caso de que cambie su condición de trabajador independiente, comunicarlo a la Sucursal donde se afilió
¿Cómo procedo si mis ingresos han variado? -
Trabajador Independiente
¿Cómo procedo si mis ingresos han variado?
En el caso que los ingresos del Trabajador Independiente hayan variado (aumento o disminución), el asegurado debe presentarse a la sucursal de la Caja más cercana o bien a oficinas centrales (dependiendo de las zonas de atención), con los comprobantes que demuestren la variación de los ingresos, tales como:
Declaraciones de renta
Facturas
Otros
Es importante aclarar que, pese a que se realice la solicitud de modificación de los ingresos, la aprobación del trámite queda sujeta a una valoración posterior.
¿Hace tiempo fui asegurado como Trabajador Independiente y quiero volver a serlo, qué tengo que hacer? -
Trabajador Independiente
¿Hace tiempo fui asegurado como Trabajador Independiente y quiero volver a serlo, qué tengo que hacer?
Debe presentarse a la Sucursal más cercana o bien al Edificio El Hierro (ubicado en calle 7 y 9, avenida segunda), esto dependiendo de las zonas de atención, con los requisitos de afiliación y además debe encontrarse al día en los pagos.
¿Puedo tener un seguro de Trabajador Independiente si actualmente vivo fuera de Costa Rica? -
Trabajador Independiente
¿Puedo tener un seguro de Trabajador Independiente si actualmente vivo fuera de Costa Rica?
Reglamentariamente a efecto de que una persona pueda ser sujeto de afiliación a los seguros de Salud y al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte en condición de Trabajador Independiente debe encontrarse legalmente en el país.
En caso de no residir actualmente en el país no reúnen los requisitos establecidos, para ser sujeto de afiliación como Trabajador Independiente.
¿Se puede suspender el seguro de trabajador independiente? -
Trabajador Independiente
¿Se puede suspender el seguro de trabajador independiente?
El asegurado puede tramitar la suspensión del seguro de trabajador independiente siempre y cuando demuestre que cesó la actividad económica propia o bien que pasó a cotizar como Trabajador Asalariado y por ende cesó la actividad económica propia.
¿Qué es una inscripción patronal? -
Inscripción o reanudación web
¿Qué es una inscripción patronal?
Es el acto de registrar ante la Caja Costarricense de Seguro Social, a personas físicas o jurídicas que califiquen como patronos. Fuente: Instructivo de Inspección. 1º octubre 2007, Oficio GDF-43.430 del 18 de setiembre del 2007
¿Qué es una reanudación patronal? -
Inscripción o reanudación web
¿Qué es una reanudación patronal?
Es el acto administrativo mediante el cual se activa nuevamente ante la Caja, la actividad registrada a nombre de una persona física o jurídica que califique como patrono. Fuente: Instructivo de Inspección. 1º octubre 2007, Oficio GDF-43.430 del 18 de setiembre del 2007.
¿Quién es un patrono? -
Inscripción o reanudación web
¿Quién es un patrono?
Persona física o jurídica, particular o de derecho público, que emplea los servicios de otra u otras en virtud de un contrato de trabajo o de un estatuto de servicio o de empleo público.
¿Cuál el fundamento legal para ser asegurado obligatorio? -
Inscripción o reanudación web
¿Cuál el fundamento legal para ser asegurado obligatorio?
El fundamento se establece en la Constitución Política (Artículo 73) y en la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, (Artículo 3, 37 y 74).
¿Dónde se puede conseguir un manual que explique cómo realizar la inscripción o reanudación por internet? -
Inscripción o reanudación web
¿Dónde se puede conseguir un manual que explique cómo realizar la inscripción o reanudación por internet?
Con la finalidad de facilitar la comprensión y el uso de la aplicación de Solicitud de Inscripciones y Reanudaciones Web, se facilita el siguiente manual al usuario:
¿Por qué requiero firma digital para solicitar la inscripción o reanudación por internet? -
Inscripción o reanudación web
¿Por qué requiero firma digital para solicitar la inscripción o reanudación por internet?
Con la finalidad de autenticar y validar la identificación de la persona que solicita el trámite en la web, permitiendo determinar de forma fehaciente quién realiza la solicitud de inscripción o reanudación patronal y en salvaguarda de la información del patrono.
¿Cuál es el fundamento legal que obliga a los patronos a inscribirse ante la CCSS? -
Inscripción o reanudación web
¿Cuál es el fundamento legal que obliga a los patronos a inscribirse ante la CCSS?
La obligatoriedad se da a partir del momento en que se inicia la prestación del servicio por parte del trabajador.
El artículo 37 de la Ley Constitutiva de la Caja establece que: “Iniciado el funcionamiento del seguro social, los patronos deberán empadronar en la Caja a sus trabajadores dentro del plazo y condiciones que establezca la Junta Directiva.” Según el artículo 66 del Reglamento del Seguro de Salud El patrono debe asegurar a sus trabajadores en los primeros 8 días en que inicia actividades económicas.
¿Qué se entiende por salario? -
Inscripción o reanudación web
¿Qué se entiende por salario?
Todas las remuneraciones pagadas a los trabajadores con motivo o derivadas de la relación obrero-patronal.
¿Cuáles son las cargas sociales recaudadas por la CCSS? -
Inscripción o reanudación web
¿Cuáles son las cargas sociales recaudadas por la CCSS?
Las cargas sociales recaudadas para los casos de patrono físico y jurídico se dividen en:
Caja Costarricense de Seguro Social
Concepto
Patrono
Trabajador
Porcentaje
SEM
9.25%
5.50%
14.75%
IVM
5.42%
4.17%
9.59%
Total aporte CCSS
14.67%
9.67%
24.34%
Otras instituciones
Cuota Patronal Banco Popular
0.25%
Asignaciones Familiares
5.00%
IMAS
0.50%
INA
1.50%
Total aporte otras instituciones
7.25%
Ley de Protección al Trabaajdor (LPT)
Aporte Patrono Banco Popular
0.25%
Fondo de capitalización laboral
1.50%
Fondo de pensiones complementarias
2.00%
Aporte trabajador Banco Popular
1.00%
INS
1.00%
Total aportes LPT
5.75%
Total Porcentaje Aportes
37.34%
Nota: Cuando el salario devengado por el trabajador sea inferior al monto mínimo de cotización establecido por acuerdos de la Junta Directiva de la CCSS, el cálculo de las cuotas obrero-patronales correspondientes al Seguro Social se hará con base en dicho monto.
* INA actividad agrícola es 0.50%
Multa por falta de datos 1% de Salarios de los Trabajadores
Multa por presentación tardía 1% Total de Cuotas
¿Qué es la actividad económica? -
Inscripción o reanudación web
¿Qué es la actividad económica?
Es una clasificación uniforme de las actividades económicas productivas. En el siguiente hipervínculo se facilita el Manual Clasificación Actividades.
¿Cuáles son las ocupaciones existentes? -
Inscripción o reanudación web
¿Cuáles son las ocupaciones existentes?
Es una clasificación que permite ubicar a la persona según el tipo de trabajo que realiza, en el siguiente hipervínculo se detalla la tabla de ocupaciones utilizada por el Servicio de Inspección de la caja:
¿Se pueden incluir en la planilla a trabajadores extranjeros? -
Inscripción o reanudación web
¿Se pueden incluir en la planilla a trabajadores extranjeros?
En la solicitud de inscripción o reanudación web, existe un campo para agregar trabajadores, en el campo de documento de identificación, puede registrar el número de asegurado del trabajador ante la CCSS, cédula de residencia, pasaporte, carné de refugiado, entre otros.
Posteriormente el Inspector de Leyes y Reglamentos se encargará de confeccionarle un número de asegurado (en el caso que no cuente con él) con el fin de evitar que el trabajador sea determinado como un dato erróneo (no válido).
¿Cuáles son las obligaciones de los patronos en materia de aseguramiento? -
Inscripción o reanudación web
¿Cuáles son las obligaciones de los patronos en materia de aseguramiento?
El artículo 66 del Reglamento del Seguro de Salud, establece: “…De las obligaciones de los patronos. Son obligaciones de los patronos:
Inscribirse como tales ante la Caja en los primeros ocho días hábiles posteriores al inicio de la actividad o la adquisición de la empresa o negocio, aportando la siguiente información mínima:
Nombre y calidades: brindar nombre del negocio, y la actividad a que se dedica; señalar la dirección y los números de teléfono, apartado y facsímil, si los hubiere.
Si se trata de personas jurídicas, además de los datos que le sean aplicables según el inciso anterior, deben aportarse fotocopias de la escritura de constitución y de la cédula jurídica.
Variaciones que se produzcan referentes a cambios en el nombre, representación legal, actividad o domicilio.
Comunicar la venta o el arrendamiento del negocio, e indicar en las planillas la suspensión temporal o definitiva de los contratos de trabajo o la terminación de la actividad.
Otorgar permiso a sus trabajadores, para que puedan recibir las prestaciones a que se refiere el Reglamento del Seguro de Salud.
Acreditar la condición de aseguramiento de los nuevos trabajadores conforme el procedimiento que la Caja indique.
Presentar dentro de los plazos programados y en la forma que disponga la administración (disquete, cintas, facsímil, etc.), la lista de sus trabajadores correspondiente al mes inmediato anterior con los datos requeridos.
Deducir de los salarios la cuota de los trabajadores, todo de conformidad con el artículo 30º de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y el artículo 95º del Código de Trabajo.
Pagar en los plazos establecidos y en la forma que disponga la administración (transferencia de fondos, tarjeta de crédito, teleproceso, etc.), tanto las cuotas patronales como las de sus trabajadores.
Pasada la fecha máxima de pago, el patrono deberá cancelar los intereses y recargos que señala el Reglamento del Seguro de Salud.
Es entendido que cualquier dato falso u omisión que se consigne en las planillas o en las tarjetas provisionales de comprobación de derechos, que induzca a la Caja a otorgar prestaciones a personas que de conformidad con las prescripciones del presente Reglamento no tengan derecho a ellas, hará incurrir a los patronos, aparte de la obligación de pagar esas prestaciones, en las sanciones establecidas en la sección VI de la Ley Constitutiva de la Caja…”.
¿Por qué debo aportar documentos después de realizar la solicitud por internet? -
Inscripción o reanudación web
¿Por qué debo aportar documentos después de realizar la solicitud por internet?
Los documentos que deben aportarse sirven como elementos de revisión para evitar la inclusión de datos erróneos en el sistema, velando de esta forma por la integridad de los datos de los trabajadores y del patrono.
Al aportar la documentación requerida se reduce la probabilidad de información errónea, por lo que se estaría reduciendo la posibilidad de cobrar multas por información incorrecta.
¿Dónde puedo consultar acerca de la atención mi trámite de inscripción o reanudación? -
Inscripción o reanudación web
¿Dónde puedo consultar acerca de la atención mi trámite de inscripción o reanudación?
Para mayor información o dudas, la persona interesada puede llamar a la Plataforma de Servicios de Inspección de la CCSS ubicada en el Edificio el Hierro en calle 7 y 9 avenida segunda , al teléfono:
2105-4860 ó 2105-4870 o llamar a la sucursal de su localidad.
Para consultas por correo electrónico escribir a: consultasinspeccion@ccss.sa.cr
¿Cuáles son las cargas sociales recaudadas por la CCSS, en servicio doméstico? -
Inscripción o reanudación web
¿Cuáles son las cargas sociales recaudadas por la CCSS, en servicio doméstico?
Las cargas sociales de Servicio Doméstico recaudadas se dividen en:
Caja Costarricense de Seguro Social
Concepto
Patrono
Trabajador
Porcentaje
SEM
9.25%
5.50%
14.75%
IVM
5.42%
4.17%
9.59%
Total aporte CCSS
14.67%
9.67%
24.34%
Otras instituciones
Cuota Patronal Banco Popular
0.25%
Asignaciones Familiares
5.00%
Total aporte otras instituciones
5.25%
Ley de Protección al Trabaajdor (LPT)
Aporte Patrono Banco Popular
0.25%
Fondo de capitalización laboral
1.50%
Fondo de pensiones complementarias
2.00%
Aporte trabajador Banco Popular
1.00%
INS
1.00%
Total aportes LPT
5.75%
Total Porcentaje Aportes
35.34%
Nota: CLos salarios reportados en planilla inferiores a la base Mínima Contributiva el cual se encuentra establecida para cálculo de la cuota SEM para un monto de ¢333.328,00 y para el cálculo de la cuota de IVM (Invalidez Vejez y Muerte), sobre el monto de ¢311.990,00. Esto implica que, todo salario inferior a estos montos, serán ajustados a la BMC.
Observaciones
El servicio doméstico está exento del 2% del INA no agrícola, si tiene menos de cinco trabajadores, de igual manera está exento 0.50% del IMAS.
Omisión o Falsedad Datos de Identificación SEM [2% (salario del trabajador)]
Omisión o Falsedad Datos Identificación IVM [1% (salario del trabajador)]
Presentación tardía SEM [2% (total de las cuotas)]
Presentación tardía IVM [2% (total de las cuotas)]
¿Quién es un patrono de servicio doméstico? -
Servicio doméstico
¿Quién es un patrono de servicio doméstico?
Un patrono de Servicio Doméstico, es toda aquella persona física que cuenta con al menos un trabajador a su cargo, quien brinda asistencia y bienestar a una familia o persona en forma remunerada.
Las condiciones de trabajo, así como las labores específicas por realizarse, independientemente de la jornada que se establezca, deberán estipularse en un contrato de trabajo, por escrito, de conformidad con lo estipulado en el artículo 24 del presente Código y las leyes conexas.
¿Qué tipo de trabajadores ingresan en la actividad económica de servicio doméstico? -
Servicio doméstico
¿Qué tipo de trabajadores ingresan en la actividad económica de servicio doméstico?
Forman parte de la actividad económica "Hogares Privados con Servicio Doméstico" quienes se dedican en forma habitual y sistemática a labores de limpieza, cocina, lavado, planchado y demás labores propias de un hogar, residencia o habitación particular, que no generen lucro para las personas empleadoras. También pueden asumir labores relativas al cuidado de personas, cuando así se acuerde entre las partes y éstas se desarrollen en la casa de la persona atendida.
En estos citan:
El chofer. El jardinero. El guarda de seguridad propio. La empleada doméstica. El ama de llaves, mayordomo. La niñera, entre otros...
Ahora, para la aplicación del régimen de aseguramiento de servicio doméstico por Base Mínima Reducida, esto únicamente se aplica a las (os) trabajadoras (es) con el perfil ocupacional de "Servidora doméstica".
¿Cuáles son las cargas sociales que recauda la Caja en Servicio Doméstico? -
Servicio doméstico
¿Cuáles son las cargas sociales que recauda la Caja en Servicio Doméstico?
En el siguiente enlace encontrará a mano derecha el desglose de las cargas sociales a la fecha.
Cabe destacar que la calculadora patronal posee limitantes que se describen en las notas aclaratorias, por ejemplo, los ajustes a la cotización mínima:
En el caso de las planillas por servicio doméstico, se exoneran dos rubros de las cargas sociales: el rubro del INA y el del IMAS. Los restantes rubros se mantienen.
Es importante resaltar que la cotización mínima es diferenciada, ya que se aplica la Base Mínima Reducida.
¿Cuándo tengo obligación de reportar un empleado de servicio doméstico? -
Servicio doméstico
¿Cuándo tengo obligación de reportar un empleado de servicio doméstico?
El patrono está en la obligación de reportar los empleados de servicio doméstico máximo 8 días hábiles después de iniciada la relación laboral, de conformidad con el artículo 44 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social y sus reglamentos y en concordancia con lo establecido en el artículo 104 del Código de Trabajo.
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de inscripción / reanudación del servicio doméstico? -
Servicio doméstico
¿Dónde me corresponde realizar el trámite de inscripción / reanudación del servicio doméstico?
El trámite de inscripción/reanudación de Servicio Doméstico lo puede realizar desde la Oficina Virtual con usuario y contraseña personal (el mismo donde ve la orden patronal).
Selecciona la opción “Asegurado” y selecciona “Servicio doméstico”, ahí puede realizar la inscripción patronal, en esta dirección web puede ver un video tutorial del proceso https://www.youtube.com/watch?v=vHqppjJ271U
Si no posee acceso a la Oficina Virtual CCSS, debe presentarse al Departamento de Inspección de la sucursal más cercana de la Caja Costarricense de Seguro Social o en el edificio El Hierro, mismo que se encuentra en San José, 125 metros al este de las Oficinas Centrales de la CCSS.
¿Dónde puedo pagar la planilla de Servicio Doméstico? -
Servicio doméstico
¿Dónde puedo pagar la planilla de Servicio Doméstico?
Las cuotas de seguro voluntario, trabajador independiente y cuotas obrero patronales, pueden ser canceladas, hasta con 59 días de vencidas, en los diferentes puntos de pago con que cuenta la Institución a saber:
Banco Nacional
Banco de Costa Rica
Banco Crédito Agrícola de Cartago
Banco Bac san José
Banco Davivienda
Coopealianza
Banco Lafise
Banco Popular
Banco Scotiabank
Banco Citibank
Banco Promérica
Banco BCT
Banco Cathay
Grupo Mucap
Grupo Mutual Alajuela
Coopeservidores
Coopeande
Caja de Ande
Financiera Desyfin
Servimás
Walmart
Farmacias Sucre
Teledolar
BN Servicios
Estos pagos también pueden ser efectuados en los sitios web de estas entidades financieras, tal y como se cancelan los diferentes servicios públicos.
¿Dónde puedo pagar el seguro si me encuentro atrasado en mis pagos? -
Servicio doméstico
¿Dónde puedo pagar el seguro si me encuentro atrasado en mis pagos?
En el momento que se encuentre atrasado en sus pagos (Mora), solamente puede pagar en Cobros Administrativos en las instalaciones de la CCSS o en las Oficinas de Cobros de la Sucursal respectiva.
¿Si me atraso en el pago, debo pagar intereses? -
Servicio doméstico
¿Si me atraso en el pago, debo pagar intereses?
La Junta Directiva en el artículo 8 de la sesión No. 8140 del 22 de marzo de 2007, acordó modificar los artículos 66 apartado 2.e y 70 del Reglamento de Salud, el artículo 38 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, y el artículo 3 inciso 5 del Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes.
Dicha modificación consiste en cobrar intereses moratorios, para las cuotas de los seguros de salud y pensiones (cuotas obreras, patronales y de Trabajador Independiente), conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social. Este interés es igual al que pagan los certificados de depósito a 6 meses plazo del Banco Nacional de Costa Rica, según los términos indicados en el artículo 1163 del Código Civil [1] (interés legal).
[1] ARTÍCULO 1163.- Cuando la tasa de interés no hubiere sido fijada por los contratantes, la obligación devengará el interés legal, que es igual al que pague el Banco Nacional de Costa Rica por los certificados de depósito a seis meses plazo, para la moneda de que se trate.
La reforma fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 71 del 12 de abril de 2007 y entró a regir a partir de esa fecha.
¿Estoy obligado a asegurar a mis empleados de servicio doméstico ante la CCSS? -
Servicio doméstico
¿Estoy obligado a asegurar a mis empleados de servicio doméstico ante la CCSS?
Sí. Está obligado de conformidad con lo que estipula el artículo 37 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el artículo 66, inciso a, del Reglamento del Seguro de Salud y el artículo 2º del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte indican lo siguiente.
El artículo 37 “Iniciado el funcionamiento del seguro social, los patronos deberán empadronar en la Caja a sus trabajadores dentro del plazo y condiciones que establezca la Junta Directiva”.
Artículo 66, inciso a, del Reglamento del Seguro de Salud, en lo referente a las obligaciones de los patronos, indica lo siguiente:
“Inscribirse como tales ante la Caja en los primeros ocho días hábiles posteriores al inicio de la actividad o la adquisición de la empresa o negocio…”
Artículo 2º del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en lo referente a la obligatoriedad indica:
“El Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte es obligatorio para los trabajadores asalariados de los sectores públicos y privados, con las excepciones hechas en los artículos 4º y 65º de la Ley Constitutiva de la Caja y voluntario para todos los habitantes no asalariados del país, según las condiciones que dicte el reglamento respectivo ”.
¿Se realizan revisiones periódicas de la Cotización Mínima, establecida por la Junta Directiva de la CCSS? -
Servicio doméstico
¿Se realizan revisiones periódicas de la Cotización Mínima, establecida por la Junta Directiva de la CCSS?
Sí, periódicamente con base en los mejores criterios técnicos y actuariales, la Junta Directiva de la Caja, hará revisión de los ingresos mínimos de referencia y los porcentajes de contribución de este Seguro y establecerá las adecuaciones necesarias.
¿Se deben ajustar los salarios de las Servidoras Doméstica de acuerdo a los aumentos de salarios decretados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social? -
Servicio doméstico
¿Se deben ajustar los salarios de las Servidoras Doméstica de acuerdo a los aumentos de salarios decretados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social?
El patrono debe estar atento a los aumentos salariales decretados cada semestre por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y hacer los ajustes salariales en los porcentajes decretados a su (s) trabajador (es) en las planillas de la Caja. Además el Servicio de Inspección de la CCSS estará vigilante de correcto aseguramiento y del reporte de los salarios vigentes de acuerdo con el Decreto de Salarios del Ministerio de Trabajo.
¿Tiene la CCSS facultad para asegurar de manera obligatoria a trabajadores de Servicio Doméstico que laboran con patrono? -
Servicio doméstico
¿Tiene la CCSS facultad para asegurar de manera obligatoria a trabajadores de Servicio Doméstico que laboran con patrono?
Sí, tiene la facultad en virtud del mandato de administración y gobierno de los Seguros Sociales de la Constitución Política, para tales efectos el articulo14 de Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, establece: “Cuando el acto administrativo dependa del correcto aseguramiento del trabajador sea éste asalariado o independiente, en el mes en curso, con el propósito de no postergar la vigencia de sus derechos y la cobertura del Seguro Social para él y su familia, la oficina que instruye procederá a realizar los trámites administrativos que correspondan.”
¿Cuáles son los beneficios que adquiere un asegurado de servicio doméstico? -
Servicio doméstico
¿Cuáles son los beneficios que adquiere un asegurado de servicio doméstico?
