Junta Directiva

Conformación de la junta directiva actual, histórico de juntas y registro de Presidentes

Junta Directiva

Integración

Junta Directiva

Periodo: 2022-2026

Nombre Representante Periodo
Laura Ávila Bolaños Estado 2022-2026
Francisco González Jinesta Estado 2022-2026
María Isabel Camareno Camareno Estado 2022-2026
Alejandro Li Glau Patronos 2022-2026
José Alejandro Madrigal Lobo Patronos 2022-2026
Juan Manuel Delgado Martén Patronos 2022-2026
Martha Elena Rodríguez González Trabajadores 2022-2026
Martín Robles Robles Trabajadores 2022-2026
Vianey Hernández Li Trabajadores 2022-2026

Integración de la Junta Directiva

La Junta Directiva de la CCSS está conformada por tres sectores, según lo establece la SECCIÓN II de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social No 17 del 22 de octubre, 1943 y el artículo 2 del CAPITULO II del Reglamento Interno de la Junta Directiva de la CCSS.

Conformación tripartita por sectores

  • 3 representantes sector patronal
  • 3 representantes sector laboral
  • 2 representantes del Estado
  • 1 presidente ejecutivo

Elección de los representantes sector laboral y sector patronal

Serán nombrados por el Consejo de Gobierno, previa elección efectuada por dichos sectores. Corresponderá elegir y designar un representante al movimiento:

  • Cooperativo
  • Solidarista
  • Sindical

Los representantes deberán ser designados por sus respectivas organizaciones, mediante asambleas celebradas conforme a la ley.

Elección de los representantes del Estado

Libre nombramiento del Consejo de Gobierno, quienes no podrán ser ministros de Estado, ni sus delegados.

Designación del Presidente o Presidenta Ejecutiva

La Caja será dirigida por una junta directiva, integrada por ocho personas de máxima honorabilidad y un presidente o presidenta ejecutiva de reconocida experiencia y conocimientos en el campo correspondiente a la Institución, designado libremente por el Consejo de Gobierno.

Será el funcionario de mayor jerarquía para efectos del gobierno de la Institución, cuya Junta Directiva presidirá. Le corresponderá fundamentalmente velar porque se ejecuten las decisiones tomadas por la Junta Directiva, así como coordinar internamente la acción de la Institución, y la de ésta con las demás instituciones del Estado.

"Este órgano colegiado se elige cada cuatro años".

"Los miembros de la Junta Directiva de la Institución que representen a los sectores laboral y patronal, serán nombrados por períodos de cuatro años y podrán ser reelegidos".

Ley Constitutiva de la CCSS

Prohibiciones

CCSS

Ley Constitutiva

Ley de la República de Costa Rica número 17, aprobada el 13 de octubre de 1943 la cual, establece la creación de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) como un sistema de seguridad social que tiene como objetivo garantizar el acceso a la atención médica y a la protección social a toda la población costarricense.

De acuerdo con dicho texto jurídico, los integrantes de la Junta Directiva de la CCSS tienen las prohibiciones que se detallan en los artículos 11, 12 y 13 según se lee a continuación:

Prohibiciones
Artículo 11

Queda prohibido a los miembros de la Junta Directiva y a los gerentes de División, tomar parte activa en asuntos de política electoral, sin perjuicio de que con toda libertad cumplan con sus deberes cívicos.

Queda prohibido, asimismo, a todo el personal administrativo, médico y técnico de la institución, cualquiera sea su modalidad de su jornada ordinaria, dedicarse a trabajos o discusiones tengan carácter de propaganda política, durante el transcurso de dicha jornada.

Prohibiciones
Artículo 12

Es igualmente prohibido para la Junta Directiva hacer operaciones, directa o indirectamente, con sus propios miembros o con sus esposas; o con sus padres o hijos, por afinidad o por consanguinidad, sin que esta prohibición se extienda a las operaciones realizadas antes del nombramiento respectivo, ni afecte para nada la posible obligación por parte de esas personas de ser asegurados o de cumplir como patronos el aseguramiento de sus trabajadores.

Prohibiciones
Artículo 13

Ningún miembro de la Junta Directiva podrá asistir a sesión en que se resuelvan operaciones en que esté interesado algún pariente suyo hasta el cuarto grado inclusive, por afinidad o por consanguinidad, u operaciones que interesen a sociedades de que él o sus parientes dichos sean socios colectivos o comanditarios, o directores o gerentes si se trata de una sociedad anónima.

Igual prohibición existirá cuando la Junta Directiva tenga que conocer de una reclamación o conflicto en que sea parte alguna de las personas mencionadas en este artículo o en el anterior.

Funciones de la Junta Directiva

En el audio, podrá escuchar información relacionada con las funciones de la Junta Directiva.

Es importante aclarar, que las competencias de la Junta están establecidas en la Ley Constitutiva de la CCSS y en el Reglamento interno de la misma Junta.

Puede revisar el Reglamento Interno. De igual manera, es posible descargar aquí un documento en PDF donde se detallan 26 funciones específicas.

Qúorum

Sesiones y qúorum

La regulación de las sesiones de Junta la encontramos en los artículos del 11 al 18 del Reglamento de Interno Junta Directiva.

Las sesiones ordinarias, se realizan una vez por semana; mientras que las sesiones extraordinarias, se llevan a cabo cuando sean convocadas por el Presidente Ejecutivo, o bien, por 3 de sus miembros.

El Presidente ejecutivo, puede convocar a sesionar más de una vez a la semana para conocer asuntos de naturaleza regular o común, en cuyo caso, se entiende que las sesiones son ordinarias. - Leer más