Las trabajadoras domésticas que son aseguradas por sus patronos y adquieren la condición de asalariada, disfrutan de los siguientes beneficios:
• Acceso a prestaciones en salud. • Acceso a prestaciones económicas, como incapacidades por enfermedad y maternidad. • Derecho a materializar una pensión futura. • Cotizaciones para su pensión complementaria. • Adquiere la posibilidad de ser sujeta a crédito.
En general, gozará de todos los derechos que le corresponden como trabajadora asalariada y no de beneficios reducidos como sucede cuando se aseguran como trabajadoras independientes o aseguradas voluntarias.
¿Puedo pagar la planilla por medio de Transferencia Electrónica de Fondos u otro medio electrónico? -
Servicio doméstico
¿Puedo pagar la planilla por medio de Transferencia Electrónica de Fondos u otro medio electrónico?
Si tiene cuenta en cualquiera de los bancos habilitados para el pago, puede realizarlo a través de la página Web del Banco, digitando el número patronal de la siguiente manera:
o Si es costarricense, digite tres ceros, su número de cédula con ceros en el medio y 001, ejemplo: (000105420555001).
o Sí es extranjero, digite siete cero, el número de asegurado y 001 Ejemplo: (701520100087001).
La fecha de vencimiento será entre el 16 y el 21 de cada mes (pagará a partir del próximo mes). También puede domiciliar la cuenta en Auto Gestión Planilla en Línea y la CCSS a través del Sistema SINPE del Banco Central, lo deducirá de cualquier banco, digitando el número de cuenta cliente. Para presentar la planilla y hacer cambios debe ingresar a www.ccss.sa.cr, Autogestión de Planilla en Línea, digitar el número de cédula y el pin que la CCSS enviará; el periodo para presentar la planilla y hacer cambios será entre el 26 de cada mes y el cuarto día hábil del mes siguiente. Entre el 6 y el 15 del próximo mes a su correo electrónico llegará la clave de Autogestión de Planilla en Línea.
Consultas por medio del formulario de contacto dispuesto en la página principal de la Caja Costarricense del Seguro, el cual se encuentra en la siguiente dirección web https://www.ccss.sa.cr/contacto, importante se debe presentar la planilla cada mes, aunque no haya cambios en ella. De no llegar la clave comuníquese por medio del formulario de contacto. Si usted es un Adulto Mayor y no tiene acceso a internet o desconoce del manejo de esta herramienta informática, puede escribir al formulario de contacto y solicitar que se le incluya en el servicio de adulto mayor para que mes a mes le ayuden a hacer la presentación de planilla, cualquier cambio en la planilla debe informarlo.
¿Tengo derecho a estar asegurado por mi patrono y a partir de cuándo? -
Trabajador asalariado
¿Tengo derecho a estar asegurado por mi patrono y a partir de cuándo?
La obligatoriedad se da a partir del momento en que se inicia la prestación del servicio por parte del trabajador. El artículo 37 de la Ley Constitutiva de la Caja establece que: “Iniciado el funcionamiento del seguro social, los patronos deberán empadronar en la Caja a sus trabajadores dentro del plazo y condiciones que establezca la Junta Directiva.” Según el artículo 66 del Reglamento del Seguro de Salud El patrono debe asegurar a sus trabajadores en los primeros 8 días en que inicia actividades económicas.
¿Qué debo hacer si mi patrono no me asegura o me reporta menos salario a la Caja? -
Trabajador asalariado
¿Qué debo hacer si mi patrono no me asegura o me reporta menos salario a la Caja?
Plantear la respectiva denuncia, aportando la información que se le solicite de la manera más completa y detallada posible, con el fin de que los servicios de inspección de la Institución para realizar la investigación correspondiente.
El trabajador debe dirigirse a la las Sucursal de la CCSS más cercana al centro de trabajo o para el caso de Oficinas Centrales a la Subárea Plataforma de Servicios de la Dirección de Inspección, localizada en el Edificio Da Vinci, Calle 5, Avenida 2 y 4.
¿Cuál es la información que debe contener una solicitud de estudio o denuncia a un patrono que no asegura a los trabajadores? -
Trabajador asalariado
¿Cuál es la información que debe contener una solicitud de estudio o denuncia a un patrono que no asegura a los trabajadores?
El interesado debe suministrar como mínimo lo siguiente:
Nombre del patrono: Persona física o jurídica, nombre comercial
Actividad a la que se dedica el patrono
Dirección del centro de trabajo y Número de teléfono
Nombre y número de identificación del trabajador
Número de teléfono del trabajador
Detalle de la relación laboral: Ocupación, jornada de trabajo y horario, salario aproximado, forma de pago, existencia de comprobantes de pago y otros documentos relacionados con la relación laboral, número de trabajadores.
¿Cuáles normas regulan la existencia de las Contralorías de Servicios? -
Contraloría de Servicios
¿Cuáles normas regulan la existencia de las Contralorías de Servicios?
Las Contralorías de Servicios se amparan, en la Ley Derechos y Deberes de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud Públicos y Privados, n° 8239, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 75 de 19 de abril del 2002 y el Reglamento a la Ley de Derechos y Deberes de las Personas Usuarias de los Servicios de Salud instaurado mediante Decreto Ejecutivo No. 32612-S. Así como en el Decreto Ejecutivo N° 34587-PLAN publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 127 de 2 de julio de 2008.
¿Dónde presento la inconformidad? -
Contraloría de Servicios
¿Dónde presento la inconformidad?
En la oficina de contralorías de servicios del centro.
¿Dónde se puede presentar la inconformidad en los centros en que no exista contraloría de servicios? -
Contraloría de Servicios
¿Dónde se puede presentar la inconformidad en los centros en que no exista contraloría de servicios?
Se podrán presentar ante la Dirección Médica o jefaturas de servicios del centro.
¿Quién puede interponer una inconformidad? -
Contraloría de Servicios
¿Quién puede interponer una inconformidad?
Cualquier persona física o jurídica que se considere agraviada o violentada en sus derechos, podrá interponer los reclamos correspondientes sin discriminación alguna. Debe ser de manera personal o por medio de un tercero debidamente acreditado para tal fin. En caso de ser menor de edad lo puede hacer acompañado por sus padres o representantes, o bien por éstos mismos.
¿Cuál es el plazo para presentar una inconformidad? -
Contraloría de Servicios
¿Cuál es el plazo para presentar una inconformidad?
Dentro de los cinco días hábiles siguientes al hecho que originó la inconformidad, salvo cuando el afectado se encuentre internado; en tal caso, el plazo comenzará a correr a partir de su egreso del centro de salud.
¿Cuáles son los requisitos para presentar una inconformidad? -
Contraloría de Servicios
¿Cuáles son los requisitos para presentar una inconformidad?
Presentar cédula de identidad o documento oficinal de identificación, puede presentar la inconfomidad de manera verbal (debe firmarse la misma), o bien llenar un formulario de inconformidades, o bien traerla impresa y firmada, describiendo la situación, servicios y/o funcionarios presuntamente involucrados indicando fax, lugar, telefónos u otro medios para notificar el resultado de la investigación.
Pueden presentarse denuncias por correo electrónico pero deben tener firma digital, caso contrario se solicitará a la persona usuaria que se presente a firmar la inconformidad.
¿Qué casos no pueden ser conocidos por las contralorías? -
Contraloría de Servicios
¿Qué casos no pueden ser conocidos por las contralorías?
Las Contralorías de Servicio de la Caja no pueden atender los siguientes temas:
Hostigamientos Sexuales (art. 176 de la Normativa Relaciones Laborales).
Asuntos interpuestos ante las autoridades judiciales y pendientes de resolución, asuntos con un pronunciamiento judicial con autoridad de cosa juzgada (art. 30 del reglamento a la ley 8239).
Actos médicos (art. 71 de las Normas que regulan las Relaciones Laborales, Científicas, Académicas Profesionales y Sindicales, entre la Caja Costarricense de Seguro Social y los Profesionales en Medicina, Microbiología, Farmacia, Odontología y Psicología).
Asuntos de índole laboral de funcionarios de la CCSS.
¿Cuáles inconformidades atiende la contraloría de servicios? -
Contraloría de Servicios
¿Cuáles inconformidades atiende la contraloría de servicios?
La denuncia o reclamo que tengan por objeto un acto u omisión relacionado con la prestación de un servicio de salud.
¿Las contralorías de servicios atienden denuncias anónimas? -
Contraloría de Servicios
¿Las contralorías de servicios atienden denuncias anónimas?
En las contralorías no se tramitarán denuncias anónimas (Artículo 29 del Reglamento a la Ley 8239, en el inciso a.)
¿Dónde puedo obtener el Procedimiento para la inscripción y actualización como proveedor de la CCSS? -
Proveedores
¿Dónde puedo obtener el Procedimiento para la inscripción y actualización como proveedor de la CCSS?
¿Cuánto tiempo tardan para para inscribirme o actualizarme como proveedor? -
Proveedores
¿Cuánto tiempo tardan para para inscribirme o actualizarme como proveedor?
Con la presentación de los documentos en forma original, completa y correcta la gestión es inmediata y gratuita
¿Cómo puedo presentar los documentos para la actualización e inscripción como proveedor? -
Proveedores
¿Cómo puedo presentar los documentos para la actualización e inscripción como proveedor?
Si cuenta con firma digital, puede gestionar al correo electrónico rp_ccss@ccss.sa.cr únicamente quedará pendiente del aval por parte de la Sub Área Registro Institucional de Proveedores. De lo contario debe hacerlos llegar al piso 11, edificio Laureano Echandi.
¿Cómo puedo gestionar la inclusión de códigos a mi registro como proveedor? -
Proveedores
¿Cómo puedo gestionar la inclusión de códigos a mi registro como proveedor?
Debe de enviar nota firmada por el representante legal de la empresa además copia de la nota del Centro Salud donde se solicita la inclusión de códigos SIGES al correo electrónico: rp_ccss@ccss.sa.cr
¿Cuáles son las cargas sociales que se exoneran según el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador? -
Aportes Voluntarios
¿Cuáles son las cargas sociales que se exoneran según el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador?
Si el aporte lo realiza el Trabajador, las cargas sociales que se exoneran son los siguientes:
Cuota Obrera del Régimen de Invalidez, Vejes y Muerte
Cuota Obrera del Seguro de Salud, Enfermedad y Maternidad
Si el aporte lo realiza el Patrono, las cargas sociales que se exoneran son las siguientes:
Cuota Patronal del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
Cuota Patronal del Seguro de Salud, Enfermedad y Maternidad
Instituto Nacional de Aprendizaje
Instituto Mixto de Ayuda Social
Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares
Banco Popular y de Desarrollo Comunal
¿Cuál es el porcentaje que exonera el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador? -
Aportes Voluntarios
¿Cuál es el porcentaje que exonera el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador?
Hasta un diez por ciento (10%) del ingreso bruto mensual del trabajador en el caso del trabajo dependiente/o y hasta el diez por ciento (10%) del ingreso bruto anual de las personas físicas con actividades lucrativas.
¿En qué momento se aplica la exoneración que establece el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador? -
Aportes Voluntarios
¿En qué momento se aplica la exoneración que establece el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador?
El cálculo se realiza en el momento de la facturación de la planilla, utilizando la información que suministran las Operadoras de Pensiones, respecto de los aportes que se hayan recibido en los Planes Voluntarios de Pensiones.
¿Cómo sabe el patrono cuál es el monto que fue exonerado en la planilla, tanto por aportes de sus trabajadores como por aportes realizados por él como patrono? -
Aportes Voluntarios
¿Cómo sabe el patrono cuál es el monto que fue exonerado en la planilla, tanto por aportes de sus trabajadores como por aportes realizados por él como patrono?
Los patronos pueden consultar directamente, desde la Oficina Virtual CCSS, la información correspondiente a las exoneraciones aplicadas en la planilla mensual, para lo cual pueden accesar a la dirección: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/
O bien, desde el portal de la CCSS: www.ccss.sa.cr, buscar en el menú superior la opción Servicios, Patronos, Oficina Virtual CCSS.
Recuerde: debe ingresar a la Oficina virtual con el usuario y contraseña que utiliza para la presentación mensual de su planilla.
¿Cómo saben los trabajadores cuál es el monto que les fue exonerado en la planilla? -
Aportes Voluntarios
¿Cómo saben los trabajadores cuál es el monto que les fue exonerado en la planilla?
Los patronos pueden consultar directamente, desde la Oficina Virtual CCSS, la información correspondiente a las exoneraciones aplicadas en la planilla mensual, para lo cual pueden accesar a la dirección: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/
Dentro del portal, buscar en el menú superior la opción Servicios, Patronos, Oficina Virtual CCSS.
Recuerde: debe ingresar ala Oficina virtual con el usuario y contraseña o con un certificado de Firma Digital y acceder a la opción Exoneraciones.
¿En el Centro de Cuidados Paliativos cuentan con sistema de internamiento? -
Cuidados Paliativos
¿En el Centro de Cuidados Paliativos cuentan con sistema de internamiento?
Sí, tenemos el sistema de Hospital de Día.
¿El Centro de Cuidados Paliativos pertenece al Hospital Calderón Guardia? -
Cuidados Paliativos
¿El Centro de Cuidados Paliativos pertenece al Hospital Calderón Guardia?
No, contamos con un nuevo edificio desde Agosto de 2017. Mediante un convenio, nos brindan el servicio de laboratorio e imágenes médicas. Sin embargo, somos una unidad médica independiente.
¿Están muy largas las citas en el Centro de Cuidados Paliativos? -
Cuidados Paliativos
¿Están muy largas las citas en el Centro de Cuidados Paliativos?
En realidad no. Están a menos de 15 días.
¿Cuánto tiempo tengo para retirar los medicamentos en el Centro de Cuidados Paliativos? -
Cuidados Paliativos
¿Cuánto tiempo tengo para retirar los medicamentos en el Centro de Cuidados Paliativos?
Dispone de tres días hábiles.
¿Qué es el Sistema de Atención en Salud Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Qué es el Sistema de Atención en Salud Medicina de Empresa?
Es un Sistema alternativo, no urgente, opcional y voluntario de asistencia en salud exclusiva para los colaboradores asegurados del Centro de Trabajo. Consiste en una contratación directa de los servicios de atención en salud por parte del Centro y los profesionales en ciencias médicas, el otorgamiento del personal de apoyo y la infraestructura necesaria para la prestación del servicio y el derecho de recibir como beneficio por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social los servicios de farmacia, laboratorio, imágenes y otros servicios contemplados dentro de este Reglamento, no relacionados con riesgos del trabajo.
¿Quiénes pueden inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Quiénes pueden inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Todos los Centros de Trabajo públicos o privados que cumplan con los requisitos que solicita el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa y que estén al día con las obligaciones de la CCSS. Todo Centro de Trabajo debe inscribirse con, al menos, un Médico obligatoriamente.
¿Pueden inscribirse otros Profesionales en Salud en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Pueden inscribirse otros Profesionales en Salud en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
No, sólo se podrán inscribir en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa los profesionales Médicos, ya sean generales o especialistas. Sin embargo, el Centro de Trabajo sí puede contar con el personal administrativo y profesionales en Salud para la atención médica de sus trabajadores que considere óptimo, según sus necesidades y recursos.
¿Quiénes pueden usar los servicios de la CCSS de acuerdo con la oferta del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Quiénes pueden usar los servicios de la CCSS de acuerdo con la oferta del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Todos los asegurados activos que mantengan una relación contractual con el Centro de Trabajo inscrito en este Sistema y que cumplan con lo establecido en este Reglamento.
Para utilizar los servicios que se ofrecen en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa dentro de la red de la CCSS, se requiere que el trabajador presente la orden patronal, cédula de identidad o documento de similar rango y el carné de asegurado.
¿Podrán ser atendidos en el consultorio de medicina de empresa los familiares de los trabajadores y pensionados del centro de trabajo? -
Medicina de empresa
¿Podrán ser atendidos en el consultorio de medicina de empresa los familiares de los trabajadores y pensionados del centro de trabajo?
No, el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa es exclusivo para los trabajadores directos, inscritos en planilla de la CCSS, de los distintos centros de trabajo que se inscriban y cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento. Es decir, los familiares de los trabajadores y pensionados del centro de trabajo no podrán ser atendidos bajo esta modalidad de atención de la salud.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cuáles son los requisitos para inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El Centro de Trabajo que tenga la intención de inscribirse en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa debe, como requisito, presentar los siguientes documentos:
• Formulario para la “Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa”
• Certificación del Colegio Médicos y Cirujanos de Costa Rica con no más de 90 días de emitido del o los médicos que se inscribirán con el Centro de trabajo, donde se indique la especialidad en caso de tenerla
• Copia de la cédula de identidad o documento de similar rango del o los médicos a inscribir
• Copia del Permiso de Funcionamiento vigente otorgado por el Ministerio de Salud del consultorio médico que se utilizará para brindar el servicio.
Es obligatorio, además, que tanto el Centro de Trabajo como el o los médicos que se van a inscribir estén al día con las obligaciones de la CCSS.
¿Cuál es la normativa que rige al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cuál es la normativa que rige al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Se rige bajo el Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, vigente a partir del 7 de enero de 2016, fecha en que fue publicado en la Gaceta y por lineamientos que regulan temas específicos de la oferta brindada. Estos documentos pueden ser consultados en el enlace: www.ccss.sa.cr/medicina?v=33.
¿Puede el centro de trabajo tener el consultorio fuera de sus instalaciones? -
Medicina de empresa
¿Puede el centro de trabajo tener el consultorio fuera de sus instalaciones?
Sí, el Sistema de Atención en Salud permite que el Centro de Trabajo pueda tener el Consultorio Médico fuera de sus instalaciones.
Lo anterior según artículo 5, inciso b. del Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa.
¿Cuál es la distancia máxima entre el centro de trabajo y el consultorio médico? -
Medicina de empresa
¿Cuál es la distancia máxima entre el centro de trabajo y el consultorio médico?
El Reglamento que rige el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, vigente a partir del año 2016, no limita la distancia a la que puede estar ubicado el Consultorio Médico según la ubicación del Centro de Trabajo, sin embargo, el Centro de Trabajo debe garantizar el traslado seguro de quienes requieran el servicio y asumir toda responsabilidad que de dicho traslado se derive.
¿Dónde puedo solicitar los formularios de inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Dónde puedo solicitar los formularios de inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El formulario lo puede descargar en el siguiente enlace: www.ccss.sa.cr/publicaciones?v=22 o bien lo puede solicitar en el Área de Salud más cercana a la ubicación geográfica de su Centro de Trabajo.
¿Dónde deben entregarse los formularios de Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Dónde deben entregarse los formularios de Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Debe entregar el o los formularios de inscripción y los documentos requeridos en el Área de Salud donde esté adscrito el Centro de Trabajo según su ubicación geográfica. Para conocer cuál es el Área de Salud correspondiente de acuerdo al distrito donde se ubica el Centro de Trabajo puede ingresar al enlace: www.ccss.sa.cr/medicina y descargar el archivo "Distribución de los Distritos según Área de Salud" ubicado bajo el lema TEMAS DE INTERÉS. En caso de que el distrito esté dividido en más de una Área de Salud debe comunicarse con cada una de ellas y brindar más detalles de la ubicación del Centro de Trabajo hasta conocer en cual le corresponde entregar la solicitud de Inscripción.
¿Dónde puedo consultar la lista de centros de trabajo y médicos de empresa inscritos en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Dónde puedo consultar la lista de centros de trabajo y médicos de empresa inscritos en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
La lista de centros de Trabajo y médicos inscritos en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa puede ser consultada en el siguiente enlace: www.ccss.sa.cr/medicina. En este enlace tendrá tres opciones para la verificación de los médicos inscritos:
1. Consulta de médicos adscritos: Aquí puede hacer la búsqueda por código del médico o por nombre.
2. Lista de médicos inscritos en medicina de empresa y medicina mixta ubicado bajo el lema Temas de interés: Este es un archivo de Excel con todos los médicos y empresas inscritos y contiene variables tales como: código del médico, nombre del médico, especialidad, nombre de la empresa y centro de salud.
3. Bajo el lema información útil en el cuadro de inscripciones: En este espacio podrá tener acceso a las inscripciones nuevas que se realizan por semana, son archivos PDF clasificados por periodo de inscripción.
¿Dónde podrán recibir los trabajadores los servicios que ofrece la CCSS? -
Medicina de empresa
¿Dónde podrán recibir los trabajadores los servicios que ofrece la CCSS?
a. La prestación de los servicios médicos para ingreso a la red de la CCSS, por medio de referencias a especialistas, imágenes y electrocardiogramas, será realizada en el Área de Salud de adscripción según el lugar de residencia del usuario.
b. El despacho de recetas de medicamentos tanto de rutina como de forma prioritaria, se realizará en el lugar de adscripción del Centro de Trabajo o en su defecto donde así sea dispuesto por la CCSS para casos específicos. Actualmente en el caso particular de las Áreas de Salud ubicadas en el Área Metropolitana el despacho de medicamentos se realizará en la empresa Drugstore Holding Pharmacy (Se recomienda solicitar la dirección y teléfono en el Área de Salud)
c. Como excepción, en los casos de trabajadores incapacitados el despacho de recetas de medicamentos también puede efectuarse en el Área de Salud de adscripción del usuario.
d. Para los medicamentos inyectables, el despacho será en el lugar de adscripción del trabajador cuando estos deban ser aplicados por el personal de enfermería del Centro de Salud de la CCSS. En caso que el medicamento sea aplicado en el Centro de Trabajo el despacho se realizará según el área de adscripción de la Empresa. La aplicación de los medicamentos inyectables debe cumplir con las normas de administración de medicamentos establecidas en la Lista Oficial de Medicamentos vigente.
e. La toma de muestras de laboratorio clínico y la realización de las pruebas se realizarán en el laboratorio del lugar de adscripción del Trabajador o del Centro de Trabajo, según conveniencia del primero.
¿Hay cambios en la oferta de servicios en el nuevo reglamento? -
Medicina de empresa
¿Hay cambios en la oferta de servicios en el nuevo reglamento?
Sí. Puede consultar la oferta de servicios según el Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, en el Capítulo V.
¿Puedo estar inscrito en Medicina de Empresa y en Medicina Mixta? -
Medicina de empresa
¿Puedo estar inscrito en Medicina de Empresa y en Medicina Mixta?
Sí puede estar inscrito en ambos Sistemas de Atención y en más de un consultorio en medicina de Empresa o Mixta siempre y cuando no exista contraposición de horarios.
Cuando una empresa desee brindar los Servicios Médicos a familiares de trabajadores, pensionados o estudiantes deberá hacerlo bajo la Sistema de Medicina Mixta y únicamente en estos casos el horario del médico de empresa puede coincidir con el de medicina de empresa.
¿Qué debe hacer el centro de trabajo en caso de tener que sustituir, temporal o permanentemente, al profesional que tiene inscrito como médico de empresa? -
Medicina de empresa
¿Qué debe hacer el centro de trabajo en caso de tener que sustituir, temporal o permanentemente, al profesional que tiene inscrito como médico de empresa?
En caso de que el centro de trabajo deba sustituir temporal o permanentemente al médico de empresa, se debe ingresar en el siguiente enlace: www.ccss.sa.cr/medicina, específicamente a "Formularios", descargar el "Formulario para exclusión y sustitución del médico en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa", llenarlo de forma completa y adjuntar los requisitos correspondientes.
La documentación deberá ser entregada en el área de adscripción del centro de trabajo según su ubicación geográfica.
¿Cuál es la papelería que tengo que comprar en la CCSS para solicitar servicios de la oferta de Medicina de Empresa y a qué precio? -
Medicina de empresa
¿Cuál es la papelería que tengo que comprar en la CCSS para solicitar servicios de la oferta de Medicina de Empresa y a qué precio?
La descripción de la papelería a la que tiene acceso el médico inscrito en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa la puede ver en el Artículo 6 del Reglamento vigente. La compra la debe coordinar el Centro de Trabajo con el Área de Salud en la que solicitó la inscripción, esto una vez que haya verificado en el sitio www.ccss.sa.cr/medicina que el médico aparece inscrito para el dicho Centro de Trabajo.
Los Centros de Trabajo son los custodios de la papelería y responsables sobre el uso adecuado de la misma por lo que deben velar que sea utilizada únicamente para beneficio del Centro de Trabajo que la compró y para los fines que fue adquirida, a excepción de las constancias de incapacidades y licencias y los recetarios de psicotrópicos que son responsabilidad del profesional médico. En el caso de los talonarios de incapacidad el médico debe presentarse personalmente al Área de Salud para la firma respectiva y asegurarse de que los talonarios se registren en el Sistema Registro Control y Pago de Incapacidades (RCPI) con la cédula jurídica de la empresa.
La papelería se otorgará a precio de costo y la cantidad por vender será de acuerdo con la necesidad del Centro de Trabajo, considerando su consumo promedio y, según la disponibilidad de formularios, en el área de adscripción correspondiente.
Los Centros de Salud de la CCSS deben asegurarse que todos los formularios que sean entregados para ser utilizados bajo este Sistema consten de un sello rojo distintivo del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa, que incluya la leyenda "Medicina de Empresa", el logo oficial de la CCSS y el número de unidad programática, con el fin de mantener un adecuado control de la misma.
Los Centros de Trabajo, a través de los médicos al momento de la consulta, deben incorporar en los formularios que se les entregue, un único sello con el nombre, código y especialidad inscrita del médico firmante, así como con la razón social del Centro de Trabajo, lo que deben verificar los Centros de Salud de la CCSS para la entrega de la oferta solicitada. La firma del médico en toda papelería de la CCSS debe ser la registrada en su cédula o documento de identidad.
Para ver más detalles sobre la papelería debe revisar el Artículo 6 del Reglamento Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa.
¿Cuándo debe actualizar datos un centro de trabajo inscrito en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cuándo debe actualizar datos un centro de trabajo inscrito en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El Centro de Trabajo deberá actualizar la información presentada en el Formulario "Inscripción al Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa", ante alguna de las siguientes situaciones:
a. Vencimiento del permiso de funcionamiento del consultorio.
b. Cambio de razón social o ubicación del Centro de Trabajo.
c. Cuando sea solicitado por la unidad responsable del Sistema de la CCSS.
Para actualizar la información, el Centro de Trabajo deberá presentar el formulario de inscripción y copia del permiso de funcionamiento vigente del consultorio al Área de Salud de adscripción del Centro de Trabajo, en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a la ocurrencia de alguna de las situaciones indicadas en el inciso anterior y ésta, a su vez, remitirlo a la unidad responsable del Sistema en el Nivel Central.
Por otro lado, es muy importante que los Centros de Trabajo inscritos mantenga los datos de sus medios de comunicación (teléfonos y correos electrónicos) actualizados ante la CCSS ya que constantemente se comunican temas relacionados con el accionar en esta modalidad de atención.
¿Cuáles son los procedimientos ante incumplimientos? -
Medicina de empresa
¿Cuáles son los procedimientos ante incumplimientos?
Los escenarios se clasifican en tipo A y tipo B y los procedimientos ente incumplimientos son los siguientes:
a) Los siguientes son escenarios tipo A:
i. No retiro de resultados de exámenes de laboratorio, medicamentos y estudios radiológicos realizados por la CCSS en el tiempo indicado, por parte del interesado.
ii. No suministro de información a la CCSS por parte de los Centros de Trabajo y médicos inscritos, en el tiempo establecido: Fórmula de registro estadístico, Registro de causas de consulta y referencias, ASISEL y PAIEL.
iii. Incumplimiento de cualquier artículo definido en este Reglamento, no catalogado como escenario tipo B.
b) Los siguientes son escenarios tipo B:
i. No actualización oportuna de información por parte del Centro de Trabajo y del médico cuando se presenten cambios o así sea solicitado por la CCSS.
ii. Intentar acceder a la oferta establecida en este Reglamento por parte de médicos y Centros de Trabajo, incumpliendo los requisitos de inscripción estipulados en el mismo.
iii. Manejo de los expedientes contrario a lo estipulado en el presente Reglamento.
iv. Utilización inadecuada de la papelería institucional.
v. Disposición de un stock de medicamentos suministrados por la CCSS.
vi. Recurrencia de un escenario tipo A en más de una ocasión.
vii. No suministro de información por parte del médico o Centro de trabajo a la CCSS, relacionada a la evaluación que le faculta el presente Reglamento.
c) Ante escenarios tipo A, procede la comunicación al médico o Centro de Trabajo sobre el escenario específico que se detectó, de manera que proceda a corregir o aclarar la situación, si se repitiera el mismo escenario tipo A en dos ocasiones o el mismo no se corrigiera o aclarara se considerará tipo B.
d) Ante escenarios tipo B, procede realizar el comunicado al Centro de Trabajo y al médico sobre la situación y establecer un status de inactivo a nivel del sistema, hasta tanto el Centro de Trabajo corrija el escenario o aclare la situación y se siga el proceso de activación dentro de la base datos.
e) La CCSS tiene la potestad, ante cualquier escenario, de iniciar los procedimientos legales y administrativos que considere oportunos, que pudieran derivar en la cancelación de la autorización.
f) Ante cualquier escenario procede que el Área de Salud o unidad que lo detecta, mantenga un registro con las evidencias y coordine con la unidad responsable del Sistema en el Nivel Central, de manera que la situación se incorpore en la base de datos y se proceda de acuerdo con lo descrito en el presente artículo.
¿Cómo me desinscribo del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Cómo me desinscribo del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
El Centro de Trabajo puede solicitar la exclusión del Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa enviando una nota al Área de Salud donde está adscrito o bien mediante un correo electrónico a la cuenta psistalt@ccss.sa.cr, solicitando la desinscripción.
Cuando sólo se desee desinscribir a un médico del Centro de Trabajo se puede solicitar la desincripción por medio del Formulario "Exclusión y Sustitución del Médico en el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa", disponible en el sitio www.ccss.sa.cr/medicina en la parte de FORMULARIOS y entregarlo en el Área de Salud correspondiente.
¿Adónde puedo comunicarme para aclarar dudas sobre el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa? -
Medicina de empresa
¿Adónde puedo comunicarme para aclarar dudas sobre el Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa?
Puede comunicarse con los siguientes funcionarios del Programa de Sistemas Alternativos: Dr. Mario Mora Ulloa Tel: 2539-1254 Daisy Segura Meneses Tel: 2539-1253 Dr. Esteban González Quesada Tel: 2539-1257 Srta. Lindsay Garro Hernández Tel: 2539-0594 O bien, enviar un correo electrónico a la cuenta: psistalt@ccss.sa.cr.
¿Qué es el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Qué es el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Es una modalidad alternativa de acceso a los servicios de atención en salud no urgente que brinda la CCSS, de manera que el usuario pueda elegir profesionales privados de su elección, accediendo, a través de este, a una oferta de servicios institucionales definida.
¿Quiénes pueden inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Quiénes pueden inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Todos los profesionales en Medicina y Odontología, generales o especialistas que cumplan con los requisitos del Sistema Mixto de Atención en Salud.
Entre estos requisitos el profesional debe estar afiliado al Seguro de Salud bajo una de las modalidades contributivas establecidas para los trabajadores y estar al día con las obligaciones de la Seguridad Social de la CCSS.
¿Quiénes pueden usar los servicios del Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Quiénes pueden usar los servicios del Sistema Mixto de Atención en Salud?
Todos los Asegurados que se encuentren al día con la seguridad social y que en forma voluntaria deseen hacer uso de él, mediante la contratación directa de los servicios privados de un profesional en ciencias de la salud de su escogencia que esté adscrito a este Sistema.
¿Cómo puedo inscribirme en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cómo puedo inscribirme en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
El profesional que desea inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud debe presentar los siguientes documentos en el área de salud correspondiente:
· Formulario “Inscripción al Sistema Mixto de Atención en Salud, (2018)”.
· Certificación de incorporación al Colegio Profesional correspondiente.
· Certificación del Permiso Sanitario de Funcionamiento del consultorio que se utilizará para brindar el servicio. Este documento es otorgado por el Ministerio de Salud.
¿Cuál es la Normativa que rige el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cuál es la Normativa que rige el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Se rige bajo el Reglamento Sistema Mixto de Atención en Salud, vigente a partir del 09 de julio del 2018, fecha en que fue publicado en la Gaceta #128 y se puede consultar a través de la página WEB: www.ccss.sa.cr/medicina, marcando el icono de “reglamentos” Asimismo, se rige además por lineamientos relacionados con esta modalidad de atención disponibles en el enlace: www.ccss.sa.cr/medicina?v=33.
¿Dónde se puede solicitar el formulario de Inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Dónde se puede solicitar el formulario de Inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
El formulario “Inscripción al Sistema Mixto de Atención en Salud, (2018)” lo puede descargar visitando la página www.ccss.sa.cr/medicina, se encuentra bajo el ícono de “Formularios” en la parte baja de la página o bien lo puede solicitar en el Área de Salud más cercana.
¿Dónde deben entregarse los documentos para la Inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Dónde deben entregarse los documentos para la Inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
El formulario “Inscripción al Sistema Mixto de Atención en Salud, (2018)” y los documentos complementarios deben ser entregados en el Área de Salud correspondiente a la ubicación geográfica del consultorio.
El Área de Salud correspondiente según el distrito donde se ubica el consultorio puede ser consultado ingresando a la página WEB www.ccss.sa.cr/medicina, abriendo el archivo “Distribución de los Distritos según Área de Salud” ubicado bajo el título “Temas de Interés”.
¿Cómo puedo consultar mi estado o mi consultorio en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cómo puedo consultar mi estado o mi consultorio en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Los profesionales podrán utilizar la herramienta de búsqueda “Consulta Médicos adscritos Medicina Empresa y Medicina Mixta”, disponible en la página Web: www.ccss.sa.cr/medicina.
Se puede realizar la búsqueda por nombre o código profesional.
Si el resultado de búsqueda no muestra ningún resultado el profesional no se encuentra activo en el Sistema.
El resultado de búsqueda solo mostrará los consultorios activos del profesional consultado.
¿Cuándo debo actualizar mi inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cuándo debo actualizar mi inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
El profesional debe realizar la actualización de su inscripción ante alguno de los siguientes escenarios:
· Vencimiento del permiso sanitario de funcionamiento del consultorio
· Cambios en los medios de comunicación
· Cuando sea solicitado por la Unidad responsable del Sistema Mixto de Atención en Salud de la CCSS.
Se dispondrá de 10 días hábiles para realizar la actualización, caso contrario se procederá a inactivar el estado del profesional o el consultorio que debe actualizarse.
Es obligación del profesional mantener su información de registro actualizada en todo momento.
¿Puede un profesional inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud para brindar la atención en salud bajo el concepto de Visita Domiciliar? -
Medicina Mixta
¿Puede un profesional inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud para brindar la atención en salud bajo el concepto de Visita Domiciliar?
No, el profesional en todo momento deberá contar con un consultorio acreditado por el Ministerio de Salud para la atención de los asegurados.
La aprobación de una inscripción implica que el profesional podrá acceder a la oferta de servicios únicamente desde el consultorio registrado en ese momento.
¿Puedo estar inscrito en Medicina Mixta y en Medicina de Empresa? -
Medicina Mixta
¿Puedo estar inscrito en Medicina Mixta y en Medicina de Empresa?
Si puede estar inscrito en los dos Sistemas.
Es permitido utilizar el mismo consultorio para ambos sistemas o se pueden utilizar varios consultorios, lo importante es que estén acreditados y no exista superposición de horarios.
¿Dónde puedo comunicarme para aclarar dudas sobre el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Dónde puedo comunicarme para aclarar dudas sobre el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Puede comunicarse con los siguientes funcionarios del Programa de Sistemas Alternativos:
· Dr. Mario Mora Ulloa. Teléfono: 2539-1254
· Dr. Esteban González Quesada. Teléfono: 2539-1257
¿Cuál es el usuario de la Oficina Virtual CCSS? -
Patronos
¿Cuál es el usuario de la Oficina Virtual CCSS?
El usuario puede ser la cédula jurídica en caso de personas jurídicas (10 espacios sin guiones, sin segregado ni sector), formato de ejemplo: 3101209612; la cédula de identidad en caso de personas físicas nacionales (9 espacios sin guiones y con el formato de ejemplo: 101340660), o el número de asegurado, en caso de personas físicas extranjeras (de 8 a 10 espacios, según el número otorgado, no se debe ingresar el (7-) que identifica a los extranjeros y formato de ejemplo: 17813053)
¿Cuál es el periodo para la gestión de las planillas? -
Patronos
¿Cuál es el periodo para la gestión de las planillas?
El período para la gestión de la planilla a través de la Oficina Virtual CCSS, inicia el día 26 de cada mes y se extiende hasta el cuarto día hábil del mes siguiente. La gestión de la planilla por medio del Sistema Grandes Clientes o Medios Magnéticos, inicia el día 26 de cada mes o día hábil siguiente y se extiende hasta el tercer día hábil del mes siguiente.
¿Cómo excluir a un trabajador? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo excluir a un trabajador?
Para excluir a un o una colaboradora de la planilla, deberá ingresar a la Oficina Virtual CCSS dentro del periodo de gestión de la planilla, luego ubique al trabajador en la lista de los trabajadores actuales de la planilla, posteriormente, presione sobre el botón “Movimientos”.
En la ventana emergente “Movimientos del trabajador”, selecciona la opción “Exclusión” y complete los campos requeridos de la siguiente forma:
a) “Fecha de Exclusión”: corresponde a la fecha de salida del trabajador y debe estar dentro del periodo que se está procesando. El sistema delimita la fecha de salida a los días del período de facturación.
De igual manera, verifique que no existan incapacidades o permisos posteriores a la fecha de exclusión ingresada.
b) “Salario de Exclusión”: En este campo debe registrar el salario que haya devengado el trabajador por los días laborados en el mes que se esté procesando. Si sale el primer día del mes o el mes anterior, debe registrar salario “cero”, si labora algunos días del mes debe incluir el salario que devengó. Si la cantidad digitada contiene decimales, estos deben separarse con un punto (.).
c) “Observaciones”: Este campo es opcional. Finalmente, presione el botón “Excluir” para confirmar la exclusión.
¿Cómo registrar una licencia de maternidad? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo registrar una licencia de maternidad?
Para registrar una licencia de maternidad, debe presentar su planilla en el periodo establecido, posteriormente dirigirse al trabajador en la planilla e ingresar en "Movimientos", luego en "Incapacidades" debe seleccionar el tipo, fecha inicio y final, tomando en consideración que únicamente para la licencia de maternidad se pueden digitar fechas posteriores del periodo actual de la gestión de la planilla, no así fechas anteriores.
Por ejemplo, si la incapacidad va del 15 de enero al 15 de abril, puede colocar todo el rango. Luego da clic en el botón "Agregar" y la misma se registrará.
En la planilla de la CCSS se debe reportar el 100% del salario, es decir, el monto que el patrono le cancela a la trabajadora y el monto de licencia que la Caja le cancela a la trabajadora.
A su vez, a la trabajadora se le debe rebajar las cargas sociales, es decir, el 10.50% sobre la totalidad de lo reportado en la planilla.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar un ajuste de planilla? -
Patronos
¿Cuáles son los requisitos para solicitar un ajuste de planilla?
El ajuste de planilla puede realizarlo a través del autoservicio de ajustes de planilla por medio de la Oficina Virtual CCSS cuando así lo requiera y según los plazos establecidos. En el siguiente enlace encontrará el video tutorial, en el cual podrá visualizar paso a paso cómo realizar el ajuste:
¿Cuál es el monto de la Base Mínima Contributiva (cotización mínima) de la CCSS, para el cálculo de las cargas sociales de IVM y SEM? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cuál es el monto de la Base Mínima Contributiva (cotización mínima) de la CCSS, para el cálculo de las cargas sociales de IVM y SEM?
La CCSS mantiene una Base Mínima Contributiva Diferenciada para el cálculo de las cuotas Obrero-patronales; para el cálculo de la cuota de SEM (Seguro Enfermedad y Maternidad), sobre el monto de ¢333.328,00 y para el cálculo de la cuota de IVM (Invalidez Vejez y Muerte), sobre el monto de ¢311.990,00 Esto implica que, todo salario inferior a estos montos, serán ajustados a la BMC. Lo anterior, únicamente para el cálculo de los rubros obrero-patronales del seguro de salud (SEM) y el seguro de pensiones (IVM).
¿Quiénes pueden ser atendidos en el Consultorio Médico del Centro de Trabajo? -
Medicina de empresa
¿Quiénes pueden ser atendidos en el Consultorio Médico del Centro de Trabajo?
El Sistema de Atención en Salud de Medicina de Empresa es exclusivo para los trabajadores directos, inscritos en planilla de la CCSS, de los distintos Centros de Trabajo que se inscriban y cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento.
Sin embargo, los Centros de Trabajo que deseen que los médicos contratados brinden consulta médica, en los consultorios de dichos Centros, a familiares de trabajadores, pensionados y estudiantes en caso de universidades, deberán los médicos correspondientes inscribirse en el Sistema Mixto de Atención en Salud para el consultorio seleccionado y seguir lo establecido en el reglamento de dicho sistema, lo que entre otros implica utilizar para estos casos papelería del Sistema Mixto y no la vendida al Centro de Trabajo así como reportar de manera separada para cada sistema de atención las consultas brindadas. Únicamente para estos casos se permite el traslape de horario para un mismo médico en un consultorio.
¿A quiénes están dirigidos los créditos de vivienda del IVM? -
Crédito hipotecario
¿A quiénes están dirigidos los créditos de vivienda del IVM?
Los créditos de vivienda con garantía hipotecaria que ofrece el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte están dirigidos a toda la población trabajadora costarricense sean empleados públicos o privados (que coticen para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte) y pensionados del Régimen, dada su condición de asegurado.
¿Cuáles son las líneas de financiamiento disponibles? -
Crédito hipotecario
¿Cuáles son las líneas de financiamiento disponibles?
Las líneas de financiamiento que ofrece el Sistema de Préstamos Hipotecarios del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte son las siguientes:
Compra o construcción de casa de habitación
Compra de lote
Ampliación y/o mejoras de vivienda propia
Cancelación de hipoteca originada en la compra o construcción de casa, compra de lote o ampliación y/o mejoras de vivienda propia
¿Cuáles son las condiciones actuales de los créditos? -
Crédito hipotecario
¿Cuáles son las condiciones actuales de los créditos?
Actualmente, contamos con dos opciones (ajustadas cada 6 meses):
Tasa fija escalonada del 8.75% durante 3 años (36 treinta y seis meses) y del 9.5% los siguientes 3 años (36 treinta y seis meses).
Posterior al plazo fijo, la tasa de interés estará compuesta de TBP + 4.5% p.p.
¿Cuáles son los plazos máximos? -
Crédito hipotecario
¿Cuáles son los plazos máximos?
Los plazos máximos, según plazo de inversión son los siguientes:
Primero, 30 años si su proyecto es para Compra de Casa, Compra de lote y Construcción de casa, Construcción de Casa en lote propio, Cancelación de Hipoteca por estos mismos conceptos.
Segundo, 25 años cuando su proyecto se destina para Compra de Lote, Ampliación y/o Mejoras de Casa, Cancelación de Hipoteca por estos mismos conceptos.
Para ambos casos, el plazo mínimo es de 10 años. El usuario puede gestionar dentro del rango establecido al plazo que mejor se ajuste a sus preferencias o necesidades de financiamiento.
¿Cómo se califica para un crédito de vivienda del IVM? -
Crédito hipotecario
¿Cómo se califica para un crédito de vivienda del IVM?
Para optar por un crédito de vivienda se requieren cumplir en términos generales algunas condiciones básicas que son las siguientes:
Ser cotizante del IVM (al menos 12 cuotas en los últimos 18 meses)
Dependiendo del monto y plan de inversión, debe cubrir la capacidad de pago
Los planes de inversión deben ser para soluciones habitacionales (compra vivienda, ampliación, mejoras, compra de lote, construcción, cancelación de hipoteca de vivienda, etc.)
Las hipotecas son en todo caso, en primer grado o en segundo grado si el primero es de la CCSS
¿Cuáles son los requisitos básicos para iniciar gestiones del crédito de vivienda hipotecario? -
Crédito hipotecario
¿Cuáles son los requisitos básicos para iniciar gestiones del crédito de vivienda hipotecario?
Los requisitos son:
• Copia de la cédula vigente (por ambos lados y legible).
• Constancia de salario (indicando ingresos brutos y líquidos).
• Reporte Crediticio (documento que le suministran en cualquier entidad financiera del país CIC): En este documento viene el detalle de las deudas activas del solicitante (préstamos, tarjetas de crédito, etc).
• Documentación sobre deudas activas: Debe aportar también copia o constancia reciente donde se indique cuota o mensualidad por las deudas activas que aparecen en el Reporte Crediticio. En el caso de tarjetas de crédito, debe aportar los últimos tres estados de cuenta.
• Certificación literal de la propiedad y copia certificada del plano catastro (Debe cuidar que coincidan los números de plano en ambos documentos). Si la propiedad está en un condominio, se pide presentar copia del acta de constitución.
• Opción de compra – venta (cuando aplique): Debe consignarse en un plazo no menor a 90 días (plazo de vigencia no menor a 3 meses). Cuando la propiedad pertenece a una Sociedad se debe adjuntar, Certificación de Personería y el Acuerdo de la Asamblea para la venta protocolizada”. Si la propiedad se encuentra en condominio, aportar la escritura de Constitución de Condominio donde se refleje las Área Comunes del mismo.
Hay que verificar que este documento contenga detalles como el que se consigne claramente el mismo número finca que el referido en la certificación literal, las calidades completas del vendedor, monto de la opción, y que esté debidamente firmada por las partes, entre otros.
• Constancia de saldo (cuando aplique): Si la propiedad a comprar tiene una hipoteca, el solicitante debe aportar una constancia del saldo con la entidad financiera (El saldo debe ser proyectado mínimo a 30 días.).
• Avalúo de la propiedad: En toda gestión de crédito se requiere obtener una tasación del bien inmueble que se ofrece como garantía en la operación. El avalúo es un dictamen emitido por un valuador con la finalidad de informar el valor de un bien y la idea dentro de la gestión es obtener un valor actualizado de la propiedad, base sobre la cual, se obtiene el monto del financiamiento en razón del 90%.
¡Muy importante! La documentación por presentar debe de tener una antigüedad no mayor a un mes de haber sido emitida.
¿Qué requisitos adicionales se deben cumplir si el plan de inversión es para construcción y/o mejoras de la vivienda? -
Crédito hipotecario
¿Qué requisitos adicionales se deben cumplir si el plan de inversión es para construcción y/o mejoras de la vivienda?
Aparte de los requisitos básicos que debe llevar todo trámite para el análisis de capacidad de pago, si su proyecto es para construir, ampliar o hacer mejoras al hogar, se debe aportar lo siguiente:
Si su proyecto es para construcción de la vivienda o ampliación:
a) Planos de construcción debidamente autorizados. b) Permiso de construcción (Municipalidad). c) Copia del Contrato consultoría d) Certificación disponibilidad de agua en lote e) Formulario Condiciones Ejecución de Obra. f) Declaración jurada para Ministerio de Salud.
Si su proyecto es para mejoras:
a) Carta explicando las obras a realizar. b) Permiso para realizar las mejoras (Municipalidad). c) Formulario de presupuesto.
¡Muy importante! Para agilización, los usuarios pueden iniciar las gestiones de crédito presentando la documentación indicada en las gestiones generales (pregunta frecuente 4), y en el transcurso ir preparando estos requisitos para construcción, ampliación o mejoras.
¿Cuánto tiempo debo tener trabajando en el mismo lugar para poder optar por un crédito? -
Crédito hipotecario
¿Cuánto tiempo debo tener trabajando en el mismo lugar para poder optar por un crédito?
La condición es que como cotizante del IVM tenga al menos 12 cuotas en los últimos 18 meses. Dentro de los análisis internos se valora la estabilidad de los ingresos del solicitante así que eventualmente podría ser sujeto de crédito.
¿Cuál es el porcentaje que se financia? -
Crédito hipotecario
¿Cuál es el porcentaje que se financia?
El esquema de financiamiento funciona de la siguiente manera:
Se realiza un avalúo sobre el bien que se ofrece como garantía (lo hace un profesional destacado, perito o ingeniero autorizado por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos)
Del valor resultante se calcula el 90% y este sería el monto a financiar
¿Qué aspectos toman en cuenta con respecto a pólizas de aseguramiento? -
Crédito hipotecario
¿Qué aspectos toman en cuenta con respecto a pólizas de aseguramiento?
El aseguramiento depende del plan de inversión. Si por ejemplo, el financiamiento es para compra de casa se asegura el bien con una póliza de incendio y al deudor (o codeudores, si los hubiese), con una póliza de vida. Es claro que las primas dependen, respectivamente, del valor del bien asegurable (incendio) y el monto del crédito (pólizas de vida).
¿Dónde puedo realizar los trámites del crédito? -
Crédito hipotecario
¿Dónde puedo realizar los trámites del crédito?
La presentación de requisitos y documentos en la plataforma de servicios del Edificio Jorge Debravo de la Gerencia de Pensiones, ubicado en San José, entre AV.8 y Calle 21, Costado Sur-Este de la Corte Suprema de Justicia.
¿Se pueden incorporar codeudores para aumentar la liquidez? -
Crédito hipotecario
¿Se pueden incorporar codeudores para aumentar la liquidez?
Existe la posibilidad de incorporar la figura del codeudor en el trámite del crédito. Esto con el fin de aumentar la liquidez del núcleo familiar y optar por un monto de financiamiento mayor, o bien –si fuese el caso- para completar la liquidez necesaria para la inversión deseada.
Es importante aclarar en este apartado que tratándose de cónyuges o parejas en estado de convivencia, la liquidez de ambos se suma. Por otro lado, Si existen otro tipo de codeudores (por ejemplo familiares cercanos como padres, hijos o cuñados), el análisis de la liquidez estaría determinado por la relación de la liquidez del deudor como principal figura en la deuda, el cual no puede superar el 55% del monto total de la cuota equivalente al monto que desea financiar.
¿Cuál es la liquidez y la cuota mensual para un monto de crédito? -
Crédito hipotecario
¿Cuál es la liquidez y la cuota mensual para un monto de crédito?
Esto depende del monto del financiamiento y del plan a escoger. Puede conocer un monto aproximado en nuestra calculadora de crédito.
Es muy sencilla de utilizar porque le permite escoger las opciones disponibles y valorar, conforme a planes de inversión, montos, plazos de financiamiento, cuota y liquidez requerida.
¿Si soy soltero (a) debo presentar constancia de estado civil? -
Crédito hipotecario
¿Si soy soltero (a) debo presentar constancia de estado civil?
No es necesario, por simplificación de trámites la Institución puede extraer esa información del sitio oficial del Tribunal Supremo de Elecciones, ya que este dato se necesita para la inscripción de la hipoteca.
¿Dónde puede conseguir la copia del plano y la certificación literal de la propiedad? -
Crédito hipotecario
¿Dónde puede conseguir la copia del plano y la certificación literal de la propiedad?
En el Registro Nacional ubicada en Zapote o en alguna de sus oficinas a lo largo y ancho del país. Algunas entidades bancarias ofrecen este servicio.
¿Qué es Reporte Crediticio para la entidad con Autorización y dónde lo puede conseguir? -
Crédito hipotecario
¿Qué es Reporte Crediticio para la entidad con Autorización y dónde lo puede conseguir?
El Reporte Crediticio es un documento que emite cualquier entidad financiera o institución regulada por la SUGEF. Es un documento informativo que contiene la lista de préstamos activos de la persona (incluyendo líneas de crédito y tarjetas) y brinda un historial así como el comportamiento de pago en los últimos 48 meses.
¿La opción de venta debe deber ser hecha por un abogado? -
Crédito hipotecario
¿La opción de venta debe deber ser hecha por un abogado?
NO es necesario que la confeccione un profesional en derecho. Sin embargo debe cuidarse detalles como la indicación clara del vendedor y sus calidades, comprador y sus calidades, condiciones, plazo no menor a tres meses, indicación exacta del número de propiedad, número de plano, monto de la opción, y debidamente firmada por las partes con la misma firma de la cédula de identidad (aportando copias actualizadas de este documento).
¿Qué salario se toma en cuenta si cotizo seguro de trabajador independiente/Voluntario? -
Crédito hipotecario
¿Qué salario se toma en cuenta si cotizo seguro de trabajador independiente/Voluntario?
Sea en el caso de un solicitando como deudor o como codeudor (si los hubiese), se toma en cuenta el salario reportado a la Seguridad Social, únicamente.
¿Puedo hacer crédito para refundición de deudas personales? -
Crédito hipotecario
¿Puedo hacer crédito para refundición de deudas personales?
El Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte ofrece únicamente soluciones crediticias para soluciones habitacionales. En la actualidad, la administración se encuentra trabajando para que se incluya este plan de inversión en el Reglamento de Crédito.
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cuánto tiempo tarda el proceso de inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
La documentación entregada en el Área de Salud es analizada, corregida y se le confiere un visto bueno provisional para ser enviada al Programa de Sistemas Alternativos en oficinas centrales de la CCSS, donde se realiza la revisión final, se verifica el cumplimiento de requisitos y se ingresa la información a la base de datos.
Todo el proceso tiene un tiempo aproximado de duración de una semana.
¿Cómo me doy cuenta de que mi inscripción fue aprobada en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cómo me doy cuenta de que mi inscripción fue aprobada en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Todos los profesionales que realizan el proceso de inscripción recibirán un correo electrónico por parte del Programa de Sistemas Alternativos con el resultado de la solicitud, ya sea si fue aprobada o no.
¿Cuántos consultorios puedo inscribir en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cuántos consultorios puedo inscribir en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
El profesional podrá registrar el número de consultorios que considere necesarios para la atención de sus pacientes y todos los consultorios que se utilicen para ofrecer servicios en alianza con la CCSS deberán estar registrados.
¿Si inscribí un consultorio puedo utilizar el Sistema en todos los consultorios a los que visito? -
Medicina Mixta
¿Si inscribí un consultorio puedo utilizar el Sistema en todos los consultorios a los que visito?
No, el profesional deberá inscribir todos los consultorios que utiliza para atender a los pacientes del Sistema Mixto de Atención en Salud. La aprobación de una inscripción implica que el profesional podrá acceder a la oferta de servicios únicamente desde el consultorio registrado en ese momento.
¿Puedo compartir mi consultorio en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Puedo compartir mi consultorio en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Sí, en este caso todos los profesionales que atenderán en un consultorio determinado deberán inscribirse de forma individual con ese consultorio y se aprobará la solicitud siempre y cuando no exista superposición de horarios.
¿Puedo atender pacientes de otras regiones del país o extranjeros en mi consultorio inscrito en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Puedo atender pacientes de otras regiones del país o extranjeros en mi consultorio inscrito en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Sí, el profesional podrá atender a cualquier paciente independientemente del lugar de procedencia incluso puede ser extranjero, el requisito indispensable es que esté Asegurado con la CCSS.
¿Si atiendo pacientes de diferentes regiones del país a donde deberán ir ellos a solicitar los servicios de la CCSS que les he enviado? -
Medicina Mixta
¿Si atiendo pacientes de diferentes regiones del país a donde deberán ir ellos a solicitar los servicios de la CCSS que les he enviado?
El asegurado debe acudir al área de salud de la CCSS a la cual está adscrito y solicitar los servicios que le ha enviado el profesional.
La ubicación geográfica del consultorio no determina el lugar donde se solicitan los servicios.
¿La inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud tiene vencimiento? -
Medicina Mixta
¿La inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud tiene vencimiento?
No, el profesional una vez inscrito permanece activo en el sistema hasta que se indique lo contrario.
Sin embargo, hay información de la base de datos que debe ser actualizada periódicamente.
¿Cómo puedo inactivar mi inscripción al Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cómo puedo inactivar mi inscripción al Sistema Mixto de Atención en Salud?
El profesional puede inactivar un consultorio o su estado en el Sistema enviando la solicitud de inactivación al Área de Salud donde está adscrito o bien enviar un correo electrónico a la cuenta psistalt@ccss.sa.cr.
El profesional deberá identificarse, mencionar la intención de exclusión y dar la ubicación del consultorio.
¿Cuál es el costo de mi inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cuál es el costo de mi inscripción en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
¡Cuidado! En el Sistema Mixto de Atención en Salud no debe cancelarse ningún monto de afiliación o mensualidad.
El único monto que se cancela es el rubro correspondiente a la papelería que se utiliza en el sistema y esta se ofrece a precio de costo.
¿Cómo solicito los servicios a mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cómo solicito los servicios a mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Para solicitar la oferta de servicios a los asegurados el profesional deberá adquirir en el área de salud donde se inscribió la papelería correspondiente para cada servicio.
La papelería viene sellada con el logo del Sistema y el profesional deberá colocar su sello profesional con el nombre, código y profesión inscrita.
El asegurado llevará esta solicitud al área de salud donde se encuentra adscrito.
¿Puedo solicitar servicios de carácter urgente en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Puedo solicitar servicios de carácter urgente en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
La oferta de servicios del Sistema Mixto de Atención en Salud no prevé la atención con carácter de urgencia, por lo tanto, el profesional que ha atendido a un paciente en esta condición, deberá referirlo a los servicios de urgencias institucionales para ser valorado.
¿Cuál es el expediente de salud que debo utilizar con mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Cuál es el expediente de salud que debo utilizar con mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Para la atención dentro del Sistema Mixto de Atención en Salud, el Programa de Sistemas Alternativos solicita tener un expediente de salud para cada paciente, el mismo deberá ser aportado por el profesional y puede ser físico o digital, pero debe cumplir con los requerimientos establecidos por el colegio profesional correspondiente y por el Ministerio de Salud.
¿Qué es el EDUS? ¿Lo puedo poner en mi consultorio? -
Medicina Mixta
¿Qué es el EDUS? ¿Lo puedo poner en mi consultorio?
El Expediente Digital Único en Salud (EDUS), es una aplicación informática para el manejo de los expedientes de salud de los asegurados de la CCSS y el trámite de solicitudes de la oferta de servicios.
Actualmente, no está disponible pero se pretende que en los próximos años el EDUS sea una realidad para todos los profesionales del Sistema Mixto de Atención en Salud.
¿Debo tener receta digital para prescribir medicamentos Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Debo tener receta digital para prescribir medicamentos Sistema Mixto de Atención en Salud?
No, el Sistema Mixto de Atención en Salud continuará utilizando la papelería tradicional para la prescripción general de medicamentos y psicotrópicos.
Soy odontólogo, ¿cuáles servicios puedo brindar a mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
Soy odontólogo, ¿cuáles servicios puedo brindar a mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
La lista detallada de medicamentos y de exámenes de laboratorio puede consultarse en el Reglamento Sistema Mixto de Atención en Salud disponible en nuestra página Web: www.ccss.sa.cr/medicina.
En esta primera etapa los servicios disponibles para los odontólogos son:
· Prescripción de medicamentos
· Solicitud de exámenes de laboratorio
Soy médico, ¿cuáles servicios puedo brindar a mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
Soy médico, ¿cuáles servicios puedo brindar a mis pacientes en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
La lista detallada de servicios puede consultarse en el Reglamento Sistema Mixto de Atención en Salud, disponible en nuestro sitio Web: www.ccss.sa.cr/medicina.
En general los servicios disponibles son:
· Prescripción de Medicamentos
· Solicitud de Exámenes de Laboratorio
· Solicitud de Imágenes Médicas y Estudios Endoscópicos
· Electrocardiograma
· Referencias a especialista
¿Qué es el informe mensual estadístico y dónde lo entrego? -
Medicina Mixta
¿Qué es el informe mensual estadístico y dónde lo entrego?
El informe mensual estadístico es un documento que recopila información de interés institucional de los profesionales y de sus consultorios inscritos en el Sistema Mixto de Atención en Salud.
Todos los profesionales que se inscriben, deberán llevar el censo diario de su consulta y en los primeros días del mes siguiente tendrán que entregar dicho informe estadístico en el área de salud de adscripción.
¿Tengo que incorporar a mi consulta privada algún protocolo de atención en salud si estoy inscrito en el Sistema Mixto de Atención en Salud? -
Medicina Mixta
¿Tengo que incorporar a mi consulta privada algún protocolo de atención en salud si estoy inscrito en el Sistema Mixto de Atención en Salud?
Actualmente, el Programa de Sistemas Alternativos no ha establecido protocolos clínicos para la atención en salud de los pacientes del Sistema Mixto de Atención en Salud.
Sin embargo, en el momento de entrar en vigencia un protocolo, éste deberá ser acatado por todos los profesionales.
¿Olvidó su contraseña? | Bloqueo de usuario -
Patronos
¿Olvidó su contraseña? | Bloqueo de usuario
Si olvidó o bloqueó su contraseña, usted puede regenerar su clave a través de la opción “¿Olvidó su contraseña?” y así llegará a su correo electrónico registrado en el sistema.
El usuario puede ser la cédula jurídica (10 dígitos), la cédula de identidad en caso de nacionales (9 dígitos) o el número de asegurado en caso de extranjeros (de 8 a 10 dígitos), para todos los casos no debe indicar guiones, espacios ni segregados y sectores.
Luego le llegará un correo electrónico con un enlace en color azul al que debe ingresar. Ahí se le solicitará que realice su nueva clave con las condiciones que se mencionan en la pantalla.
La regeneración de su clave únicamente la puede realizar por medio de la Oficina Virtual CCSS en la opción "¿Olvidó su contraseña?".
¿Por qué no se observa la lista de trabajadores de la planilla para realizar los cambios requeridos del periodo de gestión de planilla en curso? -
Oficina Virtual CCSS
¿Por qué no se observa la lista de trabajadores de la planilla para realizar los cambios requeridos del periodo de gestión de planilla en curso?
Si desea realizar cambios en la planilla primero debe presentarla, esto ingresando a la Oficina Virtual CCSS del 26 del mes al cuarto día hábil del siguiente mes y presionar "Sí" en el mensaje de presentación que se mostrará, y luego pulse "Continuar", con lo cual el sistema cargará la información de los trabajadores y salarios de la planilla del mes pasado para que realice las modificaciones necesarias caso contrario no podrá visualizar la lista de trabajadores para realizar las modificaciones correspondientes en la planilla.
Si indico que “No” al mensaje de presentación de planilla, deberá ingresar a la pestaña “Planilla” y luego a la opción “Presentar planilla” para que le mensaje de presentación se vuelva a mostrar
¿Por qué debo realizar todos los meses la presentación de la planilla de la CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Por qué debo realizar todos los meses la presentación de la planilla de la CCSS?
Lo anterior se encuentra normado en el reglamento de Invalidez Vejez y Muerte, en el artículo 38
“Responsabilidad patronal y pago de intereses y recargos”, donde se establece lo siguiente:
“Los patronos que no presenten o cancelen sus planillas dentro del plazo reglamentario, estarán obligados al pago de intereses moratorios conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Constitutiva de la Caja (interés legal establecido en el artículo 1163 del Código Civil). Adicionalmente, aplican recargos según los siguientes incumplimientos:
1. Por presentación tardía de las planillas: 2% del monto total de las cuotas obrero-patronales.
2. Por omisión o falsedad de los datos identificativos de los trabajadores: un 1% del salario en cada caso que se omita esa información”.
Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en los artículos 44 y siguientes de la Ley Constitutiva de la Caja”.
Una vez presentada la planilla, ¿dónde debo ingresar para realizar un cambio de salario a un trabajador? -
Oficina Virtual CCSS
Una vez presentada la planilla, ¿dónde debo ingresar para realizar un cambio de salario a un trabajador?
Para modificar la información del salario reportado a un trabajador, una vez que haya presentado la planilla, diríjase al espacio en blanco que está situado a la par del registro de cada trabajador en la columna de “Nuevo salario” y digite el nuevo salario a registrar; seguidamente debe seleccionar el botón de “Aplicar Salarios” para guardar los cambios realizados.
¿Cómo gestionar la planilla en la Oficina Virtual CCSS? -
Patronos
¿Cómo gestionar la planilla en la Oficina Virtual CCSS?
La gestión de la planilla consiste en tres pasos:
• 1. Presentación: ingresar a la Oficina Virtual CCSS del 26 del mes al cuarto día hábil del siguiente mes y presionar "Sí" en el mensaje de presentación que se mostrará, y luego pulse "continuar", con lo cual el sistema cargará la información de los trabajadores y salarios de la planilla del mes pasado, para que realice las modificaciones necesarias.
Si no realiza este paso, se le generará un recargo de 2% sobre lo facturado en SEM y otro 2% sobre IVM.
• 2. Modificación: registrar los movimientos en la planilla como incapacidades, exclusiones, permisos, inclusiones y demás. En caso de no tener movimientos continúe con el paso 3.
• 3. Facturación: paso irreversible que genera la factura según los movimientos registrados.
Si presenta su planilla, pero no la factura, al quinto día hábil del mes el sistema le generará la factura.
¿Qué es la facturación de oficio o recargo por no presentación? -
Patronos
¿Qué es la facturación de oficio o recargo por no presentación?
En caso de no presentar su planilla se aplicará un recargo del 2% calculado sobre el monto total de las cuotas del SEM y otro 2% sobre el monto total de las cuotas del IVM.
Además, no se registrarán los cambios mensuales de los trabajadores (incapacidad, permisos, inclusiones, exclusiones y cambio de salario).
Si requiere hacer alguna modificación, debe solicitar un ajuste de planilla, el trámite para solicitar un ajuste de planilla puede encontrarlo en siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/tramites en la opción “ Trabajadores y Patronos” selecciona “Patronos” y ahí busca el que dice “Solicitud ajustes de planilla”, donde puede conocer la información para el trámite.
¿Cómo puedo registrar un permiso sin goce de salario a un trabajador en la planilla? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo registrar un permiso sin goce de salario a un trabajador en la planilla?
Debe presentar su planilla en el periodo establecido, posteriormente debe ubicar al trabajador en la planilla e ingresar en "Movimientos", luego en "Permisos" debe seleccionar el tipo de permiso, fecha inicio y final, luego presione el botón “Guardar”.
¿Cómo puedo registrar una incapacidad (SEM, INS) de un trabajador en la planilla? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo registrar una incapacidad (SEM, INS) de un trabajador en la planilla?
Para registrar una incapacidad de SEM o INS (se reportan de la misma manera), debe presentar su planilla en el periodo establecido, posteriormente dirigirse al trabajador en la planilla e ingresar en "Movimientos", luego en "Incapacidades" debe seleccionar el tipo, fecha inicio y final, tomando en consideración que únicamente se pueden digitar fechas dentro del periodo actual de gestión de la planilla, no fechas anteriores ni posteriores.
Si la incapacidad toma días de meses siguientes, debe reportarlas por separado en los siguientes periodos de gestión de la planilla. Luego da clic en el botón "Agregar" y la misma se registrará.
Seguido a esto, debe modificar el salario reportado, ya que se deben rebajar los días de incapacidad de lo devengado, es decir, si se incapacita 3 días y gana ¢10.000 colones diarios, debe rebajar ¢30.000 al salario que se le reportará.
Debe tomar en cuenta que para SEM, el patrono paga el 50% de los primeros 3 días, luego la CCSS paga al 60% después del 3er día, el patrono no está en la obligación de pagar después del 3er día.
El pago de este 50% no se reporta en la planilla, ya que es un subsidio que el patrono está obligado a entregarlo y no es deducible de la planilla.
¿Cuál clase de seguro le debo registrar a un nuevo trabajador? -
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¿Cuál clase de seguro le debo registrar a un nuevo trabajador?
Existen dos clases de seguro disponibles para el patrono en la Oficina Virtual CCSS:
• Clase "C" (SEM-IVM-BPO): Esta clase es para todos los trabajadores que no poseen una pensión en el país, ya que cotizan para el seguro de salud (SEM), el seguro de pensiones (IVM) y el Banco Popular.
• Clase "A" (SEM-BPO): Esta clase es para los pensionados que continúan laborando, por lo que al tener una pensión, se le exonera al trabajador y al patrono el pago del seguro de pensiones (IVM).
Cuando un trabajador (a) se pensiona, el mismo tiene la opción de continuar laborando o acogerse a su pensión.
Si continúa en labores, el patrono debe cambiarle la clase de seguro en el periodo de gestión de planilla, esto desde la opción "movimientos".
¿Cómo puedo cambiar la clase de seguro a un trabajador? -
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¿Cómo puedo cambiar la clase de seguro a un trabajador?
Debe presentar su planilla en el periodo establecido, posteriormente dirigirse al trabajador en la planilla e ingresar en "Movimientos", luego en la pestaña “Seguro” seleccione el botón “nueva clase de seguro” luego indicar el nuevo tipo de seguro y finalmente debe seleccionar el botón “Modificar”.
¿Cómo puedo cambiar la jornada a un trabajador? -
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¿Cómo puedo cambiar la jornada a un trabajador?
Debe presentar su planilla en el periodo establecido, posteriormente dirigirse al trabajador en la planilla e ingresar en "Movimientos", luego en “Jornada” seleccione la nueva jornada a registrar, finalmente seleccione el botón “Modificar”.
¿Cuál jornada debo registrarle a un trabajador en la planilla? -
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¿Cuál jornada debo registrarle a un trabajador en la planilla?
La jornada va a depender de las horas que labore el trabajador al día, en la Oficina Virtual CCSS se mantienen las jornadas por parámetros, por lo que el patrono debe seleccionar la correcta o la más cercana a lo laborado.
Este dato es meramente informativo y no afecta el cálculo de lo facturado en la planilla, ya que la CCSS no se rige por jornadas, medios tiempos u ocupaciones, sólo por la Base Mínima Contributiva establecida todos los años.
¿Cómo puedo cambiar la ocupación registrada a un trabajador? -
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¿Cómo puedo cambiar la ocupación registrada a un trabajador?
Debe presentar su planilla en el periodo establecido, posteriormente dirigirse al trabajador en la planilla e ingresar en "Movimientos", luego en la pestaña “Ocupación” seleccione el botón “Nueva ocupación” luego debe buscar y seleccionar la nueva ocupación y finalmente debe seleccionar el botón “Modificar”.
¿Cómo puedo realizar la inclusión de un nuevo trabajador en el periodo de gestión de planilla? -
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¿Cómo puedo realizar la inclusión de un nuevo trabajador en el periodo de gestión de planilla?
Para incluir un nuevo trabajador una vez que haya presentado la planilla debe ingresar a la opción "Agregar Trabajadores" y colocar el tipo de identificación del trabajador, tomando en cuenta si el trabajador posee identificación del registro civil (nacional) o número de asegurado (extranjeros).
Después debe colocar la fecha de inclusión, salario, ocupación y jornada correspondientes, además de la clase de seguro, “A” si es un trabajador pensionado o “C” si es un trabajador regular.
El colocar el correo electrónico del trabajador es opcional. Finalmente, debe revisar la información ingresada y darle click a la opción “Agregar”.
¿Cómo puedo realizar una inclusión de trabajadores fuera del periodo de gestión de planillas (inclusión adelantada de trabajadores)? -
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¿Cómo puedo realizar una inclusión de trabajadores fuera del periodo de gestión de planillas (inclusión adelantada de trabajadores)?
Para realizar una inclusión adelantada fuera del periodo de gestión de planilla, debe dirigirse a la pestaña "Planilla", luego a "Inclusión adelantada de trabajadores".
Posteriormente, debe ingresar a la opción "Agregar" y colocar el tipo de identificación del trabajador, tomando en cuenta si el trabajador posee identificación del registro civil (nacional) o número de asegurado (extranjeros).
Después debe colocar la fecha de inclusión, salario, ocupación y jornada correspondientes, además de la clase de seguro, “A” si es un trabajador pensionado o “C” si es un trabajador regular. El colocar el correo electrónico del trabajador es opcional.
Finalmente, debe revisar la información ingresada y darle en “Agregar”.
Si es dentro del periodo de facturación, debe tomar en cuenta los días del mes siguiente a la facturación que han transcurrido.
Por ejemplo, en la facturación de abril, no podrá incluir adelantadamente a un trabajador con fecha del 02/05/2018 si el día en que se está realizando este proceso es el 01/05/2018.
¿Cómo incluir en planilla a trabajadores extranjeros? -
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¿Cómo incluir en planilla a trabajadores extranjeros?
El trabajador extranjero se incluye en la planilla, con el número de seguro social que le asigna la CCSS.
Para consultar el número de seguro social de una persona, utilice la opción “Buscar Número de Asegurado” del menú “Planilla” en la Oficina Virtual.
Si el trabajador no posee número de asegurado asignado, el patrono debe solicitarlo en el botón verde que se habilita cuando realiza la búsqueda el cual dice “+ Solicitar número de asegurado”
¿Qué es el número de asegurado? -
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¿Qué es el número de asegurado?
Es el número que le otorga la CCSS a una persona usuaria o trabajadora extranjera para utilizar los servicios que ofrece la institución con el objetivo de que se identifique a la persona correctamente en los diferentes sistemas ya sea como un cotizante, asegurado directo, asegurado familiar o bien un patrono físico, asegurado voluntario o trabajador independiente.
¿Cómo buscar el número de asegurado de un trabajador en la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo buscar el número de asegurado de un trabajador en la Oficina Virtual CCSS?
El patrono que ya posea una planilla puede realizar la búsqueda por medio de la pestaña “Planilla” y seleccionar “Buscar Número de Asegurado”, seleccionar la opción “Nombre u Otras Referencias” en el campo “Buscar Persona Por”, para así efectuar la búsqueda por nombre y apellidos de la persona requerida.
Es importante, completar todos los campos del nombre (Primer Apellido, Segundo Apellido y Nombre), con las tres primeras letras de cada uno de ellos, para lograr una búsqueda más precisa.
A continuación, se muestra video tutorial para la búsqueda de número de asegurado desde la oficina virtual CCSS:
¿Qué debo hacer si el nombre de mi trabajador (extranjero o nacional) contiene diferencias en el registro consignado en el sistema (fecha de nacimiento, género, nombre (s), apellido (s) nacionalidad, estado civil? -
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¿Qué debo hacer si el nombre de mi trabajador (extranjero o nacional) contiene diferencias en el registro consignado en el sistema (fecha de nacimiento, género, nombre (s), apellido (s) nacionalidad, estado civil?
Para ambos casos, debe solicitar al formulario Web: CCSS | Contacto, la modificación del registro, especificando el cambio requerido y adjuntar la identificación vigente y legible.
También, esta corrección se puede gestionar en la Sucursal de la CCSS más cercana al patrono o a la residencia del trabajador afectado con los datos inconsistentes.
¿Qué debo hacer si el resultado de la búsqueda me muestra muchos resultados? -
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¿Qué debo hacer si el resultado de la búsqueda me muestra muchos resultados?
Se puede anotar, adicionalmente, la fecha de nacimiento del trabajador y el género para reducir la búsqueda.
¿Qué debo hacer si la búsqueda no genera ningún resultado con el dato requerido? -
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¿Qué debo hacer si la búsqueda no genera ningún resultado con el dato requerido?
Si la búsqueda no genera ningún dato, se debe solicitar el número a la Subárea Control y Calidad de la información, ingresando el formulario Web: CCSS | Contacto
Cuándo estoy completando el formulario de solicitud de número de asegurado, ¿qué pasa si mi trabajador extranjero tiene sólo un apellido? -
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Cuándo estoy completando el formulario de solicitud de número de asegurado, ¿qué pasa si mi trabajador extranjero tiene sólo un apellido?
Si el trabajador posee un único apellido, se debe dejar en blanco el espacio del segundo apellido; el sistema de la CCSS le anota el valor “NOINDICAOTRO” para que se tenga claro que no existe apellido en este campo.
¿Qué debo hacer si requiero el número de asegurado para más de un trabajador extranjero? -
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¿Qué debo hacer si requiero el número de asegurado para más de un trabajador extranjero?
Se debe completar un formulario de solicitud de número de asegurado por cada trabajador que requiera ingresar en la planilla.
¿Qué opción debo seleccionar en “tipo de identificación”, cuando voy a incluir un trabajador extranjero? -
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¿Qué opción debo seleccionar en “tipo de identificación”, cuando voy a incluir un trabajador extranjero?
Se debe seleccionar la opción “extranjero” y luego anota el número de asegurado que la CCSS asignó.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el número de asegurado para trabajador extranjero? -
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¿Cuáles son los requisitos para solicitar el número de asegurado para trabajador extranjero?
• Número patronal (cédula jurídica en caso de patronos jurídicos, cédula de identificación en caso de patronos físicos), cuando son cotizantes.
• Identificación del trabajador (Pasaporte, DIMEX, permiso laboral, pasaporte provisional, cédula de residencia, la resolución de migración donde se indique está en trámite de renovación del documento vencido acompañada de este último) vigente y legible.
¿Puedo solicitar los números de asegurado sólo en el periodo de gestión de la planilla? -
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¿Puedo solicitar los números de asegurado sólo en el periodo de gestión de la planilla?
No, la solicitud del número de asegurado se puede realizar durante todo el mes, así cuando se inicia el periodo de la gestión de la planilla (26 de cada mes al 4 día hábil del mes siguiente) ya poseerá la información y evita contratiempos.
¿Cómo puedo corregir un registro erróneo de un trabajador en mi planilla? -
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¿Cómo puedo corregir un registro erróneo de un trabajador en mi planilla?
Es preciso buscar el número de asegurado correcto, utilice la opción “Buscar Número de Asegurado” del menú “Planilla” en la Oficina Virtual.
Una vez que se tiene el dato, a partir del día 26 del mes, se debe excluir al trabajador erróneo con salario 0 (cero) al primer día del mes.
Seguidamente, se incluye al trabajador con el dato correcto a partir del día que realizó el cambio en el mes, indicando el salario devengado en ese mismo mes junto con los otros datos requeridos.
¿Qué debo hacer si mi trabajador extranjero se naturalizó? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo hacer si mi trabajador extranjero se naturalizó?
Si un trabajador se naturaliza, inicialmente, se le debe solicitar al trabajador que le indique el número de cédula nacional.
Luego, en el periodo de presentación de planilla, ingresa a "modificaciones" en la línea del trabajador, selecciona la opción "Cambios por naturalización", indica el tipo de identificación y registra el número de identificación nuevo, da clic en "buscar". Verifica que los datos sean los correctos y le da clic en "+Seleccionar". Verifica que todos los datos estén correctos y si tiene algún cambio de salario, teléfono o correo puede hacerlo en esa sección, una vez revisado le da clic en "Registrar".
El sistema le mostrar una línea con el trabajador con número extranjero excluido y otra con el número nacional incluido.
Al trabajador le llegara un correo indicando sobre el trámite el cual es asignado a un funcionario de la CCSS. Una vez se atiende el caso y se ejecuta la revisión correspondiente con el trabajador para la liga de datos, le llega un correo con la confirmación.
¿Por qué cuando registro el salario al trabajador, el sistema me indica "Salario Inferior a la cotización mínima y salario corregido"? (Base Mínima Contributiva)? -
Patronos
¿Por qué cuando registro el salario al trabajador, el sistema me indica "Salario Inferior a la cotización mínima y salario corregido"? (Base Mínima Contributiva)?
La CCSS mantiene una Base Mínima Contributiva Diferenciada para el cálculo de las cuotas obrero-patronales, para el cálculo de la cuota de SEM (Seguro Enfermedad y Maternidad), sobre el monto de ₡333.328 y para el cálculo de la cuota de IVM (Invalidez Vejez y Muerte), sobre el monto de ₡311.990, esto implica que todo salario inferior a estos montos será ajustados a la BMC.
Lo anterior, únicamente para el cálculo de los rubros obrero-patronales del seguro de salud (SEM) y el seguro de pensiones (IVM).
Ahora, según el artículo 34 del Reglamento del IVM y el artículo 64 del Reglamento del SEM, ambos permiten excepciones al ajuste de la cotización mínima. Estas son:
Cesantía o ingreso de nuevos trabajadores ocurridos en períodos intermedios del mes.
Reportes de incapacidades o permisos sin goce de salario que abarcan más de quince días.
Trabajo simultáneo con varios patronos o con patrono y seguro independiente percibiendo salarios e ingresos inferiores con todos o algunos de ellos.
Ejemplo:
Si se reporta a un trabajador con ¢100.000 de salario en el mes sin ninguna de las excepciones anteriores, el sistema realizará el ajuste a la cotización mínima para facturar en los rubros de SEM Obrero patronal sobre el monto de ₡333.328 y para el cálculo de la cuota de IVM (Invalidez Vejez y Muerte), sobre el monto de ₡311.990.
¿Cómo realizar un cambio de correo electrónico registrado como patrono? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo realizar un cambio de correo electrónico registrado como patrono?
Si requiere realizar un cambio de correo electrónico y teléfonos como patrono, debe enviar el formulario debidamente lleno y firmado por el representante legal, o bien, una persona autorizada por el mismo mediante un documento que lo haga constar.
Debe además adjuntar el documento de identificación de ambos (as) mediante un escaneo o fotografía.
El trámite para solicitar un cambio de correo patronal, puede encontrarlo en la siguiente dirección https://www.ccss.sa.cr/tramites en la opción “Trabajadores y Patronos” selecciona “Patronos” y ahí busca el que dice “actualización de los datos patronales en el SICERE (1. actualización de correo electrónico y teléfono/ 2. cambio de dirección)”, donde puede encontrar la información para el trámite.
Una vez con esto, se debe enviar a la dirección de correo electrónico ayudapat@ccss.sa.cr
A continuación, se muestra acceso a video tutorial de cómo gestionar la actualización de correo, teléfono y dirección desde la oficina virtual CCSS:
Cabe destacar que la calculadora patronal posee limitantes que se describen en las notas aclaratorias, por ejemplo, los ajustes a la cotización mínima.
¿Puedo pagar las cuotas de arreglo o convenios de pago desde la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Puedo pagar las cuotas de arreglo o convenios de pago desde la Oficina Virtual CCSS?
Los patronos, trabajadores independientes y asegurados voluntarios, activos o inactivos con acceso a la Oficina Virtual CCSS, pueden cancelar su arreglo de pago o convenio desde la pestaña "Pago de facturas", en la cual deben domiciliar una cuenta bancaria para realizar el pago mensualmente.
¿Qué debo hacer cuando al ingresar al link recibido en el correo de regeneración de la contraseña de acceso a Oficina Virtual CCSS me indica lo siguiente mensaje “El ticket (link) al que hace referencia ha vencido por lo que debe realizar el trámite nuevamente”? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo hacer cuando al ingresar al link recibido en el correo de regeneración de la contraseña de acceso a Oficina Virtual CCSS me indica lo siguiente mensaje “El ticket (link) al que hace referencia ha vencido por lo que debe realizar el trámite nuevamente”?
El link de regeneración de la contraseña debe activarse en el transcurso de las próximas 24 horas, después de realizado el proceso de regeneración de contraseña.
Una vez trascurrido este plazo el ticket se inactiva; por lo cual debe realizar el proceso de regeneración nuevamente, utilizando la opción “¿Olvidó su contraseña?”.
¿Qué debo hacer cuando, al regenerar mi contraseña desde la Oficina Virtual CCSS, el sistema me indica el siguiente mensaje “Los datos suministrados no corresponden a ningún usuario registrado en la Oficina Virtual CCSS.” o “El correo electrónico suministrado no corresponde al registrado en SICERE”? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo hacer cuando, al regenerar mi contraseña desde la Oficina Virtual CCSS, el sistema me indica el siguiente mensaje “Los datos suministrados no corresponden a ningún usuario registrado en la Oficina Virtual CCSS.” o “El correo electrónico suministrado no corresponde al registrado en SICERE”?
Debe verificar que el usuario que registra sea el correcto, puede ser la cédula jurídica (10 dígitos), la cédula de identidad en caso de nacionales (9 dígitos) o el número de asegurado en caso de extranjeros (de 8 a 10 dígitos), para todos los casos no debe indicar guiones, espacios ni segregados y sectores.
Debe indicar el correo electrónico que registró al realizar la inscripción patronal en el servicio de Inspección o el registrado en actualizaciones que ha realizado posteriormente, si desconoce el correo registrado y desea registrar un nuevo correo electrónico para regenerar la clave o recibir otra información debe solicitarlo El trámite para solicitar un cambio de correo patronal, puede encontrarlo en siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/tramites en la opción “ Trabajadores y Patronos” selecciona “Patronos” y ahí busca el que dice “actualización de los datos patronales en el SICERE (1. actualización de correo electrónico y teléfono/ 2. cambio de dirección)”, donde puede encontrar la información para el trámite.
Una vez con esto, se debe enviar a la dirección de correo electrónico ayudapat@ccss.sa.cr
¿Qué debo hacer si, una vez que ingreso al link de regeneración de la contraseña de acceso a Oficina Virtual CCSS, el sistema me indica el siguiente mensaje: “La confirmación de la contraseña es incorrecta, verifique…” o “La contraseña es una frase secreta que sólo debe conocer usted para poder acceder a la Oficina Virtual? ¿Debe construirla según la política de creación de contraseña que aparece al final de esta pantalla”? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo hacer si, una vez que ingreso al link de regeneración de la contraseña de acceso a Oficina Virtual CCSS, el sistema me indica el siguiente mensaje: “La confirmación de la contraseña es incorrecta, verifique…” o “La contraseña es una frase secreta que sólo debe conocer usted para poder acceder a la Oficina Virtual? ¿Debe construirla según la política de creación de contraseña que aparece al final de esta pantalla”?
Debe verificar que se esté registrando exactamente la misma contraseña en los espacios de “Nueva contraseña” y “Verificación de contraseña”; o verificar que al registrar su nueva contraseña cumpla con las características que se indican en “Políticas para creación de contraseña para Oficina Virtual CCSS”.
¿Cómo puedo imprimir el detalle de cuotas o la planilla desde la Oficina Virtual CCSS? -
Patronos
¿Cómo puedo imprimir el detalle de cuotas o la planilla desde la Oficina Virtual CCSS?
Un vez que haya ingresado a la Oficina Virtual CCSS, debe seleccionar la opción “Listar Facturas” del menú “Facturas”.
En la lista de facturas, seleccione la factura que desea consultar (botón en la primera columna a la izquierda) y presione sobre el botón “Detalle”, en la ventana emergente, presione sobre el botón “Ver planilla”.
Posteriormente, puede generar el reporte de esta factura, por ejemplo, el detalle de facturación, la planilla, el de cotización mínima o las exoneraciones, esto seleccionado la factura e ingresando a la opción "Planilla", luego en “Reportes” dentro de este menú, seleccionar el reporte deseado.
Recuerde que se requiere mantener las ventanas emergentes o "pop-ups" habilitados en su navegador.
¿Por qué una vez que selecciono la factura o detalle de facturación no puedo observar el documento en mi equipo para imprimirla? -
Oficina Virtual CCSS
¿Por qué una vez que selecciono la factura o detalle de facturación no puedo observar el documento en mi equipo para imprimirla?
Si al intentar obtener un documento de la Oficina Virtual CCSS como la planilla, detalle de cuotas, historial de cotizaciones u otro y éste no se genera al darle click en la opción imprimir, verifique que las ventanas, elementos emergentes o "pop-ups" de su navegador de internet no estén bloqueados.
Para desbloquearlos, debe ingresar a la configuración de su navegador y buscar la opción “privacidad y seguridad” “elementos emergentes” o similar.
¿Dónde puede obtener el patrono un reporte de incapacidades de los trabajadores de su planilla? -
Oficina Virtual CCSS
¿Dónde puede obtener el patrono un reporte de incapacidades de los trabajadores de su planilla?
Para obtener el reporte de incapacidades registradas a los trabajadores de la planilla, debe ingresar a la Oficina Virtual CCSS, dirigirse a la pestaña “Planilla” y luego en la opción “Historial de Incapacidades” y seleccionar los datos que se le solicitan.
¿Cómo habilitar las ventanas o elementos emergentes del navegador web? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo habilitar las ventanas o elementos emergentes del navegador web?
El bloqueo de los elementos emergentes es un sistema de seguridad que poseen la gran mayoría de los navegadores de internet, por lo cual se debe configurar cada uno de ellos (de acuerdo con su elección) para que presente en pantalla la Orden Patronal Digital o permita su descarga adecuada.
Al finalizar la configuración, vuelva a oprimir el botón para la generación de la Orden Patronal Digital.
Cabe resaltar que la misma solución aplica para los diferentes reportes que emite la Oficina Virtual CCSS.
¿Cómo puedo obtener una asesoría para el uso de la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo obtener una asesoría para el uso de la Oficina Virtual CCSS?
La CCSS ofrece a los patronos asesorías sobre el uso de sus dos sistemas de gestión de planillas, la Oficina Virtual CCSS y el método de Grandes Clientes, puede registrarse en una asesoría accediendo al siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/agenda
Una vez dentro de la página, seleccione el día y la hora según horarios disponibles para el tipo de presentación de su planilla.
¿Cómo puedo recibir asesoría sobre la gestión de la planilla por medio de la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo recibir asesoría sobre la gestión de la planilla por medio de la Oficina Virtual CCSS?
Puede dirigir sus consultas por medio del formulario de contacto dispuesto en la página principal de la Caja Costarricense del Seguro, el cual se encuentra en la siguiente dirección web https://www.ccss.sa.cr/contacto
¿Por qué, al ingresar, me indica "sistema en mantenimiento"? -
Oficina Virtual CCSS
¿Por qué, al ingresar, me indica "sistema en mantenimiento"?
Sistema en mantenimiento es un error que se genera al ingresar desde un dispositivo móvil que el sistema operativo no es compatible al nuestro, por lo que se recomienda actualizar su navegador a la última versión, copiar y pegar el enlace completo o ingresar desde una computadora si es que el problema lo tiene en un dispositivo móvil.
¿Qué debo hacer cuando el sistema me indica el siguiente mensaje: “El usuario ya se encuentra conectado en la aplicación”? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo hacer cuando el sistema me indica el siguiente mensaje: “El usuario ya se encuentra conectado en la aplicación”?
Cuando el sistema le emite el siguiente mensaje: “El usuario ya se encuentra conectado a la aplicación”, debe esperar, al menos, 10 minutos para que el sistema cierre la sesión anterior automáticamente.
Si el mismo continúa apareciendo, se recomienda realizar esta gestión desde otro navegador web, como: Google Chrome, Mozilla Firefox o Internet Explorer.
Si olvidé gestionar la planilla o experimenté algún inconveniente durante el periodo de gestión y no tenía cambios en la información obrera, ¿cómo debo proceder? -
Oficina Virtual CCSS
Si olvidé gestionar la planilla o experimenté algún inconveniente durante el periodo de gestión y no tenía cambios en la información obrera, ¿cómo debo proceder?
En el caso de no tener modificaciones en la información obrera, la planilla se factura de oficio con la información salarial registrada en el periodo anterior.
Se factura con el respectivo recargo por no presentación de planilla.
Si olvidé gestionar la planilla o experimenté algún inconveniente durante el periodo de gestión de planillas y requiero hacer cambios en la información obrera, ¿cómo puedo realizar las modificaciones? -
Oficina Virtual CCSS
Si olvidé gestionar la planilla o experimenté algún inconveniente durante el periodo de gestión de planillas y requiero hacer cambios en la información obrera, ¿cómo puedo realizar las modificaciones?
Para realizar cambios sobre planillas facturadas debe enviar el formulario correspondiente debidamente lleno y firmado por el patrono o por una persona autorizada, mediante un documento que así lo haga constar.
En el formulario se colocan únicamente los trabajadores que requieren modificaciones. Debe ser cauteloso con los cambios y la información digitada.
El formulario correspondiente y los requisitos que debe cumplir los puede descargar desde la siguiente dirección: https://www.ccss.sa.cr/tramites en la opción “Trabajadores y Patronos” selecciona “Patronos” y ahí busca el que dice “Solicitud ajustes de planilla”, donde puede conocer la información para el trámite.
Una vez descargado el formulario, debe completar todos los espacios solicitados en la hoja nombrada “F071”, en caso de requiera realizar más de cinco (5) movimientos en la planilla, debe llenar la hoja denominada "Hoja Adicional Ajustes”, ambas contenidas en el formulario de ajuste de planilla.
Una vez completado el formulario, el mismo debe ser firmado por el patrono, posteriormente debe ser enviado a la dirección de correo electrónico ayudapat@ccss.sa.cr junto con el documento de identificación de la persona firmante.
Para esta gestión se tiene un lapso establecido, el cual es como máximo el cuarto día hábil antes de la fecha de pago.
De igual forma el ajuste de planilla puede realizarlo a través del autoservicio de ajustes de planilla por medio de la Oficina Virtual CCSS cuando así lo requiera y según los plazos establecidos. En el siguiente enlace encontrará el video tutorial, en el cual podrá visualizar paso a paso cómo realizar el ajuste:
https://www.youtube.com/watch?v=kB0TlWix95Q
En caso de estar fuera del plazo para realizar ajuste de planilla, deberá comunicarse con el Departamento de Inspección al 2105-4860, extensión 4 o al correo consultasinspeccion@ccss.sa.cr para proceder según corresponda.
¿Cómo realizar un cambio de dirección y/o lugar de pago? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo realizar un cambio de dirección y/o lugar de pago?
Para realizar un cambio de dirección física del patrono debe ingresar a la Oficina Virtual CCSS y dirigirse a la pestaña "Información Patronal", donde debe seleccionar la opción "Direcciones/Correo Electrónico" y dentro de esta podrá modificar la dirección de correspondencia, notificaciones y otras que requiera.
Este cambio podrá realizarlo siempre y cuando no contemple el cambio de lugar de pago, mismo que significa un cambio de sucursal adscrita, por ejemplo, si desea cambiar la dirección donde pasa de Guadalupe a Desamparados o de Palmares a Naranjo, tendrá que solicitar el trámite por medio de formulario, puede encontrarlo en siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/tramites en la opción “Trabajadores y Patronos” selecciona “Patronos” y ahí busca el que dice “actualización de los datos patronales en el SICERE (1. actualización de correo electrónico y teléfono/ 2. cambio de dirección)”, donde puede conocer la información para el trámite.
¿Cómo realizar una inactivación de planilla? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo realizar una inactivación de planilla?
Para realizar la inactivación patronal, puede hacerlo de las siguientes formas:
Por medio de la oficina virtual con usuario y contraseña del patrono, en el periodo del 26 de cada mes al cuarto día hábil del mes siguiente, tomando en cuenta los siguientes requisitos:
Haber excluido el periodo pasado a todos sus trabajadores.
No haber presentado la planilla actual
No tener ningún trámite en Inspección.
No haber realizado inclusiones adelantadas
Lo podrá hacer en la opción de “Información patronal” selecciona “Inactivación patronal”, ahí debe colocar la fecha de la inactivación y la razón de la inactivación (debe indicar por lo menos 50 caracteres).
De forma automática, al excluir a todos los trabajadores de la planilla, después de tres meses sin personas registradas, el número patronal se va a inactivar automáticamente.
Solicitar el trámite para una inactivación de planillas, puede encontrarlo en siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/tramites en la opción “Trabajadores y Patronos” selecciona “Patronos” y ahí busca el que dice “Inactivación de planilla”, donde puede conocer la información para el trámite.
A continuación, se muestra acceso a video tutorial con información de la gestión de inactivación de planilla desde la oficina virtual CCSS:
¿Cómo sabe el patrono cuál es el monto que fue exonerado en la planilla, tanto por aportes de sus trabajadores, como por aportes realizados por él como patrono? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo sabe el patrono cuál es el monto que fue exonerado en la planilla, tanto por aportes de sus trabajadores, como por aportes realizados por él como patrono?
El patrono puede consultar directamente desde la Oficina Virtual CCSS la información correspondiente a las exoneraciones aplicadas en la planilla mensual, para lo cual pueden acceder a la pestaña "Planilla", luego en "Reportes" se desplegarán las opciones, donde están las "Exoneraciones de Trabajadores" y las "Exoneraciones Patronales".
Al generar el reporte, se desplegará un documento en pantalla donde se observan los trabajadores y montos aplicados para el mes seleccionado.
¿Cómo saben los trabajadores cuál es el monto que les fue exonerado en la planilla? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo saben los trabajadores cuál es el monto que les fue exonerado en la planilla?
El o la trabajadora puede consultar directamente desde la Oficina Virtual CCSS la información correspondiente a las exoneraciones aplicadas en la planilla mensual, para lo cual pueden acceder a la pestaña "Asegurado", luego en "Exoneraciones" se desplegará un documento en pantalla donde se observan los montos aplicados a la exoneración.
¿Cuál es el porcentaje que exonera el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador? -
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¿Cuál es el porcentaje que exonera el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador?
Hasta un diez por ciento (10%), del ingreso bruto mensual del trabajador en el caso del trabajo dependiente/o y hasta el diez por ciento (10%), del ingreso bruto anual de las personas físicas con actividades lucrativas.
¿Cuáles son las cargas sociales que se exoneran según el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador? -
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¿Cuáles son las cargas sociales que se exoneran según el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador?
Si el aporte lo realiza el Trabajador, las cargas sociales que se exoneran son los siguientes:
a) Cuota Obrera del Régimen de Invalidez, Vejes y Muerte
b) Cuota Obrera del Seguro de Salud, Enfermedad y Maternidad.
Si el aporte lo realiza el Patrono, las cargas sociales que se exoneran son las siguientes:
a) Cuota Patronal del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.
b) Cuota Patronal del Seguro de Salud, Enfermedad y Maternidad.
c) Instituto Nacional de Aprendizaje. c) Instituto Mixto de Ayuda Social.
d) Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares.
e) Banco Popular y de Desarrollo Comunal.
¿En qué momento se aplica la exoneración que establece el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador? -
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¿En qué momento se aplica la exoneración que establece el artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador?
El cálculo se realiza en el momento de la facturación de la planilla, utilizando la información que suministran las Operadoras de Pensiones, respecto de los aportes que se hayan recibido en los Planes Voluntarios de Pensiones.
¿Las cuotas obrero patronales se calculan sobre el 100% del salario de una trabajadora con licencia por maternidad? -
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¿Las cuotas obrero patronales se calculan sobre el 100% del salario de una trabajadora con licencia por maternidad?
Según lo analizado por la Dirección Jurídica de la CCSS, cuando se trate del pago de las cuotas del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS, en aquellos casos de mujeres embarazadas que disfrutan de una licencia por maternidad, debe aplicarse el párrafo segundo del artículo 95 del código de trabajo; es decir, el pago de dichas cuotas corresponderá al patrono y a la trabajadora sobre la totalidad del salario devengado durante la licencia.
Entre lo normado en los artículos 55 y 59 del reglamento del Seguro de Salud y el artículo 95 del Código de Trabajo; es aplicable lo establecido en este último, por ser una norma con un grado jurídico superior.
Por lo tanto, para no interrumpir la cotización durante ese periodo, el patrono y la trabajadora deben aportar sus contribuciones sociales por la totalidad del salario devengado.
¿Cómo saber si el trabajador que ingresé en planilla ya tiene derecho a ser atendido? -
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¿Cómo saber si el trabajador que ingresé en planilla ya tiene derecho a ser atendido?
¿Qué es el Sistema de Grandes Contribuyentes? -
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¿Qué es el Sistema de Grandes Contribuyentes?
Actualmente, existe un sistema alterno para la gestión de planillas el cual es el de Grandes Contribuyentes.
Para éste el único requisito es contar con más de 100 empleados.
El mismo funciona mediante un sistema que programa un ingeniero informático o similar en la empresa que lo desea y éste genera un archivo de texto TXT, mismo que debe ser enviado a una dirección de correo específica y es validado mediante el sistema.
Además, existe una asesoría a la que se pueden inscribir en la agenda patronal, desde el sitio web de la CCSS www.ccss.sa.cr/agenda.
Si tiene dudas puede dirigir sus consultas por medio del formulario de contacto dispuesto en la página principal de la Caja Costarricense del Seguro, el cual se encuentra en la siguiente dirección web https://www.ccss.sa.cr/contacto
¿Qué es la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué es la Oficina Virtual CCSS?
Es el medio interactivo que la CCSS le proporciona para la atención de los trámites generales vía web, donde podrá generar su orden patronal digital, estudio de salarios, aportaciones, traslados de operadora de pensiones, facturar en el caso de los patronos, entre otros servicios.
¿Es obligatorio registrarse en la Oficina Virtual CCSS? -
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¿Es obligatorio registrarse en la Oficina Virtual CCSS?
No es obligatorio el registro a la Oficina Virtual CCSS dado que, para atención médica, ya no se solicitará la orden patronal y es por medio de los sistemas institucionales que se verificará la condición de aseguramiento. No obstante, de requerir algún reporte digital referente a salarios y cotizaciones, es requerido que los descargue desde la Oficina Virtual CCSS.
¿Cualquier persona puede acceder a la Oficina Virtual CCSS? -
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¿Cualquier persona puede acceder a la Oficina Virtual CCSS?
La Oficina Virtual CCSS ha abierto el espacio para que todo trabajador nacional que tenga patrono Físico o Jurídico, trabajador extranjero con DIMEX asociado al número de asegurado en SICERE, Trabajador Independiente o Asegurado Voluntario, con el número de alguna de las últimas seis (6) facturas, pueda ingresar a utilizar los servicios que brinda la Institución desde esta nueva plataforma.
¿Cómo registrarse en la Oficina Virtual CCSS y obtener la orden patronal? -
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¿Cómo registrarse en la Oficina Virtual CCSS y obtener la orden patronal?
Si requiere generar su orden patronal digital, debe registrarse en Oficina Virtual CCSS ingresando a la siguiente dirección:
Para el registro, necesitará tener a mano su cédula y el número patronal en el que se encuentra en planilla o bien el recibo de trabajador independiente o asegurado voluntario (últimos seis meses).
Para generar su orden patronal digital, debe ingresar a la pestaña "Asegurado", luego a la opción "Orden Patronal".
Seguidamente, se le desplegarán los datos de su patrono (nombre y número patronal de la empresa).
De clic en "Generar Orden Patronal Digital", para que se le descargue el documento.
¿Qué hacer cuando el usuario no puede registrarse en la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué hacer cuando el usuario no puede registrarse en la Oficina Virtual CCSS?
Si tiene problema para registrarse, debe gestionar acceso a la Oficina Virtual CCSS por la página principal de la CCSS en la siguiente dirección web: https://www.ccss.sa.cr/contacto
Por la emergencia nacional, se habilitó la ayuda por medio de Facebook. Ingrese al Facebook, haga clic en la lupa de “Buscar”, digite “Dirección SICERE, CCSS” y hace clic en “Enviar Mensaje”.
El horario de atención es de lunes a viernes de 7 am - 4 pm (Horario de atención Virtual).
Si soy trabajador extranjero con cédula de residencia DIMEX o en proceso de trámite, ¿cómo puedo obtener mi clave de acceso a la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
Si soy trabajador extranjero con cédula de residencia DIMEX o en proceso de trámite, ¿cómo puedo obtener mi clave de acceso a la Oficina Virtual CCSS?
Puede realizar el proceso de auto registro en línea de la Oficina Virtual CCSS, debe tomar en cuenta que si es extranjero, debe tener asignado el número de asegurado para trabajador extranjero y, tener ligado el número de cédula de residencia DIMEX con el número de asegurado para trabajador extranjero, de lo contrario, el sistema le generará un mensaje que indica lo anterior y deberá realizar el registro por la página principal de la CCSS en la siguiente dirección web: https://www.ccss.sa.cr/contacto
Por la emergencia nacional, se habilitó la ayuda por medio de Facebook. Ingrese al Facebook, haga clic en la lupa de “Buscar”, digite “Dirección SICERE, CCSS” y hace clic en “Enviar Mensaje”.
El horario de atención es de lunes a viernes de 7 am - 4 pm (Horario de atención Virtual).
¿Qué es el número NIP? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué es el número NIP?
Le informamos que el NIP (Número de Identificación Personal), es un código de cuatro dígitos que se remite al número de celular que suministró en el proceso de registro en línea a la Oficina Virtual CCSS.
¿Qué pasa si no me llega el correo, el NIP o ambos? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué pasa si no me llega el correo, el NIP o ambos?
Puede realizar nuevamente el proceso de registro, ingrese al servicio “Quiero registrarme” y complete el paso N°1 y al hacer “clic” en siguiente, el Sistema mostrará en pantalla una sugerencia de que, si desea remitir de nuevo la información, tanto de NIP como el correo con el acceso para finalizar el registro.
¿Qué debo realizar si desconozco la cédula jurídica o física del patrono/Recibo TI o AV? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo realizar si desconozco la cédula jurídica o física del patrono/Recibo TI o AV?
Ese dato debe consultarlo directamente con su patrono, puede dirigirse a la unidad de recursos humanos o al encargado de planilla.
Debe indicar los primeros 10 dígitos de la misma, ejemplo: 3109909612, si se trata de una cédula física, debe indicar el número en formato de 9 dígitos.
En el caso de Trabajador Independiente o Asegurado Voluntario debe utilizar el número de alguna de las últimas seis (6) facturas.
¿Qué debo realizar si no coinciden los datos registrados? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo realizar si no coinciden los datos registrados?
Verifique que sus datos personales estén exactamente iguales a como están registrados en el Tribunal Supremo de Elecciones; ingrese al siguiente enlace para verificar la información:
Si desea verificar la fecha de vencimiento de su cédula, ingrese a la pestaña LUGAR DE VOTACION/ MOSTRAR/ DETALLES.
¿Qué debo realizar si el teléfono registrado está asignado a otra persona? -
Oficina Virtual CCSS
¿Qué debo realizar si el teléfono registrado está asignado a otra persona?
En caso de que el usuario haya digitado mal el número telefónico o el mismo ya había sido utilizado por algún otro usuario en un proceso de registro anterior, debe solicitar la actualización por la página principal de la CCSS en la siguiente dirección web: https://www.ccss.sa.cr/contacto
Por la emergencia nacional, se habilitó la ayuda por medio de Facebook. Ingrese al Facebook, hace clic en la lupa de “Buscar”, digite “Dirección SICERE, CCSS” y hace clic en “Enviar Mensaje”.
El horario de atención es de lunes a viernes de 7 am - 4 pm (Horario de atención Virtual).
¿Cómo obtener el reporte de la historia de cotizaciones o salarios reportados a la CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo obtener el reporte de la historia de cotizaciones o salarios reportados a la CCSS?
Para obtener el reporte de la historia de cotizaciones o salarios reportados a la CCSS, debe dirigirse a la pestaña “Asegurado” y luego a “Historia de cotizaciones”.
Ahí debe colocar las fechas deseadas y se generará un archivo PDF con la historia de cotizaciones en una ventana emergente.
La Oficina Virtual CCSS tiene registros desde marzo de 2001 a la fecha.
Si desea verificar cotizaciones anteriores a la fecha mencionada, debe enviar un correo a la Gerencia de Pensiones de la CCSS a: IVM-servicios@ccss.sa.cr
O bien puede inscribirse en el sitio web de la Gerencia de Pensiones de la CCSS en el siguiente enlace:
¿Cómo puedo obtener las cuotas anteriores al 2001? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo obtener las cuotas anteriores al 2001?
La Oficina Virtual CCSS tiene registros a partir de marzo del 2001 a la fecha. Si desea verificar cotizaciones anteriores a la fecha mencionada, debe enviar un correo a la Gerencia de Pensiones de la CCSS a: IVM-servicios@ccss.sa.cr
O bien puede inscribirse en la página de la Gerencia de Pensiones de la CCSS en el siguiente enlace:
¿Cómo puedo actualizar mis datos personales? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo actualizar mis datos personales?
Para actualizar sus datos registrados en la Oficina Virtual CCSS como asegurado, debe solicitar la actualización por la página principal de la CCSS en la siguiente dirección web: https://www.ccss.sa.cr/contacto
Por la emergencia nacional, se habilitó la ayuda por medio Facebook. Ingrese al Facebook, haga clic en la lupa de “Buscar”, digite “Dirección SICERE, CCSS” y hace clic en “Enviar Mensaje”.
El horario de atención es de lunes a viernes de 7 am - 4 pm (Horario de atención Virtual).
¿Cómo realizar un cambio de correo electrónico registrado como asegurado? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo realizar un cambio de correo electrónico registrado como asegurado?
Si requiere realizar un cambio de correo electrónico y teléfonos registrados en la Oficina Virtual CCSS como asegurado voluntario, asalariado o trabajador independiente, debe solicitar la actualización por la página principal de la CCSS en la siguiente dirección web: https://www.ccss.sa.cr/contacto
Por la emergencia nacional, se habilitó la ayuda por medio Facebook. Ingrese al Facebook, haga clic en la lupa de “Buscar”, digite “Dirección SICERE, CCSS” y hace clic en “Enviar Mensaje”.
El horario de atención es de lunes a viernes de 7 am - 4 pm (Horario de atención Virtual).
¿Cómo puedo ingresar a la Oficina Virtual para trasladarme de Operadora de Pensiones? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cómo puedo ingresar a la Oficina Virtual para trasladarme de Operadora de Pensiones?
Para realizar el traslado de operadora de pensiones siga los siguientes pasos:
Si ingresa con usuario y contraseña:
a) Ingresar al portal web de la CCSS: www.ccss.sa.cr b) Pulsar click a la pestaña “Servicios en Línea” y seguidamente “Oficina Virtual CCSS”. c) Debe digitar el usuario y contraseña y pulsar click en el botón “Ingresar” d) Seleccionar el menú “Afiliación OPC” y seleccionar la opción “Libre Transferencia”. e) Pulsar click en el botón “Validar” para verificar si cuenta con el requisito para realizar el trámite. f) En caso de que cumpla con el requisito debe presionar el botón “Gestionar”. g) En la pantalla “Gestión de Afiliaciones” seleccionar la Entidad Destino (operadora de pensiones a la cual desea trasladar el o los fondos FCL y/o ROP). h) Finalmente, pulsa el botón “Grabar” para aplicar el traslado.
Si ingresa con firma digital:
a) Ingresar al portal web de la CCSS: www.ccss.sa.cr b) Pulsar click a la pestaña “Servicios en Línea” y seguidamente “Oficina Virtual CCSS”. c) Seleccionar la opción “Certificado Digital” para autenticar su usuario. d) Seleccionar el menú “Afiliación OPC” y seleccionar la opción “Libre Transferencia”. e) Pulsar click en el botón “Validar” para verificar si cuenta con el requisito para realizar el trámite. f) En caso de que cumpla con el requisito debe presionar el botón “Gestionar”. g) En la pantalla “Gestión de Afiliaciones” seleccionar la Entidad Destino (operadora de pensiones a la cual desea trasladar el o los fondos FCL y/o ROP). h) Finalmente, pulsa el botón “Firmar y Grabar” donde deberá firmar la transacción y así aplicar el traslado en el sistema.
El traslado de operadora de pensiones también puede ser solicitado directamente en la operadora en la cual se encuentra afiliado actualmente.
¿Cómo puedo asegurar una empleada doméstica desde la Oficina Virtual CCSS si ya poseo acceso como asegurado al sistema? -
Servicio doméstico
¿Cómo puedo asegurar una empleada doméstica desde la Oficina Virtual CCSS si ya poseo acceso como asegurado al sistema?
Para realizar la inscripción como patrono de servicio doméstico, puede realizarlo dese la Oficina Virtual CCSS, esto si posee un perfil de trabajador (donde se genera la orden patronal).
Dentro del sistema debe dirigirse a la pestaña "Asegurado", luego seleccione la opción “Servicio Doméstico” y complete el formulario que se muestra en pantalla, respetando todos los datos que se solicitan.
Si no posee acceso a la Oficina Virtual CCSS, debe presentarse al Departamento de Inspección de la sucursal más cercana de la Caja Costarricense de Seguro Social o en el edificio El Hierro, mismo que se encuentra en San José, 125 metrosal este de las Oficinas Centrales de la CCSS.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la modalidad de Base Mínima Contributiva Reducida de servicio doméstico? -
Servicio doméstico
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la modalidad de Base Mínima Contributiva Reducida de servicio doméstico?
Los requisitos para acceder a la modalidad de Base Mínima Reducida son:
1. Estar al día con el pago de las obligaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social. 2. Domiciliar una cuenta bancaria (IBAN) registrada a su nombre y en colones, con el propósito de que la CCSS realice el cobro de las cargas sociales de forma automática y segura. 3. Reportar en las planillas de la CCSS un salario de la trabajadora doméstica que sea, al menos, proporcional a la jornada laboral que cumple con el salario mínimo de ley establecido para el Servicio Doméstico. 4. Aportar el correo electrónico y el número de teléfono celular de la trabajadora doméstica.
¿Cuáles ventajas existen para el patrono al asegurar a su trabajadora doméstica bajo esta modalidad? -
Servicio doméstico
¿Cuáles ventajas existen para el patrono al asegurar a su trabajadora doméstica bajo esta modalidad?
Se identifican las siguientes ventajas:
• El concepto de cuotas obrero patronales se calcula sobre la Base Mínima Contributiva Reducida, por lo que el monto a cancelar es menor, esto según el salario reportado por el patrono.
• Puede realizar el registro de la planilla por medio de la Oficina Virtual CCSS, misma que funciona las 24 horas al día, los siete días de la semana.
¿La inscripción o reanudación patronal de servicio doméstico se puede realizar en forma presencial? -
Servicio doméstico
¿La inscripción o reanudación patronal de servicio doméstico se puede realizar en forma presencial?
Puede realizar la inscripción y reanudación patronal por medio de la Oficina Virtual CCSS.
Además, puede realizarla de manera presencial en las Oficinas Centrales o Sucursales de la CCSS.
El plataformista o inspector le ayudará con el proceso de aseguramiento.
¿Qué documentos se debe aportar al realizar la inscripción o reanudación patronal por medio de la Oficina Virtual CCSS? -
Servicio doméstico
¿Qué documentos se debe aportar al realizar la inscripción o reanudación patronal por medio de la Oficina Virtual CCSS?
No debe aportar ningún documento.
Únicamente, debe registrar la información que el sistema le solicita: lugar de trabajo, teléfono, correo electrónico, cuenta bancaria a su nombre y los datos de la trabajadora doméstica que va a asegurar, incluyendo número de cédula -si es nacional-, número de asegurado -si es extranjera-, teléfono, correo electrónico, tipo de seguro, salario y tipo de jornada.
¿Qué pasos se deben seguir cuando se solicita la inscripción o reanudación de servicio doméstico de forma presencial en las sucursales de CCSS? -
Servicio doméstico
¿Qué pasos se deben seguir cuando se solicita la inscripción o reanudación de servicio doméstico de forma presencial en las sucursales de CCSS?
Debe realizar los siguientes pasos:
• Presentar su documento de identificación vigente y en buen estado, completar y firmar el formulario de Inscripción o Reanudación de Servicio Doméstico.
• Presentar copia del documento de identificación de las trabajadoras.
• Si la trabajadora es extranjera y posee el carné de asegurada y la resolución del estatus migratorio, debe presentar copia.
Si soy un patrono extranjero, ¿puedo registrarme como patrono de servicio doméstico en la Oficina Virtual CCSS? -
Servicio doméstico
Si soy un patrono extranjero, ¿puedo registrarme como patrono de servicio doméstico en la Oficina Virtual CCSS?
En el caso de las personas extranjeras, deberán presentarse en la sucursal de la CCSS más cercana debido a que se debe revisar su condición migratoria para poder gestionar la inscripción patronal.
Para más consultas sobre este tema, debe dirigirse al servicio de inspección de la sucursal más cercana o al correo electrónico: consultasinspeccion@ccss.sa.cr
¿En qué consiste la escala de Bases Mínimas Contributivas Reducidas (BMCR) de trabajo doméstico? -
Servicio doméstico
¿En qué consiste la escala de Bases Mínimas Contributivas Reducidas (BMCR) de trabajo doméstico?
Permite que los patronos de las trabajadoras domésticas puedan inscribirse ante la CCSS de forma más simple mediante la Oficina Virtual CCSS; asimismo, en los casos en que los patronos registren salarios inferiores a la Base Mínima Contributiva, puedan acceder a una escala de Bases Mínimas Contributivas Reducidas.
Las BMCR son utilizadas para calcular la cuota de los patronos de trabajadoras domésticas la cual se define según el salario que reciben éstas.
Dichas bases son inferiores a la base utilizada para las demás actividades económicas, lo que significa que las cuotas que se calculan para trabajo doméstico son menores.
¿Por qué cuando ingreso a presentar mi planilla de servicio doméstico me indica el siguiente mensaje "El plan de Base Mínima Reducida se encuentra próximo a vencer ¿Desea ampliarlo?" -
Servicio doméstico
¿Por qué cuando ingreso a presentar mi planilla de servicio doméstico me indica el siguiente mensaje "El plan de Base Mínima Reducida se encuentra próximo a vencer ¿Desea ampliarlo?"
La afiliación en el modelo de Base Mínima Contributiva Reducida tiene un plazo de 12 meses.
El sistema le solicitará, con dos meses de antelación, la renovación del plan.
En caso de no desear seguir bajo esta modalidad, debe indicar "No" al mensaje.
Si desea continuar con el plan, indique "SI" al mensaje.
Se adjunta video tutorial para actualizar la información para mantenerse registrado bajo la modalidad de Base Mínima Reducida Servicio Doméstico:
Si ya soy patrono de servicio doméstico, ¿cómo registro la información para optar por la Base Mínima Contributiva Reducida? -
Servicio doméstico
Si ya soy patrono de servicio doméstico, ¿cómo registro la información para optar por la Base Mínima Contributiva Reducida?
Durante el periodo de gestión de la planilla, es decir, del 26 de cada mes hasta el cuarto día hábil del mes siguiente, domicilie su cuenta bancaria mediante la opción "Domiciliar Cuenta" del menú "Pago de Facturas". Debe mantenerla en débito automático, ya que es un requisito indispensable.
Posteriormente, ubique a la trabajadora en su planilla y seleccione la opción "Movimientos".
En la ventana emergente, seleccione la pestaña "Base Mínima Reducida" y registre el correo electrónico y número de teléfono celular de la trabajadora.
Finalmente, presione el botón "Afiliar Trabajador" para confirmar la transacción.
El sistema le mostrará un mensaje indicando que la información fue registrada correctamente.
Recuerde que, para realizar esta transacción, debe estar al día con el pago de las obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.
Se adjunta video tutorial de como registrarse bajo la modalidad de Base Mínima Reducida Servicio Doméstico: https://www.youtube.com/watch?v=FQg8freXWKE&index=22&list=PLawVDFH_R_QIiHnsj24qfiZNrQwMiE5Db
¿Qué debe realizar el patrono que quedó por fuera del régimen de servicio doméstico por Base Mínima Contributiva Reducida y desea volver a ser patrono dentro de este régimen? -
Servicio doméstico
¿Qué debe realizar el patrono que quedó por fuera del régimen de servicio doméstico por Base Mínima Contributiva Reducida y desea volver a ser patrono dentro de este régimen?
Debe verificar si posee alguna factura u otro pendiente con la CCSS. Si posee, debe pagarlo y luego realizar la gestión.
Si no tiene pendientes, debe seguir estos pasos:
1. Presente su planilla. 2. Ingrese a la opción "Movimientos". Luego en "Base Mínima Reducida", verifique que su trabajadora tenga el correo electrónico y teléfono, si no los tiene, debe digitarlos y luego darle clic a la opción "guardar". 3. Revise que su cuenta IBAN esté correctamente domiciliada y en débito automático, esto desde la pestaña "Pago de facturas", "Domiciliar cuenta". 4. Puede proceder a facturar su planilla.
Posteriormente, debe revisar que su planilla esté nuevamente dentro del régimen de servicio doméstico. Esto lo puede verificar con el monto facturado, o bien, generando el reporte "Detalle de facturación" desde la pestaña "Planilla".
En la siguiente dirección web puede ver un video tutorial de la gestión:
¿Qué sucede cuándo la trabajadora doméstica posee múltiples patronos?
Si la trabajadora doméstica tiene múltiples patronos, todos están en la obligación de asegurarla, con la ventaja de que, cuantos más patronos cumplan con el aseguramiento responsable, menor será el monto que pagará cada uno, en virtud de que la cuota de su trabajadora se dividirá entre todos, según la distribución del salario total que ésta recibe y los ajustes que se realicen a la Base Mínima Contributiva Reducida.
Si incluyo un nuevo trabajador de servicio doméstico en la planilla, ¿debo registrarle la información de correo y número celular? -
Servicio doméstico
Si incluyo un nuevo trabajador de servicio doméstico en la planilla, ¿debo registrarle la información de correo y número celular?
Si requiere ingresar un nuevo trabajador de servicio doméstico en la planilla, debe registrar la información de correo y número celular dado que es requisito para permanecer bajo la modalidad de Base Mínima Reducida.
¿Cómo registrarse en la Oficina Virtual CCSS y obtener de la orden patronal? -
Orden Patronal
¿Cómo registrarse en la Oficina Virtual CCSS y obtener de la orden patronal?
Si requiere generar su orden patronal digital, debe registrarse en Oficina Virtual CCSS ingresando a la siguiente dirección:
Para el registro, necesitará tener a mano su cédula y el número patronal en el que se encuentra en planilla o bien, el recibo de trabajador independiente o asegurado voluntario (últimos seis meses).
Para generar su orden patronal digital, debe ingresar a la pestaña "Asegurado", luego a la opción "Orden Patronal", seguidamente se le desplegarán los datos de su patrono (nombre y número patronal de la empresa).
De click en "Generar Orden Patronal Digital" para que se le descargue el documento.
¿Dónde verifico el monto del salario que reporta mi patrono a la CCSS? -
Orden Patronal
¿Dónde verifico el monto del salario que reporta mi patrono a la CCSS?
Al ingresar en la Oficina Virtual CCSS accederá a la versión digital de su orden patronal, misma que contiene el reporte salarial realizado por el patrono.
Además, podrá obtener más información de su historial de cotizaciones, desde marzo del 2001 a la fecha, mediante el reporte "Historia de cotizaciones".
Si el monto del salario reportado a la CCSS es menor al que devengo, ¿a dónde puedo acudir? -
Orden Patronal
Si el monto del salario reportado a la CCSS es menor al que devengo, ¿a dónde puedo acudir?
Debe solicitar un estudio por subdeclaración salarial en la Dirección de Inspección de la sucursal de la CCSS más cercana a su sitio de trabajo.
Es importante que aporte comprobantes de los pagos o de las transferencias de salario que recibe de su patrono.
¿Con cuál entidad se realiza el trámite de inscripción de pólizas? -
Crédito hipotecario
¿Con cuál entidad se realiza el trámite de inscripción de pólizas?
La aseguradora con la que trabaja la institución en el proceso de pólizas para los créditos hipotecarios es el Instituto Nacional de Seguros (INS).
Cualquier trámite para formalización y consultas adicionales sobre las pólizas se puede dirigir con el funcionario del INS, el Sr. Henry Reyes Bustillos, mediante el correo electrónico hreyesinsservicios@ins-cr.com o al teléfono 2287-6000, extensión 3351, en horario de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.
¿Qué es un Aseguramiento por el Estado? -
Seguros por el Estado
¿Qué es un Aseguramiento por el Estado?
El Aseguramiento por Cuenta del Estado comprende un régimen de protección especial que otorga la Caja a aquellos núcleos familiares compuestos por personas que no tengan la obligación de cotizar en alguno de los regímenes contributivos que administra dicha Institución, y que se encuentren ya sea en condición de indigencia médica por tratarse de un núcleo familiar que no puede satisfacer sus necesidades s de alimentación, vestuario, vivienda y salud, por cuanto los ingresos son inferiores al salario más bajo de la última fijación de salarios mínimos, o bien se trate de un núcleo familiar que tenga ingresos iguales o superiores al salario más bajo de la última fijación de salarios mínimos, pero estos son insuficientes para satisfacer sus necesidades s, para cuya determinación se tomara en cuenta sus ingresos totales en relación con el número de miembros, sus edades, su situación socioeconómica y su nivel de vida en general.
¿Quién puede ser Asegurado por el Estado? -
Seguros por el Estado
¿Quién puede ser Asegurado por el Estado?
Para recibir un Aseguramiento definitivo por Cuenta del Estado, el núcleo familiar debe cumplir la condición obligatoria de haber sido calificado y declarado en condición de Pobreza Extrema o Pobreza, por parte del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), e incluido como beneficiario en la base de datos del SINIRUBE, así como no contar con ninguna otra modalidad de aseguramiento de las establecidas por el Seguro de Salud de la Caja.
¿En qué lugar se solicita el Aseguramiento por el Estado? -
Seguros por el Estado
¿En qué lugar se solicita el Aseguramiento por el Estado?
En la Unidad de validación y Facturación de Servicios Médicos del establecimiento de salud más cercano a su vivienda.
¿Qué es el beneficio provisional del Seguro por el Estado? -
Seguros por el Estado
¿Qué es el beneficio provisional del Seguro por el Estado?
En casos de primera vez y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Ejecutivo 17898-S, la Caja podrá extender al solicitante un beneficio provisional hasta por un plazo máximo de tres meses, mientras completa su trámite de incorporación como beneficiario definitivo ante el IMAS.
¿Requisitos para obtener el beneficio provisional de aseguramiento por el Estado? -
Seguros por el Estado
¿Requisitos para obtener el beneficio provisional de aseguramiento por el Estado?
Como condiciones para recibir el beneficio provisional el solicitante no debe haber utilizado este beneficio anteriormente, no debe contar en el momento de la solicitud con ninguna modalidad de aseguramiento de las establecidas por el Seguro de Salud de la Caja y además el solicitante señale no debe tener capacidad de pago.
¿Cuáles son los requisitos para optar por un aseguramiento por el Estado definitivo? -
Seguros por el Estado
¿Cuáles son los requisitos para optar por un aseguramiento por el Estado definitivo?
Qué debo presentar como requisito único para solicitar este beneficio, el interesado deberá aportar documentos de identificación suyo y de todo su núcleo familiar vigentes y en buen estado; en el caso de nacionales la Cédula de Identidad o Tarjeta de identificación de menores (TIM), y en el caso de extranjeros la Cédula de Residencia (DIMEX) o Resolución Administrativa emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería que indique la aprobación de su estatus migratorio como residente legal en el país; para el caso de menores de edad extranjeros Cédula de Residencia (DIMEX), Pasaporte o Constancia de Nacimiento autenticada o apostillada.
¿Cuál es la vigencia del beneficio de Aseguramiento por el Estado definitivo? -
Seguros por el Estado
¿Cuál es la vigencia del beneficio de Aseguramiento por el Estado definitivo?
El beneficio definitivo se extenderá por un plazo máximo de 5 años o por el plazo de vigencia de la condición de Pobreza Extrema o Pobreza si así lo indica el SINIRUBE.
Se exceptúan de dicha disposición aquellos casos en donde el documento de identificación del solicitante presente una vigencia inferior a los plazos antes referidos, en cuyo caso el beneficio sólo podrá extenderse hasta por el plazo de vigencia de dicho documento, se mantendrá vigente mientras el usuario mantenga su condición de beneficiario que lo califica en condición de Pobreza Extrema o Pobreza y sea reportado como tal en el SINIRUBE. Asimismo dicho beneficio cesará en el momento que el beneficiario adquiera alguna modalidad de aseguramiento contributivo que administra la Caja o por fallecimiento.
¿Quién realiza la facturación a un Trabajador Independiente moroso? -
Trabajador Independiente
¿Quién realiza la facturación a un Trabajador Independiente moroso?
Es función de las Unidades de Validación y Facturación de Servicios Médicos, verificar si el asegurado enviado por los funcionarios de Registros Médicos, cuenta con la condición de morosidad y de cumplirse ese estado, realizar el registro de la facturación de los Servicios Médicos brindados; en la aplicación de la página Web creada por la Institución para ese fin; incluyendo todos aquellos procedimientos de diagnóstico y tratamiento, descritos en el Expediente, aplicados a la persona que recibió el servicio.
¿Por qué se facturan los servicios brindados a un Patrono o a un Trabajador independiente moroso? -
Oficina Virtual CCSS
¿Por qué se facturan los servicios brindados a un Patrono o a un Trabajador independiente moroso?
De acuerdo al artículo 36 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, no se negarán las prestaciones del Seguro de Enfermedad y Maternidad al trabajador asegurado, cuyo patrono se encuentra moroso en el pago de las cuotas obrero-patronales. En el caso de mora por más de un mes, la institución tendrá derecho a cobrar al patrono el valor íntegro de las prestaciones otorgadas hasta el momento en que la mora cese.
¿Quién realiza la facturación a un patrono moroso? -
Oficina Virtual CCSS
¿Quién realiza la facturación a un patrono moroso?
Es función de las Unidades de Validación y Facturación de Servicios Médicos, verificar si el asegurado enviado por los funcionarios de Registros Médicos, cuenta con la condición de morosidad y de cumplirse ese estado, realizar el registro de la facturación de los Servicios Médicos brindados; en la aplicación de la página Web creada por la Institución para ese fin; incluyendo todos aquellos procedimientos de diagnóstico y tratamiento, descritos en el Expediente, aplicados a la persona que recibió el servicio.
¿Cuándo se le facturan los servicios a un Voluntario Moroso (Directo o beneficiario)? -
Seguro voluntario
¿Cuándo se le facturan los servicios a un Voluntario Moroso (Directo o beneficiario)?
Cuando al accesar a los servicios de salud presente un día o más de atraso en el pago de su cuota mensual.
¿Qué es una protección a Cargo del Estado? -
Protecciones a cargo del Estado
¿Qué es una protección a Cargo del Estado?
Protección que se brinda a personas sin ninguna modalidad de aseguramiento, cubiertas por alguna ley o norma especial.
¿Cuándo se aplica una Ley o norma especial? -
Protecciones a cargo del Estado
¿Cuándo se aplica una Ley o norma especial?
Cuando la persona no cuente con una modalidad de aseguramiento de las que administra la institución y cumpla con los requisitos establecidos por cada Ley, Norma o Decreto.
¿Qué es un No asegurado? -
No asegurados con capacidad de pago
¿Qué es un No asegurado?
Habitante del país con capacidad contributiva y que elige no contribuir al seguro de salud
¿Cómo se procede cuando un No Asegurado accesa los servicios de Salud? -
No asegurados con capacidad de pago
¿Cómo se procede cuando un No Asegurado accesa los servicios de Salud?
Artículo 61° De la prestación de servicios a usuarios sin modalidad de aseguramiento.
En caso de usuarios sin modalidad de aseguramiento, cuando la atención sea urgente, serán atendidos de inmediato, bajo su responsabilidad económica, entendiéndose que el pago podrá hacerse, en esta hipótesis, después de recibir la atención médica.
Si el usuario se presenta sin su documento de identidad, será atendido si se trata de urgencia o de emergencia, si dentro de los tres días posteriores a la fecha en que concluyó la primera atención médica, no presenta documento de identidad, el servicio le será facturado y cobrado por las vías que fueren pertinentes.
En caso de que la atención no sea de urgencia o de emergencia, el pago deberá efectuarse por el usuario sin modalidad de aseguramiento antes de recibir la atención, sin perjuicio de poner a su disposición las alternativas de aseguramiento que ofrece la Institución.
¿Quién realiza la facturación? -
No asegurados con capacidad de pago
¿Quién realiza la facturación?
Es función de las Unidades de Validación y Facturación de Servicios Médicos la facturación de los servicios brindados a los No Asegurados.
¿Qué es un riesgo excluido -
Riesgos excluidos
¿Qué es un riesgo excluido
Son los riesgos cuya cobertura sea obligatoria y no estén comprendidos dentro de los que contemplan los seguros sociales que gobierna y administra la Caja (Invalidez, Vejez y Muerte. Enfermedad y Maternidad)
A su vez, se prestan servicios a una persona lesionada producto del acaecimiento de un accidente de tránsito o riesgo laboral en los establecimientos de salud en la Caja Costarricense de Seguro Social.
¿En qué situación la Caja brinda atención médica a causa de un riesgo excluido? -
Riesgos excluidos
¿En qué situación la Caja brinda atención médica a causa de un riesgo excluido?
La Caja brinda la atención a través de sus establecimientos de salud en casos de personas lesionadas por accidente de tránsito y riesgos del trabajo, que presentan condiciones de urgencia o emergencia.
¿A qué se refiere el Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT)? -
Riesgos excluidos
¿A qué se refiere el Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT)?
Se refiere al seguro cuya póliza cubre los accidentes y las enfermedades que ocurran a los trabajadores con ocasión o por consecuencia del trabajo que desempeñen en forma subordinada y remunerada, así como la agravación o reagravación que resulte como consecuencia de esos accidentes y enfermedades, de conformidad con el artículo 195 del Código de Trabajo.
¿Qué es un accidente de trabajo? -
Riesgos excluidos
¿Qué es un accidente de trabajo?
Todos aquellos accidentes que ocurran a los trabajadores con ocasión del trabajo que desempeñen en forma subordinada y remunerada, así como la agravación o reagravación que resulte como consecuencia directa, inmediata e indudable de esos accidentes y enfermedades. (Artículo 196 del Código de Trabajo).
¿Qué es una enfermedad laboral? -
Riesgos excluidos
¿Qué es una enfermedad laboral?
Se denomina enfermedad laboral a todo estado patológico, que resulte de la acción continuada de una causa, que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora y debe establecerse que éstos han sido la causa de la enfermedad. (Artículo 197 del Código de Trabajo).
¿A qué tipo de prestaciones tiene derecho el trabajador, en caso de sufrir un riesgo del trabajo? -
Riesgos excluidos
¿A qué tipo de prestaciones tiene derecho el trabajador, en caso de sufrir un riesgo del trabajo?
Según el artículo 218 del Código de Trabajo, El trabajador al que le ocurra un riesgo del trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones:
a. Asistencia médico-quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica y de rehabilitación.
b. Prótesis y aparatos médicos que se requieran para corregir deficiencias funcionales.
c. Prestaciones en dinero que, como indemnización por incapacidad temporal, permanente o por la muerte, se fijan en este Código.
d. Gastos de traslado, en los términos y condiciones que establezca el reglamento de este Código.
e. Gastos de hospedaje y alimentación.
f. Readaptación, reubicación y rehabilitación laboral que sea factible otorgar, por medio de las instituciones públicas nacionales especializadas en esta materia, o extranjeras, cuando así lo determine el ente asegurador o, en su caso, lo ordene una sentencia de los tribunales.
¿De quién es la responsabilidad de dar el aviso de accidente por riesgo del trabajo? -
Riesgos excluidos
¿De quién es la responsabilidad de dar el aviso de accidente por riesgo del trabajo?
Corresponde al patrono otorgar el aviso sobre accidente ante la aseguradora
¿Cuántos días tiene el patrono para presentar el aviso de accidente por riesgo del trabajo, de sus colaboradores ante la aseguradora? -
Riesgos excluidos
¿Cuántos días tiene el patrono para presentar el aviso de accidente por riesgo del trabajo, de sus colaboradores ante la aseguradora?
Dentro de los ocho días hábiles siguientes al riesgo de trabajo acaecido.
¿Qué entidad es la encargada del otorgamiento de incapacidades por riesgos del trabajo? -
Riesgos excluidos
¿Qué entidad es la encargada del otorgamiento de incapacidades por riesgos del trabajo?
El otorgamiento y pago de las incapacidades por riesgos del trabajo (accidentes y enfermedades del trabajo), es responsabilidad de las aseguradoras que comercialicen dicho seguro.
¿Qué debo hacer si el patrono no da el aviso de accidente? -
Riesgos excluidos
¿Qué debo hacer si el patrono no da el aviso de accidente?
El lesionado debe hacer la denuncia ante la Aseguradora para que esta proceda conforme a su normativa.
¿Qué significa el término SOA? -
Riesgos excluidos
¿Qué significa el término SOA?
Se refiere al Seguro Obligatorio Para Los Vehículos Automotores regulado en el Capítulo III de la Ley de Tránsito N° 9078
¿Qué es un accidente de tránsito? -
Riesgos excluidos
¿Qué es un accidente de tránsito?
Acción culposa cometida por los conductores de los vehículos, sus pasajeros o los peatones, al transitar por las vías públicas terrestres, las gasolineras, estacionamientos públicos, privados de uso público o comerciales regulados por el Estado, las playas y en las vías privadas. En el accidente de tránsito debe estar involucrado al menos un vehículo y producirse muerte o lesiones de personas y/o daños en los bienes a consecuencia de la infracción a lo dispuestos en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley N° 9078.
¿En qué casos se duplica el monto económico de la póliza de cobertura del seguro de vehículos automotores por persona? -
Riesgos excluidos
¿En qué casos se duplica el monto económico de la póliza de cobertura del seguro de vehículos automotores por persona?
El monto económico de la cobertura de la póliza se duplicará, a efectos de cubrir, exclusivamente, prestaciones médicas, en presencia de alguna de las siguientes situaciones:
· El lesionado no sea asegurado al Régimen de Enfermedad y Maternidad de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
· El lesionado sea menor de dieciocho años de edad.
· Tenga en riesgo la vida del lesionado.
¿Cuántos días hay de tiempo para dar aviso a la aseguradora en caso de un accidente de tránsito? -
Riesgos excluidos
¿Cuántos días hay de tiempo para dar aviso a la aseguradora en caso de un accidente de tránsito?
El plazo para dar el aviso es de diez días hábiles después del accidente.
¿Quién puede presentar el aviso del accidente tránsito ante la aseguradora? -
Riesgos excluidos
¿Quién puede presentar el aviso del accidente tránsito ante la aseguradora?
La víctima o sus familiares podrán dar aviso a la entidad aseguradora, acerca del suceso.
¿Qué tipo de pruebas se deben de presentar a la aseguradora para demostrar el accidente de tránsito? -
Riesgos excluidos
¿Qué tipo de pruebas se deben de presentar a la aseguradora para demostrar el accidente de tránsito?
El lesionado puede presentar a la aseguradora las pruebas que considere pertinentes para demostrar el accidente de tránsito, tales como: parte de tránsito, referencia de algún Centro de Salud de la CCSS, bitácora de Cruz Roja, Bomberos o servicio de ambulancia privada, videos, fotos, entre otros.
¿Cuáles leyes o normas especiales se aplican y a qué poblaciones van dirigidas? -
Protecciones a cargo del Estado
¿Cuáles leyes o normas especiales se aplican y a qué poblaciones van dirigidas?
Leyes | Decretos
Población objetivo
Ley N° 7735 Protección a la madre adolescente embarazada
Adolescentes mujeres mayores de 12 años y menores de 18 en condición de embarazo
Ley N° 7739 Código de la niñez y la adolescencia
Menores de 18 años
Menores de 18 años
Mujeres embarazadas mayores de 18 años (identificadas)
Mujeres embarazadas mayores de 18 años (No identificadas)
Ley N° 8612 Convención Iberoamericana de Derecho de los Jóvenes
Jóvenes entre 18 y 25 años no cumplidos
Decretos Ejecutivos N° 33119-S y 33650-S Cáncer de cuello de útero
Mujeres con citología alterada.
Ley General de Salud, Decreto 30945-S Enfermedades Transmisibles, Directriz 037
Personas que presenten o sean contactos de las enfermedades: Lepra, Tuberculosis, Venéreas, Enfermedades por vectores.
Ley N° 7771 VIH-SIDA
Persona infectada con el VIH y SIDA
Ley de Protección a víctimas, testigos y demás intervinientes en el proceso penal… (Nº 8720)
Personas protegidas por el Ministerio Público
Artículo 61° Reglamento del Seguro de Salud
Extranjera(o) No asegurado(a)
Decreto Ejecutivo 17898-S
Usuario con Aseguramiento por el Estado vencido.
Directriz 010-MP-MIDEPLAN-MTSS-MSP-MGP-MREEE
Persona migrante con protección por decreto.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la modalidad de Base Mínima Contributiva Jornada Parcial? -
Servicio doméstico
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la modalidad de Base Mínima Contributiva Jornada Parcial?
Según acuerdo de Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, en el artículo 6° de la sesión N° 9275, celebrada el 01 de septiembre del año 2022.
A partir de la facturación de enero 2023, entra a regir un ajuste a las reglas de la Base Mínima Contributiva, para los patronos del sector privado que reportan trabajadores que laboran jornadas parciales y con salarios mensuales inferiores a las Bases Mínimas Contributivas.
Seguro de Salud (SEM):
Para el cálculo de las contribuciones del Seguro de Salud, se aplicarán las siguientes disposiciones:
• A partir del 1 de enero de 2023, se fijará una Base Mínima Contributiva reducida equivalente al 50% de la Base Mínima Contributiva vigente para todos los trabajadores asalariados menores a 35 años.
• A partir del 1 de enero de 2024, se fijará una Base Mínima Contributiva reducida equivalente al 50% de la Base Mínima Contributiva vigente para todos los trabajadores asalariados menores a 50 años.
• A partir del 1 de enero de 2025, se fijará una Base Mínima Contributiva reducida equivalente al 50% de la Base Mínima Contributiva vigente para todos los trabajadores asalariados, con total independencia de su edad.
Requisitos:
• Patrono privado.
• Trabajador en Jornada Parcial.
• Cumplir con la edad establecida.
Seguro de Invalidez Vejez y Muerte (IVM):
Para el cálculo de las contribuciones del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, se aplicarán las siguientes disposiciones:
• A partir del 1 de enero de 2023, sobre 25%, 50%, 75% o el 100% de la Base Mínima Contributiva vigente, según corresponda al monto más próximo del salario reportado al trabajador.
A los trabajadores se les acreditarán cuotas proporcionales del 0.25, 0.50, 0.75 o 1.0, en función del porcentaje de la Base Mínima Contributiva vigente sobre el que se hayan pagado las cuotas a cargo de los patronos.
Requisitos:
• Patrono privado
• Trabajador en Jornada Parcial.
• Trabajador con salario inferior a la BMC de IVM (Independientemente la edad).
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi Cónyuge? -
Aseguramiento por Protección Familiar
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi Cónyuge?
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Se verifica el vínculo de matrimonio por medio del Registro Civil de Costa Rica.
En caso de matrimonio registrado en el extranjero, la persona interesada debe presentar constancia de matrimonio apostillada o legalizada y traducida al español.
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi Compañero (a)?: (Que se encuentran viviendo en unión libre/unión de hecho) -
Aseguramiento por Protección Familiar
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi Compañero (a)?: (Que se encuentran viviendo en unión libre/unión de hecho)
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar la Declaración Jurada de Compañero/a firmada por ambas partes, este documento lo puede solicitar en el establecimiento de salud o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/616f2.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi Hijo(a) o hermano(a)? -
Aseguramiento por Protección Familiar
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi Hijo(a) o hermano(a)?
Según sea el caso, deberá presentar:
Hijo(a) o hermano(a) menor de edad biológico, debe presentar lo siguiente:
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Documento de identificación de la persona asegurada directa, acreditar la identificación de la persona menor de edad costarricense con la Tarjeta de Identificación de Menor (TIM) o constancia de nacimiento.
Acreditar el vínculo con esa persona menor de edad:
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Hijo(a) menor de edad Putativo, Usted puede otorgar la protección familiar al hijo(a) menor de edad de su pareja cumpliendo con los siguientes requisitos:
Documento de identificación (Cédula o DIMEX) de la persona asegurada directa y de la madre o padre de la persona menor de edad.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf.
Se verifica que el padre o madre biológico no tenga un aseguramiento directo activo, en caso de que ninguno de los progenitores tenga aseguramiento directo, se proceder con el trámite de aseguramiento por hijo putativo.
Se verifica, a lo interno, que el cónyuge o compañero(a) se encuentre asegurado como protegido familiar del asegurado directo que pretende extender la protección familiar al hijo/a putativo/a.
Acreditar el vínculo de esa persona menor de edad hijo de la pareja:
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos. (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Hijo/a mayor de 18 años de edad y menor de 25 años de edad, estudiante:
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf.
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo:
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos. (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Adjuntar documento emitido por la institución en la que realizan estudios (escuela, colegio, universidad, parauniversitaria, técnica).
Hijo(a) o hermano(a) mayor de edad con discapacidad severa permanente:
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo de hijo(a):
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos. (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Adjuntar documento que acredite que el/ la hijo(a) o hermano(a)) está declarado(a) con discapacidad severa.
Hijo(a) o Hermano(a) cuidador/a madre/padre declarado con discapacidad severa permanente:
Documento de identificación tanto de la persona asegurada directa, protegida familiar y persona a cuidar.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf.
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Completar la Declaración Jurada de cuidador(a) (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/89092.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo de hijo(a)/hermano(a) cuidador(a):
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos. (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Adjuntar documento que acredite que padre o madre está declarado con discapacidad severa.
Hijo(a) o Hermano(a) cuidador(a) de madre/padre mayor de 65 años de edad que requiere cuidados básicos para la vida diaria.
Documento de identificación tanto de la persona asegurada directa, protegida familiar y persona a cuidar.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf.
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Completar la Declaración Jurada de cuidador(a) (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/89092.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo de hijo(a)/hermano(a) cuidador(a):
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos. (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Adjuntar documento que acredite que padre o madre está declarado con discapacidad severa.
Hermano(a) cuidador/a de hermano(a) declarado(a) con discapacidad severa permanente.
Documento de identificación tanto de la persona asegurada directa, protegida familiar y persona a cuidar.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf.
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Completar la Declaración Jurada de cuidador(a) (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/89092.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo de hermano(a) cuidador(a)
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada, en caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos. (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Adjuntar documento que acredite que el/la hermano(a) está declarado(a) con discapacidad severa.
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi madre o padre (consanguíneo o de crianza)? -
Aseguramiento por Protección Familiar
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a mi madre o padre (consanguíneo o de crianza)?
Consanguíneo: Usted puede otorgar la protección familiar a su madre o padre cumpliendo con los siguientes requisitos:
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo entre de hijo(a) asegurado directo y madre o padre por medio de constancia de nacimiento:
Si el nacimiento se encuentra registrado en el Registro Civil de Costa Rica el personal de la Caja se encarga de verificar la información por ese medio, al momento de presentar la documentación para tramitar la protección familiar.
En caso de que el nacimiento esté registrado en el extranjero usted debe presentar la certificación o constancia de nacimiento apostillada o legalizada. En caso de no poder aportar la certificación apostillada o legalizada, podrá presentar la documentación sin apostillamiento o legalizada, pero deberá completar la Declaración Jurada de dos testigos (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/086cb.pdf).
Crianza: Usted puede otorgar la protección familiar a su madre o padre de crianza cumpliendo con los siguientes requisitos:
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Completar la Declaración Jurada de la no obligatoriedad contributiva, firmada únicamente por el posible protegido familiar mayor de edad (El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/a14bf.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
Acreditar el vínculo de hijo(a) por crianza, mediante la Declaración Jurada de relación de crianza ((El establecimiento de salud le hace entrega del documento para que lo complete o ingresando al siguiente enlace https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/7c5e0.pdf podrá descargarlo y entregarlo en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia).
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a otros menores? -
Aseguramiento por Protección Familiar
¿Cuáles son los requisitos para asegurar a otros menores?
Para otorgar la protección familiara la persona menor de edad que está bajo custodia, asignada por el PANI o Juez de la República de Costa Rica, de la persona asegurada directa, deberá:
Presentar documento de identificación (cédula o DIMEX) tanto de la persona asegurada directa como de la persona posible protegida familiar mayor de edad.
Completar el Formulario de solicitud de Protección Familiar. El formulario lo podrá solicitar en el establecimiento de salud más cercano a su lugar de residencia o descargarlo por medio del siguiente enlace: https://www.ccss.sa.cr/arc/tramites/2b5e1.pdf
Documentación que lo acredite que esa persona menor de edad se encuentra bajo custodia otorgada por el Patronato Nacional de Infancia (PANI) o por un Juez (a) de la República de Costa Rica.
¿Quién paga mi incapacidad y en qué porcentaje? -
Incapacidades
¿Quién paga mi incapacidad y en qué porcentaje?
En cumplimiento del artículo 35 del Reglamento del Seguro de Salud, de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), durante los primeros tres (3) días de incapacidad el trabajador NO recibe subsidio económico por parte de la institución. Debido a lo anterior y, en aplicación del artículo 79 del Código de Trabajo, le corresponde al patrono pagar el 50 por ciento del salario durante los primeros tres días de incapacidad de la persona trabajadora.
A partir del cuarto día de incapacidad, será la CCSS la obligada al pago de la incapacidad de la persona trabajadora siempre y cuando cumpla con los plazos de calificación, por lo que el patrono queda librado de dicho deber, a menos que se hubiere obligado a ello por costumbre, convención colectiva u otro tipo de acuerdo.
En resumen, el pago de las incapacidades por enfermedad se divide de la siguiente manera:
Tres primeros días, el patrono tiene la obligación de cancelar, como mínimo, el 50 por ciento del salario. De acuerdo con el Código de Trabajo, la CCSS no está obligada a cancelar el otro 50 por ciento restante.
Del cuarto día en adelante, la Caja cancela un 60 por ciento de subsidio de acuerdo con el Reglamento del Seguro de Salud. El patrono no está obligado a cancelar el 40 por ciento restante.
¿Cuál es el usuario de la Oficina Virtual CCSS? -
Oficina Virtual CCSS
¿Cuál es el usuario de la Oficina Virtual CCSS?
El usuario puede ser la cédula jurídica en caso de personas jurídicas (10 espacios sin guiones, sin segregado ni sector), formato de ejemplo: 3101209612; la cédula de identidad en caso de personas físicas nacionales (9 espacios sin guiones y con el formato de ejemplo: 101340660), o el número de asegurado, en caso de personas físicas extranjeras (de 8 a 10 espacios, según el número otorgado, no se debe ingresar el (7-) que identifica a los extranjeros y formato de ejemplo: 17813053)
¿Cómo se instala Zoom? -
Ciudadano de Oro
¿Cómo se instala Zoom?
Para instalar Zoom, sigue estos pasos:
Visita la página oficial de Zoom en zoom.us/download.
Descarga el instalador correspondiente a tu sistema operativo.
Abre el archivo descargado y sigue las instrucciones en pantalla para completar la instalación.
¿Cómo se realiza el proceso de matrícula? -
Ciudadano de Oro
¿Cómo se realiza el proceso de matrícula?
La mayoría de nuestros eventos no requieren mátricula, sin embargo, el proceso de matrícula se realiza a través de nuestra página web:
Ingresa a la sección de matrículas en nuestra web.
Selecciona el curso o evento de tu interés.
Completa el formulario de inscripción con tus datos personales.
Recibirás un correo de confirmación una vez que tu matrícula esté completada.
¿Qué pasa después de que me matriculo? -
Ciudadano de Oro
¿Qué pasa después de que me matriculo?
Después de matricularte, recibirás un correo de confirmación con los detalles del curso o evento. Este correo incluirá:
Información sobre el acceso a las clases o sesiones.
Materiales necesarios para el curso.
Fechas y horarios de las sesiones.
Datos de contacto para soporte adicional.
Recibirás un correo de confirmación una vez que tu matrícula esté completada.
¿Qué modalidades de eventos hay? -
Ciudadano de Oro
¿Qué modalidades de eventos hay?
Ofrecemos varias modalidades de eventos:
Presenciales: Desarrollados en diferentes comunidades del país.
Virtuales: A través de plataformas como Zoom.
Híbridos: Combinan sesiones presenciales y virtuales.
¿Los eventos son gratis? -
Ciudadano de Oro
¿Los eventos son gratis?
Si, los eventos no tienen ningún costo adicional.
¿Cuáles son los enlaces para ingresar a los eventos? -
Ciudadano de Oro
¿Cuáles son los enlaces para ingresar a los eventos?
Cápsulas de Oro: se transmiten todos los días a las 10 a.m. y a las 2 p.m.
https://ccss.zoom.us/my/deoro
Tertuliemos: Se transmiten todos los lunes cada 15 días a las 3.00 p.m. a través del siguiente enlace: https://ccss.zoom.us/my/tertuliemos
Esta tarde con... Se transmiten todos los martes cada 15 días a las 3.00 p.m. mediante el siguiente enlace: https://ccss.zoom.us/my/charlaoro
Kafeeteando: Se transmite los últimos miércoles del mes a las 3 p.m. El enlace es el siguiente: https://ccss.zoom.us/my/cafeteando
¿Cómo hago para solicitar una actividad si soy parte de un grupo organizado? -
Ciudadano de Oro
¿Cómo hago para solicitar una actividad si soy parte de un grupo organizado?
Puedo ponerse en contacto con nosotros mediante las vías establecidas y con mucho gusto le ayudamos a llegar a su comunidad.
¿Cuál es la vía de contacto con el programa? -
Ciudadano de Oro
¿Cuál es la vía de contacto con el programa?
Formulario de contacto en nuestra página web.
Redes sociales: Facebook, Instagram: @ciudadano de Oro
Whatsapp 7277-3736
Teléfonow: 25391590
¿Cómo se instala Zoom? -
Vive Bien
¿Cómo se instala Zoom?
Para instalar Zoom, sigue estos pasos:
Visita la página oficial de Zoom en zoom.us/download.
Descarga el instalador correspondiente a tu sistema operativo.
Abre el archivo descargado y sigue las instrucciones en pantalla para completar la instalación.
¿Cómo se realiza el proceso de matrícula? -
Vive Bien
¿Cómo se realiza el proceso de matrícula?
El proceso de matrícula se realiza a través de nuestra página web:
Ingresa a la sección de matrículas en nuestra web.
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Ofrecemos varias modalidades de eventos:
Presenciales: Realizados en nuestras instalaciones.
Virtuales: A través de plataformas como Zoom.
Híbridos: Combinan sesiones presenciales y virtuales.
¿Qué pasa si pierdo mi título? -
Vive Bien
¿Qué pasa si pierdo mi título?
Si pierdes tu título, puedes solicitar un duplicado. Debes comunicarte a vivebien@ccss.sa.cr y proporcionar tus datos para iniciar el proceso de emisión del duplicado.
¿Cuándo me llega mi título? -
Vive Bien
¿Cuándo me llega mi título?
El título se envía en un máximo de 5 días posteriores a la finalización del curso y la verificación de cumplimiento de todos los requisitos. Recibirás un correo de notificación una vez que el título haya sido enviado.
¿Qué pasa si tengo una ausencia injustificada? -
Vive Bien
¿Qué pasa si tengo una ausencia injustificada?
La política específica sobre ausencias puede variar según el curso o evento.
¿Los eventos son gratis? -
Vive Bien
¿Los eventos son gratis?
Si, los eventos no tienen ningún costo adicional.
¿Cuándo se aperturan los cursos? -
Vive Bien
¿Cuándo se aperturan los cursos?
Los cursos se aperturan en varias fechas a lo largo del año. Se hace la publicación un mes antes por las redes sociales de los programas. Te recomendamos revisar nuestro calendario académico en la página web para conocer las fechas exactas de inicio y las fechas límites de matrícula.
¿Hasta cuándo tengo tiempo de matrícular? -
Vive Bien
¿Hasta cuándo tengo tiempo de matrícular?
Las fechas límites varían según el calendario académico, cada curso tiene una fecha especifica de matrícula, posterior a esa fecha no se reciben solicitudes de esta.
¿Cuál es la vía de contacto con el Programa Vive Bien? -
Vive Bien
¿Cuál es la vía de contacto con el Programa Vive Bien?
Puedes contactarnos a través de las siguientes vías:
Correo electrónico: vivebien@ccss.sa.cr
Formulario de contacto en nuestra página web.
Redes sociales: Facebook, Twitter, Instagram: @programavivebienccss
Política de privacidad
La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) es una institución pública costarricense comprometida con la
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